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La reciente reforma de la Ley General Tributaria ha reducido la cuantía de las deudas a partir de la cual se deben publicar los deudores, que pasa de un millón a 600.000 euros
Con esta modificación, se incrementa el número de grandes deudores a la Agencia Tributaria municipal, que pasa de 21 a 45
Aparecen 2 deudores con más de 10 millones, 5 con una deuda entre 2 y 10, 12 con deudas superiores a 1 millón pero inferiores a 2 millones y 26 con deudas superiores a 600.000 euros pero inferiores al millón

 

 

El Ayuntamiento de Madrid ha publicado el listado de deudores tributarios que deben a la Agencia Tributaria municipal más de 600.000 euros a 31 de diciembre de 2021. A través de un decreto firmado por la delegada de Hacienda y Personal, Engracia Hidalgo, el pasado 30 de junio se dio a conocer el listado de empresas y administraciones que tienen contraídas deudas con el Consistorio de la capital.

 

La Ley General Tributaria establece, como principio general, el carácter reservado de los datos con trascendencia tributaria. Este principio se excepciona en la misma ley, en su artículo 95 bis donde establece los supuestos de publicidad de situaciones de incumplimiento relevante de las obligaciones tributarias, que desde el pasado año incluye las deudas superiores a 600.000 euros. El importe que se publica se refiere al total de las deudas y sanciones pendientes de pago, tomando como fecha de referencia el 31 de diciembre del año anterior.

 

Con esta medida se refuerzan los mecanismos de la hacienda pública madrileña para fomentar el deber general de contribuir, la lucha contra el fraude fiscal y la garantía de transparencia y publicidad que forman parte de los principios que deben regir la actuación de todos los poderes públicos para hacer efectivos estos objetivos.

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Misma deuda, más deudores

El año 2021 concluyó con 45 empresas y administraciones públicas que tenían deudas tributarias superiores a 600.000 euros con la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid. Una deuda que a 31 de diciembre se sitúa en los 83,2 millones de euros, la misma cifra que en 2020, pero 14,9 millones menos que las contabilizadas durante el año 2019, y sensiblemente inferior a las del año 2018, donde las deudas superaron los tres dígitos hasta alcanzar los 114,1 millones.

 

Sin embargo, el número de deudores sí se incrementó respecto a 2020, al pasar de 21 a 45, de los cuales tres son administraciones públicas y el resto empresas privadas. En el año 2018 los deudores fueron 23 y en 2019, 22.

 

No obstante, como antes se indicó, ha de tenerse en cuenta en el momento de hacer comparaciones entre los distintos ejercicios que este año se publica por primera vez la lista con deudas superiores a 600.000 euros, en lugar de un millón, como ocurría en años anteriores.

 

Todo tipo de deudas

Esta publicación, que se viene realizando cada año desde 2016, incluye todo tipo de deudas contraídas por impagos en impuestos y tasas municipales. La deuda de mayor cuantía, que supera los 13 millones de euros, corresponde al Ayuntamiento de Arganda del Rey, y se refiere a la tasa por residuos sólidos urbanos, seguida por una empresa privada cuyo objeto social es la adquisición y promoción de inmuebles, cuya deuda asciende a los 10,3 millones de euros.

 

En el listado aparecen 2 deudores con más de 10 millones de deuda, 5 con una deuda entre 2 y 10 millones, 12 con deudas superiores a un millón pero inferiores a 2 millones, y 26 con deudas superiores a 600.000 euros pero inferiores a un millón.

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También existen deudas de la Administración General del Estado y de la Generalitat Valenciana, que se refieren principalmente a cuantías por la tasa de depósito de vehículos en los almacenes municipales, un servicio que es utilizado generalmente tanto por la Guardia Civil como por la Policía Nacional. Este servicio consiste en la recogida y custodia de aquellos vehículos que, bien por ejecución de actuaciones de los tribunales o por otras circunstancias, son depositados en los servicios municipales habilitados para esta función, dando con ello lugar al hecho imponible por el que se liquida la correspondiente tasa.

 

Por lo que respecta a las deudas que el Ayuntamiento de Arganda del Rey mantiene con el Ayuntamiento de Madrid, corresponden esencialmente a tasas devengadas por la realización de servicios municipales que son de prestación obligatoria a los ciudadanos por parte de todos los municipios, según establece el artículo 26.1, apartado a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, que consisten en la eliminación de residuos urbanos, utilización de vertederos municipales y retirada de animales muertos.

Autor

REDACCIÓN