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Entrevistamos al doctor Sergio Raúl Castaño sobre la importante jornada académica de UNSTA el 30 de septiembre
Sergio Raúl Castaño. Doctor en Derecho Político (Universidad de Buenos Aires); Doctor en Filosofía (U. Abat Oliba – Barcelona). Postdoctorados en las Universidades de Barcelona y Würzburg; y en el Instituto Max-Planck de Historia del Derecho. Investigador Principal del CONICET. Director del Centro de Estudios Políticos (Facultad de C. Jurídicas – UNSTA). Catedrático por concurso de Teoría del Estado (Facultad de Derecho y C. Sociales – Universidad Nacional del Comahue). Autor de 18 libros sobre filosofía del derecho, filosofía política, derecho público e historia política, publicados en Italia (editorial Giuffrè, colección “Civiltà del Diritto”), España (EUNSA, Marcial Pons, U. Complutense de Madrid), México (UNAM, Derecho Global), Brasil, Chile y Argentina; y de 170 publicaciones científicas aparecidas en Europa e Hispanoamérica. Editor de dos libros colectivos. Ex Profesor de Teoría del Estado en la Facultad de Derecho de la UBA. Profesor de doctorado en las Universidades de Buenos Aires, UCA y UNSTA. Profesor invitado en Universidades de Argentina, Chile, México, España e Italia. Director de Diplomaturas en Universidades públicas de Argentina y Paraguay. Ha sido director y jurado de tesis en Argentina y en el exterior; y miembro de la Comisión de ingreso en la Carrera de Investigador de CONICET. Miembro de la Academia de Ciencias Morales, Políticas y Jurídicas de Tucumán; y de la Academia del Plata.
Por qué esta Jornada de homenaje a la Escuela de Salamanca y qué supone para la UNSTA?
Porque este aniversario es de enorme significación para la Iglesia, para la civilización occidental y muy en particular para la Orden Dominicana. Se trata del quinto centenario de la Escuela de Salamanca. Justamente con ese nombre se designa en general a la pléyade de teólogos que en el s. XVI sentaron las bases del derecho internacional público y desarrollaron los principios fundamentales de la concepción clásico-cristiana sobre el orden político, jurídico y económico. Pero, más en particular, cuando se habla de la Escuela de Salamanca se alude a los académicos dominicos que, además de contribuir a todos los mencionados logros científicos, constituyen por sí mismos un núcleo substantivo de la Segunda Escolástica, la “Escolástica del Siglo de Oro” -una de las etapas más significativas en la historia de la Iglesia y de la Cristiandad. El Centro de Estudios Políticos de la Facultad de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de la UNSTA ha querido unirse a los homenajes internacionales de este hecho histórico-espiritual tan trascendente, proponiendo un panel académico pluridisciplinar en el que se aborden los aspectos más salientes de ese gran jalón en la vida de la Iglesia, de la Universidad como institución y de la Orden. Se lo sintetizo brevemente: estamos rindiéndole un homenaje a la Universidad, en cabeza de uno de sus momentos más ilustres.
¿Es conocida la Escuela de Salamanca en Argentina?
Como es bien sabido, Argentina ocupa un lugar cultural privilegiado en el orbe hispánico. Y aquí se han cultivado con brillo los saberes clásicos, la historiografía revisionista (anclada en la tradición greco-romano-hispano-católica) y el pensamiento tomista -en ese sentido, es de destacar el papel y el rango de la escuela argentina del derecho natural-. Por eso no es casual (le ejemplifico con este solo dato) que en Buenos Aires hayan tenido lugar dieciocho reuniones internacionales -a lo largo de las últimas dos décadas- dedicadas casi centralmente a la tradición secundoescolástica: las Jornadas internacionales De Iustitia et Iure, celebradas en la Pontificia Universidad Católica de Buenos Aires (y aquí hay que recordar la tesonera labor de la Prof. Laura Corso de Estrada).
