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Actualmente en Chile se está escribiendo una nueva carta fundamental, labor que el Congreso Nacional le ha encargado a una magna Convención Constitucional, formada por 155 representantes de la población y los pueblos indígenas, elegidos de forma paritaria, es decir con igual número de hombres y mujeres.

Este magno órgano deliberativo tiene a su cargo la redacción de una Constitución que reemplace a la que fuera promulgada por el dictador Pinochet, en 1980. Al reemplazarla, Chile se transformará en un país plenamente democrático, igualitario, con perspectiva de género, y por supuesto que con ella se acabará la desigualdad, el hambre, el desempleo, la corrupción, la contaminación, el racismo, el racismo, y todo lo malo que hay en el mundo.

Desde luego que toda persona que se oponga a una medida tan adecuada debe ser sin lugar a duda un ultraderechista, que promueve discursos de odio, y debe ser extirpado del sistema político, vetándole además de los medios de comunicación y de cualquier lugar donde se reúna la gente decente.

Esto que acaban de leer es el discurso oficial de la prensa y gobierno de Chile hacia el mundo, respecto del actual proceso constituyente en el país.

La realidad nos muestra que en Chile está escribiéndose la constitución modelo de la Agenda 2030. Un texto que deliberadamente rompe con una tradición política enraizada desde el tiempo en que América y España eran una sola, para imponer los designios de las Naciones Unidas, todo ello con el respaldo decidido de buena parte de los políticos chilenos.

El órgano constituyente ha incluido diecisiete representantes de los pueblos indígenas; siete para los araucanos, cuatro para los indígenas del altiplano, uno para los habitantes de Isla de Pascua. A ellos se suma uno para cada uno de los pueblos kawésqar, yagán, diaguita, colla y chango, ¡pueblos que se encuentran totalmente extintos, de manera certificada, desde hace más de 100 años!

Imagine el lector que en el Congreso de los Diputados se asigne un escaño reservado a los tartesios, celtíberos y visigodos. Exactamente eso ha pasado en Chile. 

El principal problema se encuentra en lo que esas personas están escribiendo. A diferencia de la prensa oficial, que solo reproduce el discursillo de introducción de nota, yo quiero presentarles la norma tal cual es, de modo que cada cual se pueda formar su opinión frente a lo que ella misma establece.

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Debo comenzar por la transformación total del Estado. “Chile es un Estado Plurinacional e Intercultural que reconoce la coexistencia de diversas naciones y pueblos en el marco de la unidad del Estado” y su sistema político es el de una república solidaria, con democracia paritaria, y relacionada indisolublemente con la naturaleza.

Esa relación indisoluble no puede, desde luego, afectar los derechos de la Sra Naturaleza, la cual es un sujeto de derecho en toda regla:

Las personas y los pueblos son interdependientes con la naturaleza y forman, con ella, un conjunto inseparable. La naturaleza tiene derechos. El Estado y la sociedad tienen el deber de protegerlos y respetarlos. (…)

Las entidades territoriales autónomas tienen personalidad jurídica y patrimonio propio y las potestades y competencias necesarias para gobernarse en atención al interés general de la República, de acuerdo a la Constitución y la ley, teniendo como límites los derechos humanos y de la Naturaleza.

El Senado, una institución establecida en 1812, ha sido abolida. Chile de facto tendrá un parlamento unicameral, paritario, con representación de pueblos indígenas, inmigrantes, y por supuesto que las llamadas minorías sexuales.

La igualdad ante la ley es cosa del pasado en Chile. De aquí en adelante la justicia será regida por la ideología de género, sin contrapeso ni critica alguna, siendo política oficial del Estado:

La función jurisdiccional se regirá por los principios de paridad y perspectiva de género. Todos los órganos y personas que intervienen en la función jurisdiccional deben garantizar la igualdad sustantiva.

El Estado garantiza que los nombramientos en el Sistema Nacional de Justicia respeten el principio de paridad en todos los órganos de la jurisdicción, incluyendo la designación de las presidencias.

Los tribunales, cualquiera sea su competencia, deben resolver con enfoque de género.

El derecho de propiedad en la Constitución de 1980 esta muy desarrollado, incluido el derecho a indemnización en caso de expropiación. Eso ha desaparecido en la nueva carta, dejando todo a la ley y la buena voluntad del régimen de turno:

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Toda persona, natural o jurídica, tiene derecho de propiedad en todas sus especies y sobre toda clase de bienes, salvo aquellos que la naturaleza ha hecho comunes a todas las personas y los que la Constitución o la ley declaren inapropiables.

Corresponderá a la ley determinar el modo de adquirir la propiedad, su contenido, límites y deberes, conforme con su función social y ecológica.

Otras materias, como es el caso del aborto, han sido consagradas expresamente en la carta fundamental, tanto para mujeres como para “personas con capacidad de gestar”, lo que debemos suponer que son mujeres:

El Estado garantiza el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos sin discriminación, con enfoque de género, inclusión y pertinencia cultural, así como el acceso a la información, educación, salud, y a los servicios y prestaciones requeridos para ello, asegurando a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar, las condiciones para un embarazo, una interrupción voluntaria del embarazo, parto y maternidad voluntarios y protegidos. Asimismo, garantiza su ejercicio libre de violencias y de interferencias por parte de terceros, ya sean individuos o instituciones.

Sin embargo, toda esta aberración jurídica era bastante previsible. No lo digo porque después de la guerra todos sean generales; escribo con razón de causa. El 1 de julio de 2021, días antes de que comenzase a funcionar la constituyente, publiqué una columna donde anticipé buena parte de lo que ocurre hoy en día en Chile.

Frente a tal escenario, solo queda una opción institucional a los chilenos; rechazar esa constitución en el referéndum del próximo 4 de septiembre, día elegido por el gobierno precisamente por ser el aniversario de la victoria de Salvador Allende en la elección de 1970. La pregunta es; ¿habrá posibilidades de una elección justa, en estas circunstancias?

 

Fuente de los artículos de la Nueva Constitución: https://www.elmostrador.cl/noticias/pais/2022/03/02/siga-aqui-los-avances-del-borrador-de-la-nueva-constitucion/

Autor

REDACCIÓN