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Foto cedida por la Comunidad de Madrid

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado hoy el Decreto que regula el procedimiento de acreditación de los enfermeros en relación con la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano.

El Decreto tiene como objetivo que estos profesionales de centros públicos y privados de la región puedan realizar estos procedimientos con los fármacos que fija el Ministerio de Sanidad para todo el Sistema Nacional de Salud (SNS) y diferenciados de los que prescriben los profesionales de la medicina. Para poder indicarlos deben contar con un año de experiencia o superar un curso específico organizado por la Consejería de Sanidad.

El año pasado la Comunidad de Madrid acreditó de oficio en base a una Orden de la propia Consejería a aquellos profesionales de la Enfermería que prestan sus servicios en los centros adscritos o vinculados al Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) que cumplían el requisito del tiempo trabajado. Este departamento disponía de datos como la titulación y el tiempo de ejercicio, y no era necesario que lo solicitaran los interesados.

El Decreto aprobado recoge ahora el procedimiento, a petición propia o de oficio, para la acreditación a este grupo de sanitarios que trabajan en los distintos dispositivos con los que cuenta tanto la sanidad pública como toda la privada en la Comunidad de Madrid.

Aquellos que no acrediten tener un año de experiencia deberán completar un curso específico, que se regula también en el texto legal, y que la Administración madrileña pondrá a su disposición de forma gratuita.

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REDACCIÓN
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