¿Quiénes son los ponentes, y sobre qué temas disertan?
Actuarán como moderadores y coordinadores de la Jornada dos miembros del Centro de Estudios Políticos, la Dra. Georgina Abbate, profesora de Historia Argentina en la Universidad Nacional de Tucumán y profesora de la UNSTA; y el Dr. Santiago González, profesor de Ciencia Política en la UNSTA. Participamos con conferencias la Dra. Ma. Lelia Calderón, profesora de Historia de España en la U. N. de Tucumán, su tema “La Escuela de Salamanca: evolución y proyección a través de los siglos (ss. XVI-XIX)”; la Dra. Ma. Laura Toledo, profesora de Literatura Española en la U. N. de Tucumán y profesora de la UNSTA, su tema “Escuela de Salamanca y teatro áureo. Derecho a la resistencia y tiranicidio en Lope de Vega”; Fr. Dr. Dr. Julio Söchting, OP, profesor en la UNSTA, su tema “Raíces teológicas de la problemática jurídico-política de la Escuela de Salamanca”; y quien esto responde, Dr. Dr. Sergio R. Castaño, investigador principal del CONICET, profesor de Teoría del Estado en la U. N. del Comahue y director del Centro de Estudios Políticos, su tema «Un antecedente inmediato de la Escuela de Salamanca: la relación entre poder espiritual y poder temporal en el Cardenal Juan de Torquemada, OP”. La Escuela de Salamanca y su contexto histórico, cultural y doctrinal, serán tratados, pues, por especialistas en Historia, Letras, Teología, Filosofía y Derecho Político.
¿Cómo el Padre Vitoria y sus célebres cofrades impulsaron el tomismo desde el convento de San Esteban?
La Orden Dominicana ya había adoptado la doctrina del Aquinate, pero en el s. XVI esa simiente fructificó de un modo excepcional, que sólo puede parangonarse con el renacimiento del tomismo en el s. XX, tras la Aeterni Patris. Pero quiero señalar algo, concretamente sobre la dimensión que ostentó la institución académica en esa circunstancia. Sin hipérbole, la época de la Escuela de Salamanca representa uno de los momentos culminantes de la Universidad occidental. Por eso hemos titulado esta Jornada como “Luz de la Universidad para la Iglesia y el mundo”. Sin contar la profusa labor científica que en ella se desarrolló, hay un dato que muestra la importancia de Salamanca en las grandes cuestiones de Estado que se dirimían entonces: Carlos V se dirigió a la Universidad solicitando su juicio o dictamen respecto de problemas álgidos de su política, una política que abarcaba al orbe entero.
¿Cuál fue la aportación de Salamanca al Derecho Internacional?
Hay un giro detectable en la modernidad -así se trate de la modernidad católica, ortodoxa y tomista- hacia una especial valoración del papel causal del poder dentro del orden político. Esto no va necesariamente en detrimento de la función del fin, concretamente del bien común político. De allí que -sin desatender ese último principio axial de la existencia y de la legitimidad de la comunidad perfecta (i.e., autárquica)- la atención de la segunda escolástica bascule hacia la realidad de la suprema potestas de la república, y, asimismo, del ordenamiento jurídico.
En esa línea, Vitoria sostiene que “la república temporal es una república perfecta e íntegra; luego no está sujeta a nada exterior a ella, porque si así fuera no sería íntegra. Por eso puede instituir para sí un príncipe que en modo alguno está sujeto a otro en materia temporal”; y sostiene también que “perfecta es aquella comunidad que no es parte de otra república, sino que posee ordenamiento jurídico y órganos de gobierno propios”. Por su parte, Suárez, de modo convergente, afirma que la potestad de jurisdicción (política) “en su orden y respecto de su fin constituye la última instancia de resolución en su esfera, es decir, sobre toda la comunidad que le está sujeta; de modo que todos los magistrados inferiores que ejercen potestad en esa comunidad o en una de sus partes están sujetos a tal príncipe supremo, mientras que el príncipe supremo no se subordina a superior alguno respecto del mismo fin político”; y, refiriéndose a la república, afirma también que “cuando en tal principado o república hay un tribunal en el que terminan todas las causas de ese principado, y no es posible apelar a otro tribunal superior. Pues cuando hay lugar a apelación se da el signo de principado imperfecto, ya que la apelación es un acto del inferior al superior”.
