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Pablo Hasél afirmó que no va a colaborar con las tareas de limpieza en la prisión, alegando para justificar su postura que no piensa trabajar para un “Estado opresor”. Concretamente, su abogada manifestó que el rapero se encuentra “dentro del colectivo de presos políticos antifascistas” y que “todas las labores de mantenimiento como servir cenas, subir mantas o limpiar otros espacios, que son labores que los presos hacen para acceder a beneficios penitenciarios, son una línea roja para ellos de no colaborar en ningún caso con el mantenimiento de la prisión”.

Hay que tener presente que la legislación penitenciaria establece ciertas conductas para favorecer la reeducación y reinserción social de los penados mediante la implantación de un clima de concordia y adecuada convivencia en los establecimientos penitenciarios. Precisamente, el artículo 29 de la Ley Orgánica General Penitenciaria indica que “Todo interno deberá contribuir al buen orden, limpieza e higiene del establecimiento”, señalando el Reglamento Penitenciario en su artículo 5 que el interno se incorpora a una comunidad que le vincula de forma especialmente estrecha, por lo que se le podrá exigir una colaboración activa y un comportamiento solidario en el cumplimiento de sus obligaciones, y que, consecuentemente, deberá realizar las prestaciones personales obligatorias impuestas por la Administración penitenciaria para el buen orden y limpieza de los establecimientos. Asimismo, el artículo 78 del Reglamento Penitenciario expresa que los internos vendrán obligados a realizar las prestaciones personales necesarias para el mantenimiento del buen orden, la limpieza y la higiene en los Establecimientos.

Además de prestaciones obligatorias, también hay prestaciones voluntarias premiadas. El artículo 46 de la Ley Orgánica General Penitenciaria establece que los actos que pongan de relieve buena conducta, espíritu de trabajo y sentido de responsabilidad en el comportamiento personal y en las actividades organizadas del establecimiento serán estimulados mediante un sistema de recompensa reglamentariamente determinado.

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Que Pablo Hasél justifique su apatía y su desapego con el centro penitenciario y con sus compañeros amparándose en su condición de preso antifascista. Ciertamente, lo que parece deducirse del comportamiento del convicto no es otra cosa que un complejo de superioridad, por el que se considera en un nivel superior a aquel en que se encuentran los demás presos, con los que tendría que cooperar Pablo Hasél, por lo menos, para facilitarles la estancia en prisión.

Autor

REDACCIÓN