Getting your Trinity Audio player ready...
|
La Comunidad de Madrid advierte un año más este verano de la necesidad de vigilar a los menores y extremar la precaución en el baño y uso de las piscinas para evitar accidentes, no practicar juegos violentos en sus proximidades, como empujones y saltos, y elegir el tamaño adecuado del recinto, según la edad del usuario.
En los dos últimos años, este servicio público de la Comunidad de Madrid ha realizado 124 intervenciones por accidentes relacionados con ahogamientos, fundamentalmente en piscinas, pero también en zonas autorizadas y no autorizadas de baño. En este sentido, Sanidad recuerda que los niños pequeños nunca deben acceder solos a las instalaciones, especialmente a las piscinas privadas y a las de comunidades de vecinos que, por su tamaño, no están obligadas a contar con socorrista.
Además, los expertos aconsejan evitar que los menores se acerquen solos al borde de los vasos, así como que pasen demasiado tiempo expuestos al sol o caminen descalzos en zonas húmedas o encharcadas. Además, se debe usar siempre protector solar (especialmente con los niños), beber suficiente líquido para evitar deshidrataciones y no abusar de las bebidas alcohólicas.
Otra de las recomendaciones es descartar la entrada de golpe en el agua para que no se produzcan cambios bruscos de temperatura corporal y accidentes; respetar los tiempos de digestión y no bañarse después de una exposición prolongada al sol o un ejercicio físico intenso.
Se recuerda asimismo que no hay que tirarse de cabeza en zonas de fondo desconocido, ya que esta práctica de riesgo puede provocar graves accidentes, como lesiones medulares. Las personas que padecen una enfermedad infecciosa de transmisión por agua (hídrica) o dérmica no deben acceder, por riesgo de contagio, a la zona reservada a los bañistas.
Inspecciones de las instalaciones
La Consejería de Sanidad, a través de la Dirección General de Salud Pública, vigila durante el verano las condiciones higiénico-sanitarias de las 2.938 piscinas censadas en la Comunidad de Madrid, excluyendo las del Ayuntamiento de la capital, y de algunos grandes municipios. Colabora con las localidades que carecen de los recursos suficientes para realizar estos controles, como son aquellos con población menor de 20.000 habitantes. Esta actuación se realiza mediante inspección y toma de muestras del agua de los distintos vasos que componen la instalación.
Todos estos establecimientos de uso colectivo, público y privado, incluidos los de comunidades de vecinos de más de 30 viviendas, deben disponer de un servicio de socorrista, tal como recoge el Decreto 80/1998 de 14 de mayo. Finalmente, los espacios para el baño que, en su conjunto, sumen entre 500 y 1.000 metros cuadrados de superficie de agua deben contar con la presencia de enfermero o médico y, a partir de 1.000 metros cuadrados, disponer de ambos profesionales.
Autor
Últimas entradas
- Actualidad26/12/2023Reinventando la historia. Magnicidio frustrado. Por Fernando Infante
- Destacados15/08/2023Lepanto. ¿Salvó España a Europa? Por Laus Hispaniae
- Actualidad15/08/2023Entrevista a Lourdes Cabezón López, Presidente del Círculo Cultural Hispanista de Madrid
- Actualidad15/08/2023Grande Marlaska condecora a exdirectora de la Guardia Civil