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Y por cambiarlo todo también cambió la bandera de España (3)

Seguimos hoy con los “Decretos Dictatoriales” de Azaña que trituraron al ejército. Pero antes no quiero que se me pase lo del “Gabinete Negro” que creó nada más desembarcar en el Ministerio de la Guerra. Este “Gabinete” militar del ministro fue creado a los diez días de hacerse cargo del Ministerio y su primer jefe o director fue el comandante Hernández Saravia, el que andando los años llegaría a ser el “verdadero amo” del Cuartel General del Ejército.

Mal ambiente produjo -escribe Ramón Salas– el que el ministro, para preparar las reformas, se apoyara en un grupo de oficiales seleccionados no por su capacidad sino por su adhesión política, en vez de hacerlo en los órganos de trabajo y asesoramiento habituales (Estado Mayor y Subsecretaría) y en los mandos naturales (capitanes generales de región militar). Este grupo constituyó lo que se llamó gabinete militar del ministro y pronto fue rebautizado en los cuartos de banderas como “gabinete negro”.

Pero, ¿por qué hace esto Azaña…? ¿Por qué humilla y ofende a los altos mandos militares de entrada?

¿Hace lo que hace consciente de lo que puede pasar, de lo que va a pasar…?

¿O es que recuerda que uno de los mayores éxitos de su admirada República francesa había sido el de “perder el miedo a sus generales»? ¿Actúa el subconsciente “afrancesado” donde aún conserva -y conservará siempre- su amor y su pasión por la Revolución de 1789…, aquella revolución que sacó sus mejores generales de la clase de tropa?

¿No era esto un desafío frontal a los generales y una humillación para los órganos asesores y para los mandos naturales?

Con el Decreto de fidelidad –escribió el “Caballero Audaz”—Azaña, sencillamente, quiso poner al ejército de entrada ante la encrucijada más radical de su Historia: ¡aquel que no esté conmigo incondicionalmente no puede estar en el Ejército…! Así que a “prometer fidelidad” o a pedir la baja. ¿Demasiado duro…? No, demasiado claro. Porque ése es el objetivo de Azaña: dejar sentado desde el primer momento que “allí” manda él y que la “política militar” de la República se hará con o sin los militares del Ejército permanente.

Y el propio Azaña lo explicaría más tarde en el Parlamento. “Todo aquello y mis Decretos antes de reunirse las Cortes tuvo una explicación sencilla. Porque era un Gobierno de plenos poderes, y se hizo por decreto antes de reunirse las Cortes porque a ninguno de los ministros se le ocultaba que había que herir tal cantidad de intereses al decretar las reformas de Guerra, que si no se aprovechaban los primeros meses de entusiasmo, de máxima autoridad del Gobierno revolucionario, sería muy difícil sacarlas adelante a través de una discusión. Y por eso se decretaron por el Gobierno provisional un sinnúmero de reformas, treinta y tantos decretos, que fueron aprobados en Consejo de Ministros…”.

Y ahora nos vamos a dos de los Decretos más “conflictivos” para los Mandos de todos los ejércitos (tierra, mar y aire), porque implicaba a casi todos los generales, coroneles y demás jefes. Fueron estos:

Decreto de 18-5-1931. (Gaceta del 19-5-1931, páginas 800 y 801) sobre ascensos por elección.

«La Ley de 20 de junio de 1918 estableció en su base novena, apartado segundo, letra a), el principio de rigurosa antigüedad para el ascenso hasta Coronel inclusive, previa declaración de aptitud.

Esta disposición estuvo vigente hasta que el Real decreto de 26 de julio de 1926 implantó el ascenso por elección, determinando en el apartado e) del artículo 1.‘ el modo de hacerse la elección, y en el d), las vacantes que le estaban reservadas durante cada año.

El Decreto de 26 de julio de 1926, además de ser contrario a lo establecido en la Ley, ha producido dentro del Ejército perturbación y molestias innegables, a las que hay que poner urgente remedio de dos formas; primero, restableciendo el régimen votado por el Poder legislativo, y segundo, rectificando los efectos del mentado decreto en cuanto haya alterado, en cada caso, los efectos de la antigüedad.

Por estas consideraciones, El Gobierno provisional de la República, a propuesta del Ministro de la Guerra, decreta:

Artículo 1.º’ Se deroga en todas sus partes el Real decreto de 26 de julio de 1926.

