21/11/2024 15:44

Previamente los letrados del Senado habían declarado la inconstitucionalidad de la ley en consonancia con la Comisión de Venecia que juzgó la urgencia de arbitraria.  En tanto Puigdemont anuncia su candidatura para las elecciones catalanas, el CGPJ, con mayoría conservadora,  aprueba un informe crítico que afirma la inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía. La vocal de la siniestra, Mar Cabrejas, intentó que el Gobierno de los jueces no examinase la constitucionalidad de la amnistía para facilitar a Conde Pumpido la evaluación de la pretendida constitucionalidad. Así las cosas, sigue el pulso del Estado de Derecho frente a la ofensiva sectaria del PSOE con el Tribunal Constitucional intervenido.

El CGPJ ratifica así que la ley fue presentada por los intereses tabernarios del PSOE y Junts y no por el general de los ciudadanos. Dos frentes se consolidan contra la aberrante Ley de Amnistía: el CGPJ y la Unión Europea, que agrava las pretensiones de apoltronarse en La Moncloa que tiene Pedro Sánchez con Begoña Gómez en el disparadero de la corrupción; unos asuntos turbios como cabo suelto de la putridez del PSOE, envuelto en corruptelas generalizadas durante una frenética huida hacia adelante a la que la Justicia nacional e internacional echan el freno.

El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado ayer jueves por mayoría, 9 de los 16 vocales, el informe por el que se considera inconstitucional la ley de Amnistía. El posicionamiento había sido reclamado por el Senado, que ha iniciado su tramitación una vez que la ley fue aprobada la semana pasada en el Congreso de los Diputados.

El pleno tenía encima de las mesa dos informes contrapuestos. Uno del vocal conservador Wenceslao Olea y otro de la progresista Mar Cabrejas. Mientras que el segundo advierte, al contrario, que “el silencio constitucional respecto de la amnistía no significa que exista un vacío jurídico”, a su juicio sí tiene anclaje constitucional, al ser la carta magna la que atribuye a las Cortes Generales la potestad legislativa, el primero, el que ha salido adelante, defiende que la norma es inconstitucional y de una “deficiente técnica jurídica”.

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En la votación ha habido dos votos en blanco, uno de ellos del presidente en funciones del órgano, Vicente Guilarte, que lo ha justificado explicando que comparte muchas de las reflexiones de ambos informes, pero que entiende que debería haberse profundizado en un hecho omitido en la exposición de motivos de la proposición de ley, que es que el acuerdo de Junts y PSOE iba destinado a investir a Pedro Sánchez presidente del Gobierno.

También ha recordado que en ese pacto, junto con la obligación de tramitar la amnistía, se contempla la creación de comisiones parlamentarias de investigación que eventualmente puedan responsabilizar a los jueces, lo que a todas luces es contrario a la independencia judicial y a la división de poderes. El informe aprobado sostiene que la Constitución, al excluir de manera consciente la amnistía, exige al legislador que justifique cada una de las razones de porqué se introduce la amnistía en una ley. También pone de manifiesto que ninguno de los preceptos legales vigentes, ni la doctrina del Tribunal Constitucional, ni la jurisprudencia del Tribunal Supremo permiten concluir que la amnistía «esté reconocida en nuestro Derecho».

El informe que ha salido adelante para remitir a la Cámara Alta es el de Olea, que concluye que la motivación de la amnistía tiene, como causa directa e inmediata, el acuerdo de 9 de noviembre de 2023 entre el PSOE y Junts per Catalunya, «de manera que la invocación a un pretendido interés general o se asimila con los intereses de ese acuerdo o se deja sin explicar, sin que quepa extraerlo de ninguna otra circunstancia». Por lo que respecta a la tramitación parlamentaria elegida, el texto de Olea explica que es «arbitraria» y que no se motiva su urgencia, «debiendo haberse optado por la vía del proyecto de ley, atendida la excepcionalidad jurídica y la trascendencia social del asunto».

El informe, recientemente aprobado por el pleno, aborda varios aspectos de la ley de amnistía que se encuentra en fase de tramitación parlamentaria. En primer lugar, destaca la exclusión de los delitos de terrorismo de cualquier posible amnistía, con el propósito de evitar la inclusión de actos terroristas relacionados con el proceso independentista.

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Además, el informe cuestiona la aplicación inmediata de los efectos de la amnistía en términos de responsabilidad penal, considerando que esta medida resulta difícil de conciliar con la premura que se busca, señalando que requerirá una motivación que permita dictar la resolución definitiva.

Asimismo, critica la disposición que ordena la anulación inmediata de una orden europea de detención, argumentando que podría contravenir el Derecho de la Unión Europea. Por último, destaca la complejidad del articulado de la proposición de ley en sus aspectos más relevantes, lo cual dificulta su interpretación por parte de los tribunales.

El informe también advierte sobre la inseguridad jurídica que generaría la ley y el riesgo de cuestionar a los jueces por aplicarla en contra de supuestos fines del legislador que no están claramente reflejados en el texto.

En cuanto a la votación, el ponente y varios vocales expresaron su apoyo al texto, mientras que otros presentarán votos particulares. La vocal Mar Cabrejas, ponente de otra propuesta debatida ese día, presentará un voto particular al que se adhieren varios vocales. Por su parte, el vocal Enrique Lucas y el presidente del CGPJ, Vicente Guilarte, emitieron votos en blanco.

La Justicia saca sus cartas de juego limpio frente a las trampas de Pedro Sánchez: un tahúr que ya no puede jugar de farol aparentando intenciones limpias, con la Justicia en alerta y estableciendo comunicación con una Europa que ya ha calado al oportunista de La Moncloa. Queda así sentenciada la Ley de Amnistía por inconstitucional a la espera de algún otro as en la manga del cada vez más desquiciado Sánchez.

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