24/11/2024 05:15
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El Pleno del Ayuntamiento de Madrid aprobó la mañana de ayer, con los votos a favor de los grupos municipales del Partido Popular, Ciudadanos y Mixto, la modificación de la Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Restauración impulsada desde el Área Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana dirigida por Silvia Saavedra, dependiente del Área de Gobierno de Vicealcaldía.

En palabras de Saavedra, «esta intervención normativa es muy necesaria y atiende a motivos de interés general representados por la protección del entorno urbano y del patrimonio. Supone, además, una garantía de seguridad jurídica para vecinos y empresarios y es producto del consenso y fruto de la negociación en la que el equipo de Gobierno ha escuchado y tomado nota de lo que todos los sectores implicados nos han expresado; sin duda, ellos han aportado mucho a esta ordenanza».

A la entrada en vigor de esta norma, desaparecerán las más de 2.000 ampliaciones de terraza concedidas hasta el momento bajo el paraguas de la resolución 51 por la Comisión de Terrazas de Hostelería y Restauración, si bien permanecerán hasta 2023 las terrazas en banda de estacionamiento siempre y cuando no formen parte de zonas de protección acústica (ZPAE) o zonas saturadas. Cuando se hallen en zonas ambientalmente protegidas (ZAP), el distrito podrá reducir su capacidad de forma proporcional hasta el 40 % de ocupación de las bandas de estacionamiento.

También se consagran nuevos espacios en los que poder instalar terrazas como son las zonas terrizas o las esquinas solo con mesas y sillas, así como nuevas modalidades como las mesas altas de baja capacidad, nunca adosadas a fachada y alineadas con el mobiliario.

Zonas saturadas

Una de las principales novedades de la modificación de la Ordenanza de Terrazas consiste en la creación de una herramienta jurídica denominada ‘zonas saturadas’ que permitirá a la administración actuar de forma ágil y quirúrgica, cuando sea necesario conforme a criterios objetivos, en aquellas zonas en las que exista una ocupación superior al 33 % o al 40 %, según el ancho de la acera, del espacio público, cuyo tránsito peatonal sea intenso, es decir, a partir de 33 personas metro/minuto y en las que, además, exista algún condicionante medioambiental como estar cerca de centros hospitalarios o centros de mayores en un radio de 150 metros.

A este respecto, este mes se ha publicado en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Madrid un mapa previo en el que aparecen reflejadas las zonas susceptibles de ser declaradas saturadas tras un posterior estudio. El mapa definitivo se conocerá tras las mediciones oportunas en un plazo máximo de dos meses, asimismo, se dará cuenta de él ante el Pleno una vez al año y se actualizará cada seis meses.

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Una ordenanza accesible y sostenible

Otra novedad es la incorporación de criterios de accesibilidad ya que se han ampliado considerablemente las distancias destinadas a reservas de estacionamiento para personas con discapacidad, al pavimento podo-táctil y a otros elementos de mobiliario, tal y como propuso el Comité de Entidades de Representantes de Personas con Discapacidad de la Comunidad de Madrid (CERMI), y la visible demarcación de la extensión de las terrazas mediante barreras o reflectores de alta intensidad.

A lo que hay que añadir una clara apuesta por la sostenibilidad ambiental, ya que, tras un máximo de dos años, quedarán prohibidas las estufas de gas, altamente perjudiciales para el entorno y para la calidad del aire. Estas deberán dar paso a otros mecanismos de calefacción como los eléctricos o los provenientes de energías renovables siempre y cuando estén homologados y contemplados por la normativa europea. El Ayuntamiento de Madrid habilitará una línea de subvenciones para ayudar a los hosteleros a amortiguar la inversión que deberán acometer para adquirir calefactores no contaminantes.