Artículo 2.º Se anulan los ascensos por elección concedidos en las Armas y Cuerpos, hasta el empleo de Coronel inclusive, a consecuencia de haberse aplicado el apartado e) del artículo 1.’ del Decreto que por el presente se deroga.

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Artículo 3.º’ Se exceptúa de lo dispuesto en el artículo anterior los ascensos concedidos a los Jefes y Oficiales de todas las Armas y Cuerpos que después hayan consolidado su empleo por antigüedad.

Artículo 4.º’ La anulación decretada en los artículos anteriores no tendrá efectos retroactivos en cuanto a los haberes percibidos.

Artículo 5.º El Ministro de la Guerra dictará las disposiciones convenientes para la aplicación de este Decreto.

Dado en Madrid a diez y ocho de mayo de mil novecientos treinta y uno.

  • El presidente del Gobierno provisional de la República, NICETO ALCALÁ-ZAMORA Y TORRES.
  • El ministro de la Guerra, MANUEL AZAÑA.»

Nota: era cargarse los ascensos por méritos de guerra y un ataque contra los “africanistas”.

Y cambia la bandera de España

Decreto adoptando la bandera tricolor: Encarnado, amarillo y morado. 274-1391. (Gaceta del 28-4-1931, páginas 359-360.)

«GOBIERNO PROVISINAL DE LA REPÚBLICA.

PRESIDENCIA. – El alzamiento nacional contra la tiranía, victorioso desde el 14 de abril, ha enarbolado una enseña investida por el sentir del pueblo con la doble representación de una esperanza de libertad y de su triunfo irrevocable. Durante más de medio siglo, la enseña tricolor ha designado la idea de la emancipación española mediante la República.

En pocas horas, el pueblo libre, que al tomar las riendas de su propio gobierno proclamaba pacíficamente el nuevo régimen, izó por todo el territorio aquella bandera, manifestando con este acto simbólico su advenimiento al ejercicio de la soberanía.

Una era comienza en la vida española. Es justo, es necesario, que otros emblemas declaren y publiquen perpetuamente a nuestros ojos la renovación del Estado. El Gobierno provisional acoge la espontánea demostración de la voluntad popular, que ya no es deseo, sino hecho consumado, y la sanciona. En todos los edificios públicos ondea la bandera tricolor. La han saludado las fuerzas de mar y tierra de la República; ha recibido de ellas los honores pertenecientes al jirón de la Patria. Reconociéndola hoy el Gobierno, por modo oficial, como emblema de España, signo de la presencia del Estado y alegoría del Poder público, la bandera tricolor ya no denota la esperanza de un partido, sino el derecho instaurado para todos los ciudadanos, así como la República ha dejado de ser un programa, un propósito, una conjura contra el opresor, para convertirse en la institución jurídica fundamental de los españoles.

La República cobija a todos. También la bandera, que significa paz, colaboración de los ciudadanos bajo el imperio de justas leyes. Significa más aún: el hecho, nuevo en la Historia de España de que la acción del Estado no tenga otro móvil que el interés del país ni otra norma que el respeto a la conciencia, a la libertad y al trabajo. Hoy se pliega la bandera adoptada como nacional a mediados del siglo XIX. De ella se conservan los dos colores y se le añade un tercero, que la tradición admite por insignia de una región ilustre, nervio de la nacionalidad, con lo que el emblema de la República, así formado, resume más acertadamente la armonía de una gran España.

Fundado en tales consideraciones y de acuerdo con el Gobierno provisional, Vengo en decretar lo siguiente:

Artículo 1.º Se adopta como bandera nacional para todos los fines oficiales de representación del Estado dentro y fuera del territorio español y en todos los servicios públicos, así civiles como militares, la bandera tricolor que se describe en el artículo 2.º de este Decreto.

Artículo 2.º Tanto las banderas y estandartes de los Cuerpos como las de servicios en fortalezas y edificios militares, serán de la misma forma y dimensiones que las usadas hasta ahora como reglamentarias. Una y otras estarán formadas por tres bandas horizontales de igual ancho, siendo roja la superior, amarilla la central y morada oscura la inferior. En el centro de la banda amarilla figurará el escudo de España, adoptándose por tal el que figura en el reverso de las monedas de cinco pesetas acuñadas por el Gobierno provisional en 1869 y 1870.

En las banderas y estandartes de los Cuerpos se pondrá una inscripción que corresponderá a la unidad, Regimiento o Batallón a que pertenezca, el Arma o Cuerpo, el nombre, si lo tuviera, y el número. Esta inscripción, bordada en letras negras de las dimensiones usuales, irá colocada en forma circular alrededor del escudo y distará de él la cuarta parte del ancho de las bandas de la bandera, situándose en la parte superior y en forma que el punto medio del arco se halle en la prolongación del diámetro vertical del escudo.

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Las astas de las banderas serán de las mismas formas y dimensiones que las actuales, así como sus moharras y regatones, aunque sin otros emblemas o dibujos que los del Arma, Cuerpo o Instituto que la unidad que lo ostente y el número de dicha unidad. En las banderas podrán ostentarse las corbatas ganadas por la unidad en acciones de guerra.

Artículo 3.º Las Autoridades regionales dispondrán que sucesivamente sean depositadas en los Museos respectivos las banderas y estandartes que hasta ahora ostentaban los Cuerpos armados del Ejército y los Institutos de la Guardia Civil y Carabineros.

El transporte y entrega de dichos emblemas se hará con la corrección, seriedad y respeto que merecen, aunque sin formación de tropas, nombrándose por cada Cuerpo una Comisión que, ostentando su representación, realice aquel acto, y formándose la Comisión receptora por el personal del Museo.

Artículo 4.º Las escarapelas, emblemas y demás insignias y atributos militares que hoy ostentan los colores nacionales o el escudo de España, se modificarán para lo sucesivo, ajustándolas a cuanto se determina en el artículo 2.º

Artículo 5.º Las banderas nacionales usadas en los buques de la Marina de guerra y edificios de la Armada serán de la forma y dimensiones que se describen en el artículo 2.º

Las banderas de los buques mercantes serán iguales a las descritas anteriormente, pero sin escudo.

Las banderas y estandartes de los Cuerpos de Infantería de Marina y Escuela Naval serán sustituidas por banderas análogas a las descritas para los Cuerpos del Ejército.

Las astas, moharras y regatones se ajustarán asimismo a lo que se dispone para las de los Cuerpos del Ejército.

Artículo 6.º Las Autoridades departamentales y Escuadra dispondrán que sucesivamente sean depositadas en el Museo Naval las banderas de guerra regaladas a los buques y estandartes que hasta ahora ostentaban los regimientos de Infantería de Marina y Escuela Naval.

El transporte y entrega de estas enseñas se hará con la corrección, seriedad y respeto que merecen, aunque sin formación de tropa, nombrándose por cada Departamento o buque una Comisión que, ostentando su representación, realice aquel acto, y formándose la Comisión receptora por el personal del Museo.

Artículo 7.º Las escarapelas, emblemas y demás insignias y atributos militares que hoy ostentan los colores nacionales o el escudo de España se modificarán para lo sucesivo, ajustándolas a cuanto se determina en el artículo 2.º

Dado en Madrid a veintisiete de abril de mil novecientos treinta y uno.

– El presidente del Gobierno provisional de la República, NICETO ALCALÁ-ZAMORA Y TORRES.»

Nota: Naturalmente, este “cambio” produjo en el Ejército una reacción de protesta íntima, sentida, profunda…, ya que “la cuestión de la bandera -escribe Bravo Morata-, que a comienzos del período republicano parece no tener trascendencia es, sin embargo, vital. Los militares profesionales del amplio grupo de los africanistas sienten que se les ha escamoteado algo muy suyo: la enseña con la que en tierras de Marruecos consiguieron victorias y derrotas… Encaja el país entero el cambio de bandera como una cosa consustancial al nuevo régimen, pero en nutridos sectores del Ejército el color morado es poco menos que una afrenta».

Autor

Julio Merino
Julio Merino
Periodista y Miembro de la REAL academia de Córdoba.

Nació en la localidad cordobesa de Nueva Carteya en 1940.

Fue redactor del diario Arriba, redactor-jefe del Diario SP, subdirector del diario Pueblo y director de la agencia de noticias Pyresa.

En 1978 adquirió una parte de las acciones del diario El Imparcial y pasó a ejercer como su director.

En julio de 1979 abandonó la redacción de El Imparcial junto a Fernando Latorre de Félez.

Unos meses después, en diciembre, fue nombrado director del Diario de Barcelona.

Fue fundador del semanario El Heraldo Español, cuyo primer número salió a la calle el 1 de abril de 1980 y del cual fue director.
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