Con tales tesis, ambos están sentando las bases del derecho internacional público, en la medida en que definen -con validez permanente- la naturaleza del sujeto del orden internacional: la comunidad política, perfecta (autárquica), pero asimismo independiente (un mejor nombre que “soberana”) en el orden internacional. Ahora bien, más allá del rasgo epocal de la impostación del poder, hay un dato doctrinal de significativa relevancia, que demuestra la validez transhistórica, universal y objetiva de los principios de Aristóteles, los cuales habían sido los asumidos en su momento por Santo Tomás: Vitoria sienta los fundamentos del orden político y del orden internacional aplicando las grandes categorías aristotélicas a la realidad de su tiempo. Es decir que los principios formulados en el s. IV a. C. tenían plena vigencia dos mil años después. Y, en lo esencial, la tendrán siempre.
¿Qué relación podemos establecer entre la gran escolástica de esta escuela y el Siglo de Oro español?
Evidentemente, cuando contemplamos a la Escuela de Salamanca y a su época nos enfrentamos a uno de los períodos civilizatorios más grandiosos de la historia de Occidente (o sea, de la humanidad). Porque la literatura española del siglo de oro es, sin duda, la manifestación literaria colectiva más rica que ha existido jamás. Entre Jorge Manrique y Calderón de la Barca se suceden varias generaciones de autores gigantescos; y cada una de esas generaciones cuenta con dos o tres maestros de la talla de los mayores escritores de Occidente. Este fenómeno no tiene parangón en ninguna otra literatura: ni en la francesa, ni en la inglesa, ni en la alemana, ni en la italiana.
Y es en ese momento cuando España, encabezada por Castilla, es señora del mundo. Y es señora del mundo para defender al catolicismo, combatir a sus enemigos y regalar un continente a Cristo (respecto de esto último, no tengamos dudas: la conquista y evangelización de América es la obra civilizatoria más grande cumplida en toda la Historia). De modo que la escuela filosófica, jurídico-política y teológica de Salamanca se inserta en el contexto de una eclosión artística, política y apostólica sin par en la Historia.
¿En qué medida Salamanca fue un referente para delimitar el poder temporal del espiritual?
Hacia la época que evocamos se cristaliza en la escolástica católica la doctrina de la potestas indirecta, formulada por Santo Tomás hacia el comienzo de su carrera científica, y que también reconoce la impronta de la concepción aristotélica de comunidad política. El principio de esta doctrina, que puede considerarse la doctrina ortodoxa de las relaciones entre ambas potestades, o entre “Iglesia y Estado”, como se ha dicho luego, es el siguiente: supuesta la confesionalidad del orden político, jurídico, económico y social en general -y afirmado que Dios ha instituido tanto la potestad pontificia cuanto la política-, hay una prelación de la potestad espiritual sobre la temporal, que se hace efectiva cuando se halla comprometido el bien salvífico, al que se ordena esa potestad como a su fin propio, directo y específico.
Cuando no ocurre así, y la potestad secular (política) se enfrenta con una norma, acción o materia que no involucra la salvación de las almas, entonces la potestad política es última y suprema –es decir que, en caso de conflicto con la eclesiástica, no se le debe acatamiento a ésta última. En cambio, si una decisión política o norma jurídica involucra el bien de las almas, entonces dicha materia se torna per accidens religiosa; y en tal situación la última y suprema instancia ya lo es la potestad espiritual. Pero respecto del fin estrictamente político, la potestad de la república es suprema en su orden. Como toda doctrina que pueda ser considerada como auténticamente católica en esta materia, ella exige y no renuncia al principio de Cristiandad, es decir, a la información del orden temporal por la ley del Evangelio: en dos palabras, ella reivindica la reyecía de Cristo.