Endurecimiento del régimen sancionador para el infractor

La modificación de la Ordenanza de Terrazas de 2013 agrava también el régimen sancionador para los hosteleros infractores al incorporar normas que faciliten una intervención contundente en el caso de infracciones de las condiciones administrativas y legales de las autorizaciones, incluyendo, incluso, la previsión legal de la revocación de la autorización para casos en los que la reiteración de los incumplimientos resulte significativa. Esto es, la comisión de tres infracciones graves o dos muy graves en dos años comportará la extinción de la autorización de la terraza.

Reducción del horario de las terrazas

Adicionalmente, para garantizar el descanso de los vecinos, el horario máximo de funcionamiento de las terrazas se reduce respecto del actual. Así, en periodo estival, de marzo a octubre y de domingos a jueves será hasta la 1:00 h y los viernes, sábados y vísperas de festivos hasta la 1:30 h. El resto del año, las terrazas deberán cerrar a las 00:00 h y en toda circunstancia tendrán que comenzar el desmontaje del mobiliario antes del máximo permitido.

Las terrazas ubicadas en bandas de estacionamiento deberán cerrar a las 00:00 h todo el año, pero si, además, se encuentran en zonas saturadas, el distrito podría proponer a la Comisión de Terrazas una reducción de su horario a las 23.00 h

Planes de ordenación conjunta y armonía estética

Asimismo, la modificación contempla la creación de espacios de ordenación conjunta para la instalación de terrazas en determinadas zonas de la ciudad en las que concurran especiales circunstancias urbanísticas, paisajísticas, turísticas, etc. Esta nueva figura recoge la capacidad y oportunidad de la administración municipal para adaptar, a través de una resolución administrativa de la Comisión de Terrazas, las condiciones generales de la ordenanza a situaciones singulares de ocupación del dominio público mediante terrazas, lo que permitirá responder a necesidades emergentes o especiales de la ciudad y de sus vecinos. Además, mediante los estudios de ordenación conjunta, se podrán establecer parámetros estéticos de mobiliario que desembocarán en un concepto estético acorde con el paisaje de la ciudad.

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Promoción de la autorregulación del sector hostelero

Con el objetivo de garantizar el descanso vecinal y promover la autorregulación en el sector de la hostelería, se ha establecido la figura del ‘responsable de la terraza’: el titular de la autorización de cada establecimiento deberá designar a una o más personas que se encarguen de atender los eventuales problemas que pudiesen plantearse con los vecinos u otros establecimientos. Esta condición podrá ostentarla el propio titular de la autorización o una tercera persona física y, en ningún caso, supondrá el traslado de la representación legal y de las responsabilidades tributarias y sancionadoras derivadas de las obligaciones legales o reglamentarias que corresponden al titular de la autorización.

De igual manera, la instalación de sonómetros, dispositivos que miden la respuesta del oído ante sonidos de gran intensidad, será de obligado cumplimiento para los hosteleros que tengan una terraza ubicada en una zona saturada.

Tramitación de la nueva Ordenanza de Terrazas

Desde la entrada en vigor de la anterior normativa en julio de 2013, no se habían producido modificaciones significativas en el documento que pudieran dar respuesta a las necesidades naturales que se han ido generando a lo largo de los años y a las sobrevenidas como consecuencia de la crisis sanitaria de la COVID-19.

Una vez aprobado en Junta de Gobierno el pasado 28 de octubre, el texto original de la modificación recibió 136 escritos con más de 3.500 alegaciones que supusieron la inclusión de 29 modificaciones en el periodo de información pública. Posteriormente, los grupos municipales plantearon un total de 100 enmiendas, que se votaron el pasado 17 de diciembre en la comisión de Vicealcaldía y de ellas 23 se añadieron al texto definitivo aprobado ayer.

Culmina aquí, en palabras de la vicealcaldesa Begoña Villacís, «un ambicioso proceso del que se desprende un proyecto garantista, ecuánime, flexible y con vocación de permanencia para los madrileños en el que hemos intentado proteger mediante criterios estrictamente técnicos sus intereses, derechos y sensibilidades».

Autor

REDACCIÓN