21/11/2024 14:34
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El actual Presidente de Gobierno, ya en funciones, ha convocado las próximas elecciones generales sin la previa deliberación con sus ministros, lo que ha supuesto la queja pero un resultado de aceptación general.

Para los que nos dedicamos al estudio y aplicación práctica de las leyes, de manera especial interviniendo ante los juzgados y tribunales, el cumplimiento y observación del procedimiento no es que sea una exigencia, sino la vía por la que se ha conducir la aplicación del derecho y la garantía del equilibrio de los distintos intereses de las partes litigantes.

Es por ello una regla general que las cosas que se hacen contra derecho nacen viciadas, siendo que no deben o no deberían producir ningún efecto. La convocatoria de las elecciones generales de julio de 2023 ha sido decidida por señor Sánchez sin la previa deliberación de su consejo de ministros, tal y como prevé el artículo 115 de la Constitución de 1978. Cierto es que el anuncio lo realizó previa comunicación al Rey y el consejo de ministros fue celebrado con posterioridad para confirmar, lo decidido por su jefe, horas antes.

Es meridianamente claro que el señor Sánchez no ha cumplido el contenido del artículo 115 de una Constitución que, al jurar o prometer su cargo, se obligó a cumplir. Se me podrá decir que ese salto de la norma carece de importancia, y que la convocatoria a elecciones es válida mientras no sean anuladas. Y así, parece, puesto que ningún partido político ha interesado la nulidad de la convocatoria por un sentido práctico, aceptando lo que en distinto momento sería impugnado y combatido por el cauce procesal correspondiente, y por un interés político de considerar que el adelanto de elecciones conviene a todos.

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Conforme a lo anterior, estamos ante el hecho consumado de unas elecciones que se celebrarán sin oposición a su procedimiento, dando por bueno que dos personas, como son el presidente que las convoca y un rey que las sanciona sin reproche alguno, nos lleven a ellas.

También se me podrá oponer que la aceptación de hecho de la vulneración del artículo 115 de la Constitución de 1978, no supone ningún daño y que la celebración del posterior consejo de ministros subsana el vicio inicialmente cometido. Esto puede ser cierto, pero nos lleva a unas consecuencias muy peligrosas, que considero han de tenerse en cuenta, dado que el transcurso del tiempo suele poner las cosas en su sitio en ocasiones, pero también las desvía del orden a las que deben estar sujetas.

Así, las consideraciones que se pueden extraer del modo en que se ha dirigido el señor Sánchez, son las siguientes:

1ª Que la ley puede ser incumplida sin repercusión de ningún tipo, si quien la viola es quien ejerce el poder.

2ª Que existe una ley escrita y otra que deriva de los actos personalistas y absolutos de quien ejerce el poder. Esta última vedada a los ciudadanos.

 3ª Que el cumplimiento de la ley obedece a un principio de oportunidad. Oportunidad del que ejerce el poder en un momento determinado,  por encima de los intereses de los ciudadanos, los cuales son administrados a través de leyes que vienen obligados a cumplir, aun a pesar de su injusticia. Oportunidad de la que participan todos aquellos que aceptan la convocatoria de elecciones próximas sin denuncia de su ilegalidad inicial.

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4ª Que si es voluntad del gobernante obrar en contra de la ley, obviando lo que Aristóteles dijo de que mandar es el acto más perfecto de la prudencia, la voluntad que se pide al ciudadano para someterse a la ley desaparece por completo.

En definitiva, si aquellos de los que ha de proceder el cumplimiento de la ley y el cuidado de la comunidad nacional (en palabras de Santo Tomás) se apartan de ella, ¿a qué acusarnos cuando la sociedad no nos sometamos a la ley, pues solo se debe obediencia a los actos lícitos y justos? ¿Qué diferencia existe entre el autodenominado demócrata del rechazado tirano? Ante la contravención de la ley que se han dado a sí mismos, ninguna. Si los políticos nos han envenenado el alma social, ¿acaso podemos dar más de lo que aquellos nos dieron?

Autor

Luis Alberto Calderón
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Aliena

¿Costumbre? Pues, que yo sepa, recién aprobada la Constitución se incumplió ésta al conceder la autonomía a Andalucía, cuando todas las provincias, según o establecido, debían haber votado afirmativamente pero Almería resultó ser un poco díscola. Hace ya más de cuatro décadas.

Geppetto

Es evidente que a Sanchez las formas, las leyes y hasta la educacion le traen sin cuidado, el es el chuleta de la playa y nadie le tose.Por eso cuando antes lo echen del poder y a ser posible de España, mejor para todos.
Y detras terminar con esta desgraciada y viciada constitucion

Surreal

Financiamos con nuestros impuestos unas fuerzas del orden en las que manda el enemigo y las usa para que no nos protejan de él sino al revés

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