¿Qué relación se establece entre la Escuela y los teólogos de esa época y el Concilio de Trento?
Este siglo, doctrinal y eclesiológicamente hablando, supone la superación del conciliarismo y el afianzamiento ortodoxo de la autoridad papal. Precisamente el cardenal Torquemada, sobre quien expondré en la Jornada, fue una gran figura en ese sentido. En lo específico de la pregunta, hay que recordar que dos insignes miembros de la Escuela y de la Orden, Domingo de Soto y Melchor Cano, concurrieron a Trento. Y quiero aclarar algo: el afianzamiento de la autoridad papal a la que me refería se operó en sentido ortodoxo (no papolátrico-obediencialista, como se ha manifestado en la época contemporánea en la Iglesia). De allí que sin perjuicio de la impugnación del conciliarismo, los principales teólogos de la época hicieron lugar y discutieron la hipótesis del papa hereje, y las vías posibles para superar esa tremenda situación: Torquemada, Cayetano, Suárez, Bellarmino, Juan de Santo Tomás, Vitoria (éste sobre la resistencia, incluso militar, al jerarca herético).
También condenó la usura y justificó el tiranicidio para determinados casos…
Así es. Respecto de lo primero, tenemos, por ejemplo, a Tomás de Mercado. Respecto de lo segundo, al gran jesuita Juan de Mariana, historiador, teólogo y filósofo, que llega hasta el límite de la ortodoxia en la legitimación ético-jurídica de la eliminación del tirano de régimen.
¿Por qué el liberalismo no nació en Salamanca como nos quiere hacer creer la Escuela austríaca?
No me extenderé en esta respuesta. Los Doctores Dante Urbina y Daniel Marín Arribas pueden seguramente dar razón de la sinrazón de que el liberalismo pretenda entroncarse con la tradición católica y aristotélica. Tan sólo quisiera mencionar lo siguiente: coincidencias parciales, puntuales, o per accidens, entre el liberalismo y el orden natural y cristiano de la tradición no permiten plantear lícitamente semejante acollaramiento. En dos palabras (que podrían ser más …): la afirmación realista de la primacía del bien común político sobre el bien particular, de la politicidad natural, de la subordinación de la Economía a la Política, del encuadre sistemático de la actividad económica dentro de las exigencias perentorias de la justicia, son incompatibles -en su raíz misma- con los fundamentos del liberalismo.
Es que el liberalismo es la gran ideología revolucionaria moderna, la más perdurable, la ideología madre de la que se desgajó el marxismo, un marxismo que, como “progresismo”, ahora representa la dócil izquierda del sistema liberal. De allí la engañifa de tener entretenidos a quienes resisten en defensa del cristianismo, del orden natural y de la patria con la dicotomía “derecha/izquierda”, siendo que sólo se trata de dos sectores del mismo arco, al servicio de los mismísimos poderes. La alternativa válida, por ser la verdadera, es tradición/revolución. Disculpe esta cuasi-digresión.
Autor
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Subdirector de Ñ TV España. Presentador de radio y TV, speaker y guionista.
Ha sido redactor deportivo de El Periódico de Aragón y Canal 44. Ha colaborado en medios como EWTN, Radio María, NSE, y Canal Sant Josep y Agnus Dei Prod. Actor en el documental del Cura de Ars y en otro trabajo contra el marxismo cultural, John Navasco. Tiene vídeos virales como El Master Plan o El Valle no se toca.
Tiene un blog en InfoCatólica y participa en medios como Somatemps, Tradición Viva, Ahora Información, Gloria TV, Español Digital y Radio Reconquista en Dallas, Texas. Colaboró con Javier Cárdenas en su podcast de OKDIARIO.
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