22/11/2024 01:25
Getting your Trinity Audio player ready...

NdP DE LA ASOCIACIÓN PARA LA VERDAD Y LA RECONCILIACIÓN HISTÓRICA

Habiendo tomado conocimiento esta Asociación del auto de 20 de junio de 2022 del TSJ de Madrid (sección segunda) sobre el recurso del Patrimonio Nacional relativo a la revocación de la resolución judicial que paralizaba la licencia urbanística de accesos a las criptas, esta Asociación manifiesta lo siguiente:

-Nuestro absoluto respeto a las resoluciones judiciales, aunque no las compartamos como es el caso. Esta Asociación ni criticará ni presionará ni insultará a los jueces que es lo que suele hacer la izquierda política y mediática en España cuando las resoluciones judiciales no les son favorables. Nuestro estilo es el respeto y la resolución de disputas por la vía pacífica que establece la Justicia en España en el marco de un Estado de Derecho.

-Dicho auto del TSJ de Madrid NO es firme y ante él cabe la interposición de recurso de casación ante el Tribunal Supremo, circunstancia que entendemos que valorará la parte actuante en el procedimiento que ha sido notificada, que no es de esta Asociación, pero en cuanto a nosotros se nos notifique el auto de nuestro procedimiento, si es que es similar o equivalente, procederemos a interponer dicho recurso en el plazo estipulado de 30 días.

-Queremos enviar un mensaje de reconciliación hacia los españoles frente al odio gestado por los subvencionados de la Memoria Histórica y los que únicamente buscan el hacer del Valle de los Caídos, lugar de descanso y oración, un circo político al que como un clavo ardiendo se agarrará Pedro Sánchez y su mortecino y agonizante Gobierno del sectarismo y las mentiras.

LEER MÁS:  ¡Y creían que lo habían visto todo! Por María Godoy

-En la Causa de la nueva profanación del Valle de los Caídos que buscan los “quebrantahuesos” de la política de Pedro Sánchez hay muchas cuestiones que tendrán que ser resueltas antes de que puedan volver a meter los martillos picadores los profanadores de ese Cementerio, por lo que estaremos muy atentos a las evoluciones de esos procedimientos judiciales de cara a informar a la opinión pública de una forma veraz y responsable.

-Este Gobierno enloquecido y necrófilo sólo busca levantar los Cementerios con el único fin de generar odios y guerracivilismos en España y así ganar réditos políticos, pero todavía no ha comprendido que ese tipo de política no la quieren los españoles en nuestra Patria, tal y como acreditan las últimas elecciones en España, donde la izquierda política está ya al borde de la extinción.

-Es nuestra obligación hacer una valoración de la resolución judicial y manifestar que adolece de un error fáctico irracional e ilógico, como es definir o considerar una obra en la que se van a hacer huecos (serán más bien boquetes) en las paredes y en los forjados de la construcción como acciones que no exceden de las propias de mantenimiento, consolidación y recuperación que permite la ficha del Catálogo del Valle de los Caídos. Entendemos que la provisionalidad de dichos huecos y la facilidad en su vuelta al estado original no entran en lo que estaría permitido hacer en el Valle de los Caídos, que es exclusivamente obras de mantenimiento, consolidación o recuperación, circunstancias que por otra parte no se están haciendo en la actualidad, con lo que el deterioro del Valle de los Caídos es creciente y provocado por las autoridades responsables, que lo único que buscan es su hundimiento y desaparición.

LEER MÁS:  Salteadores de urnas. Por Jesús Aguilar Marina

-Es evidente que la normativa de protección del Valle de los Caídos quedaría afectada de consolidarse dicha jurisprudencia del TSJ de medidas cautelares aplicables porque facilitaría “otro tipo” de actuaciones provisionales que, sin transformar irreversiblemente cualquier elemento arquitectónico de la mencionada obra monumental, podrían llevarse a cabo en su seno sin respetar las limitaciones urbanísticas que claramente estable la preceptiva Ficha, y esto sería muy peligroso.

Adjuntamos la parte sustancial del auto judicial para que el lector pueda localizar y comprender el que entendemos a nuestro juicio que es un error judicial fáctico de primera magnitud que lo invalidaría de cara a un recurso de casación:

Autor

REDACCIÓN