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Por un Decreto Dictatorial que transformó las Capitanías Generales con mando en Plaza, a simples “Divisiones Orgánicas” dependientes de las Autoridades Civiles

Y ahora nos vamos al Decreto del “Gran Cambio” la desaparición de las “Capitanías Generales” y la aparición de las “Divisiones Orgánicas”

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Merino

Decreto de 25-5-1931. (Gaceta número 146 de 26-5-1931, páginas 940 a 943) sobre reorganización general del Ejército.

«MINISTERIO DE LA GUERRA. – En el orden de las reformas conducentes a la reorganización del ejército, acomete hoy el Gobierno una de las más importantes, base y condición de muchas otras: es una nueva agrupación de las fuerzas militares, encaminada a replantear las unidades orgánicas en que el mando y las tropas se adiestren para la guerra. El problema es de tal monta que, sin resolverlo pronto y bien, no se adelantaría un paso en la renovación del ejército. Las unidades existentes son, por su número, excesivas; por su contenido, débiles; por su costo, si hubieran de mantenerse en un punto de regular eficacia, onerosísimas. Es inevitable deshacer la organización actual y fundar sobre terreno más firme. Ligada esta cuestión con la del exceso de personal, constituyen una sola y misma dificultad, como que provienen de los mismos errores, y han de resolverse a un tiempo. Hallándose ahora en curso la primera amortización extraordinaria del personal, merced a los beneficios ofrecidos por el Decreto de 25 de abril último, es oportuno plantear inmediatamente los organismos nuevos. Por una parte, el Estado declara de esta manera cuál es el límite que las necesidades de la defensa nacional y los recursos del país ponen a los gastos del presupuesto de la guerra; y por otra, el personal militar, a quien afecta la reforma, conocerá los datos necesarios para aceptar o no la opción que contiene el mentado Decreto.

La reorganización comienza por establecer el tipo o modelo de la división, determinando su estructura general y la composición de las unidades tácticas elementales. Al final de la guerra europea, casi todos los ejércitos beligerantes habían adoptado como tipo la división de tres regimientos de Infantería. La crisis de efectivos aconsejó aquella reforma, que permitía conservar y aun aumentar el número de divisiones. Desde entonces, otros países han organizado también la división sobre base ternaria, acerca de cuyas ventajas las opiniones de los técnicos distan mucho de ser coincidentes. