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El teletrabajo nunca fue una realidad para los españoles hasta que el coronavirus aterrizó en el país. Antes de la llegada de esta pandemia, sólo el 4.5% de los casi 20 millones de trabajadores registrados en España teletrabajaba desde sus casas. El 14 de marzo de este año, cuando se declaró el Estado de Alarma, con el propósito de erradicar los contagios entre los ciudadanos el Gobierno demandó el confinamiento a los españoles. En esta circunstancia cerca de 10 millones de empleados comenzaron a teletrabajar.
A pesar de que la mitad de los trabajadores del país lo está haciendo en remoto, a día de hoy no existe una regulación específica que respalde a esta modalidad laboral. Es por esto que las empresas han tenido que improvisar durante todo este tiempo por no tener ninguna referencia legal a la que adaptarse, al igual que los trabajadores.
Actualmente en España, según un estudio realizado por la web de empleo Jobatus, el teletrabajo no está regulado, únicamente se hace alusión al mismo en el artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores. El mismo señala que los trabajadores que ejerzan a distancia contarán con los mismos derechos que los empleados situados en el centro de trabajo. Este artículo también hace referencia a la salud laboral indicando que «los trabajadores tienen derecho a una adecuada protección en materia de seguridad y salud», ultimando que podrán hacer uso de sus derechos de representación colectiva apoyándose en la ley.
En estas circunstancias, los sindicatos están exigiendo al Gobierno una negociación para que el teletrabajo sea regulado. Las empresas españolas y europeas también están haciendo fuerza en esta materia. A día de hoy, son muchas las compañías nacionales e internacionales que están sopesando continuar con el teletrabajo hasta finales de 2020 con el fin de proteger a sus trabajadores del COVID-1.Entre otros, ambas partes reclaman la delimitación de las obligaciones por parte de empresa y trabajador y la prevención de los riesgos laborales de los mismos. El Ministerio de Trabajo por su parte, también define como insuficiente esta regulación y garantiza que se trabajará cuanto antes para garantizar los derechos laborales de estos trabajadores.
Hasta el momento, respecto a los avances de esta regulación, Yolanda Díaz, la ministra de Trabajo, ha sostenido que prontamente se lanzará la Ley Reguladora del Trabajo a Distancia. En la misma, según ha señalado, se contemplarán los descansos de los trabajadores, los derechos de conciliación y se tomará especial atención a la prevención de riesgos laborales.
La UGT ha trabajado en una propuesta para asegurar que los derechos de los trabajadores no se vean afectados con esta modalidad laboral. Algunos puntos de esta propuesta hacen alusión a la prevención de riesgos laborales y solicitan que las oportunidades de formación y promoción sean las mismas que los trabajadores que ejerzan en la empresa. Entre otras, también señalan que los gastos de luz, agua e internet deberán legislarse y el control de la jornada será obligatorio y responsabilidad de la empresa.
Fuente: https://www.jobatus.es/
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