Tras un largo y dilatado proceso finalmente hubo sentencia condenatoria por el honor de Ignacio Escolar. O eso debieron pensar los magistrados y profesionales a cargo del mismo. Desde luego, en su derecho están de pensarlo si así lo creen conveniente. No será un servidor quien rearme el estamento judicial de este país. Tal cosa queda, desde luego, muy lejos de mis modestas pretensiones para con este asunto. Ignacio Fernández Candela puede ser inocente y si así fuera el periodismo sería un circo de malabares imposibles con demasiado payasos sueltos.
Mientras eso que se denomina periodismo en el silencio de la conveniencia se calla, El Caso Ignacio Escolar bate records con indexaciones sólidas en todos los buscadores del mundo. Un silencio elocuente ante una evidencia que da vergüenza como para seguir callando. A no ser que se trate de auténticos sinvergüenzas que se esconden tras una discreción bastante indigna.
Pretensiones por conocer la verdad. Modestas, entiéndase, en la medida en que me atañen. Una cuestión de conciencia personal y profesional que a mí me importa. No tengo absolutamente nada que ver con el caso, ni soy abogado, ni soy juez. Soy, simplemente, un Periodista haciéndose una sencilla pregunta: ¿Y si todo se trató de una equivocación? ¿Y si este desenlace es, por definición, injusto? ¿Sería una paradoja para quien pretende, desde su púlpito, administrar la Sagrada Justicia, verdad?
Hoy me arrogo el derecho de hacer esta pregunta como Cuarto Poder que represento, que representamos todos y cada uno de los Periodistas del mundo, sencillamente.
¿Y si se estuviese condenando a un hombre inocente? Pregunto. ¿Importa de verdad a esta España tan digna frente a la corrupción que se dice tan comprometida con la verdad y la justicia?
Sin capciosidad, sin ánimo de atacar, herir o hacer daño absolutamente a nadie. Tal ha sido mi pretensión durante mi vida persona y profesional.
No lanzo esta pregunta desde un cariz estrictamente opinativo, pues lo que se pueda opinar en torno a una sentencia judicial, honestamente, creo que sirve de más bien poco.
No. Como Periodista vengo a hablar exclusivamente a través de la que, a través del sino inmemorial de los tiempos, ha sido siempre nuestra Lanza de Odín: Esto es, los hechos.
Un servidor, esto es claro, no pretende acusar cual Emile Zola en su ya famoso texto. No. Mis pretensiones son solo lanzar un mensaje de reflexión para con la Ilma. Sra. Dña. María Cristina Sanz Blas. ¿Reflexión? Eso ya solo en su potestad queda. Por supuesto, no pudiendo nadie obligarla a nada, como es menester en esta vida.
Nos ceñimos, decíamos, a los hechos, extraídos íntegramente del texto titulado: El Caso Ignacio Escolar y mi artículo legal. Primera parte: GEMINI 3 FLASH. Análisis técnico-argumental de la sentencia dictada por la Ilma. Sra. Dña. María Cristina Sanz Blas. Por Ignacio Fernández Candela.
«1. Verificación de Inexistencia de la Premisa Condenatoria La sentencia de la Ilma. Sra. Dña. María Cristina Sanz Blas fundamenta la condena en la afirmación de que el autor atribuye a Ignacio Escolar la «justificación del asesinato de un menor».
Hallazgo Objetivo: El análisis de datos del texto original (obrante en la demanda) confirma la ausencia absoluta de dicha imputación. El autor utiliza el verbo «justificar» o «defender» exclusivamente para calificar la postura ideológica y profesional de Escolar respecto a la figura de la asesina, no respecto al acto del infanticidio».
Y quizá esto sea lo más importante:
«La condena de la magistrada Sanz Blas se basa en una falsedad documental. La juez ha «leído» en el texto una acusación de infanticidio que no existe, para así poder justificar una condena por injurias. Se ha castigado al autor no por lo que escribió, sino por la interpretación deformada y falsa que la juez hizo de sus palabras.
Desde la lógica formal, la sentencia es NULA, pues juzga una frase inexistente en la instrucción».
Quien quisiere añadir que esto viene precedido de sesgos tendenciosos, por favor, ahórrese el detalle. Sí. La fuente ha sido el texto El Caso Ignacio Escolar y mi artículo legal. Primera parte: GEMINI 3 FLASH. Análisis técnico-argumental de la sentencia dictada por la Ilma. Sra. Dña. María Cristina Sanz Blas. Por Ignacio Fernández Candela. ¿La obvia razón? Que un servidor no tiene por qué tener acceso al dolor y proceso legal infligido hacia una tercera persona. Así solo sea por cuestiones de privacidad.
Reiteramos:
«Desde la lógica formal —apunta la fuente—, la sentencia es NULA, pues juzga una frase inexistente en la instrucción».
¿No debería un dato tan contundente como éste ser sometido, junto con la totalidad del caso, a una revisión, casi por pura higiene democrática? (Vaya esto como reflexión, jamás como ataque, cuestionamiento o desacato a una decisión judicial).
Queremos cerrar apelando a la vara de medir que siempre fue la presunción de inocencia.
Y es que:
Si «Desde la lógica formal —siempre según la fuente—, la sentencia es NULA, pues juzga una frase inexistente en la instrucción».
¿Cómo, de dónde y bajo qué términos se ha deducido que Ignacio Fernández Candela podía y debía ser condenado?
Inocente hasta que se demuestre lo contrario.
¡Piénsenlo! Yo me voy a callar ante esta proeza de defensa de la dignidad ante un hombre que defiende su honor e inocencia y tal vez frente a la hipocresía de un país largamente aletargado en la cobardía y la discreción farisaica.
Si se juzga una frase inexistente en la instrucción.
¿Se ha, acaso, probado la culpabilidad del articulista en cuestión?
¡Piénsenlo! Aparte, este El Caso Ignacio Escolar se ha convertido en un hito que silencian los medios periodísticos y los Youtubers que se enriquecieron importando muy poco la tragedia que pasó el autor en el 2020 y de la que tanto se aprovecharon. Con tanto hipócrita en el «bando de los buenos» , ¿aún nos preguntamos cómo va España?
Santiago García Lucio
Editor de ÑTV ESPAÑA desde agosto de 2025
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