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Hace algunos días, se señaló desde el Gobierno, por declaraciones de Teresa Ribera, que no se descartaba la posibilidad de suspender los impuestos a la electricidad para frenar el incremento de su precio. Ya se ha indicado desde el Ministerio de Consumo que se «está trabajando» en una rebaja del tipo aplicable del Impuesto sobre el Valor Añadido a la electricidad, para que pase del 21% al 10%. No obstante. Tampoco hay que olvidar el Impuesto Especial sobre la Electricidad, que, en virtud de la Ley 28/2014, de 27 de noviembre, dejó de configurarse como un impuesto sobre la fabricación, para pasar a ser un impuesto que grava el suministro de energía eléctrica para consumo o su consumo por los productores de aquella electricidad generada por ellos mismos, debiendo inscribirse en el correspondiente registro territorial exclusivamente aquellos operadores que realicen los suministros a los consumidores de electricidad, así como los beneficiarios de determinadas exenciones y reducciones de la base imponible, persiguiéndose con esta modificación una reducción de los costes administrativos, tanto para los distintos actores del mercado eléctrico como para la Administración, adaptándose la normativa a lo establecido en la Directiva de la Unión Europea, aunque ello no favorece a los consumidores, que sufren la repercusión de la carga económica del impuesto en los precios de la electricidad.
Debe tenerse presente que, según el diario Público, «el gravamen sobre el consumo eléctrico y el IVA llevan una década sacando entre 6.500 y 8.000 millones de euros por ejercicio de los bolsillos de las familias y las cajas de las empresas, una presión fiscal que consumidores y economistas reclaman relajar y que la UE ve desproporcionada». De hecho, la Comisión Europea ya contestó a Toni Comín, por una pregunta sobre la cuestión que el europarlamentario de Junts formuló, que «el impuesto especial español sobre el consumo de electricidad de los hogares está muy por encima del mínimo de la UE establecido por la directiva sobre fiscalidad de la energía» y que, «en cuanto al impuesto sobre el valor añadido (IVA), España puede aplicar un tipo impositivo reducido a la electricidad suministrada a los hogares».
La mejor opción, dicho lo anterior, sería proceder con una reducción generalizada de la presión fiscal a la generación y uso de electricidad, que afecta principalmente a las pequeñas y medianas empresas y a los consumidores y usuarios. Especialmente preocupante es el peso del Impuesto del Valor Añadido, que podría gravar con un 4% la electricidad, en lugar del actual 21% y del proyectado 10%, ya que el artículo 102 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, establece que «Los Estados miembros podrán aplicar un tipo impositivo reducido al suministro de gas natural, de electricidad y de calefacción urbana, siempre que no exista riesgo alguno de distorsión de la competencia» y que «Todo Estado miembro que vaya a aplicar un tipo reducido en virtud del párrafo primero lo pondrá previamente en conocimiento de la Comisión«, pues «La Comisión se pronunciará acerca de la existencia de riesgo de distorsión de la competencia. Si la Comisión no se pronuncia a los tres meses de la recepción de la información, se entenderá que no existe riesgo alguno de distorsión de la competencia«.
El problema es que tampoco se estuvo presionando mucho al Gobierno por el incremento del precio de la luz y lo más probable es que no haya interés en hacer al respecto, ya que se sabe perfectamente que la opinión pública, bien subvencionada por el Estado, no va a atribuir a la gestión del Gobierno el aumento del coste de la electricidad, así que tampoco se va a insistir desde la opinión pública como necesaria en la bajada de la presión fiscal a la electricidad, aunque hablen de ello, pues necesitan en Hacienda recaudar todo lo que puedan de todas partes por medio de los tributos existentes y sin perjuicio de idear la creación de otros nuevos y, con la subida de la luz, el Estado duplicará sus ingresos por la imposición fiscal a los derechos de emisión de CO2, según Vozpópuli.
Se aprobó el Real Decreto-ley 12/2021, de 24 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la fiscalidad energética y en materia de generación de energía, y sobre gestión del canon de regulación y de la tarifa de utilización del agua, porque, según su Preámbulo, «Desde finales de 2020 y, más intensamente, marzo de 2021, el precio del mercado mayorista de la electricidad en España está marcando precios inusualmente altos«, siendo «Una situación que se ha agravado en las últimas semanas, con un precio medio en mayo de 67,12 €/MWh y de 86,56 €/MWh del 1 al 17 de junio, sin que, por otra parte, se hayan producido situaciones excepcionales de carácter meteorológico«. Por ello, la norma realiza reformas para rebajar la presión fiscal a la producción y uso de energía eléctrica, pues, «para dar respuesta a la situación generada por el incremento de los precios de la electricidad, dentro de los límites de la Directiva 2006/112/CE, de 28 de noviembre, se establece de forma excepcional y transitoria, hasta el 31 de diciembre de 2021, para los contratos de energía eléctrica cuyo término fijo de potencia no supere los 10 kW, una rebaja, desde el 21 al 10 por ciento, en el tipo impositivo del IVA que recae sobre todos los componentes de la factura eléctrica cuando el precio medio mensual del mercado mayorista en el mes anterior al de la facturación haya superado los 45 €/MWh, con el objeto de reducir su importe«, pero «esta medida se aplica a todos los contratos de suministro de energía eléctrica siempre que la potencia contratada no supere los 10 kW, lo que supone, en realidad, su aplicación a la práctica totalidad de los hogares consumidores finales ya que la potencia media contratada por los consumidores domésticos es aproximadamente de 4,1 kW«, de manera que la mayoría de pequeños y medianos empresarios quedan excluidos, al haberse centrado la reforma, principalmente, en los consumidores y usuarios.
Lo kafkiano es que la reducción de la presión fiscal sobre la electricidad fue suave y ya ha perdido incidencia, pues la bajada de cuotas carece ya de efecto por la continua subida de los precios de la electricidad. Con un Gobierno de otro signo, ya se habrían montado revueltas hablando de la necesidad imperante de bajar los impuestos que inciden en el precio de la electricidad y se habría formulado una fuerte protestar por la endeble reducción fiscal. Sin embargo, eso es lo que conlleva haber asumido en España la idiosincrasia de que no hay que mirar qué hacen los dirigentes, sino qué dirigentes lo hacen.
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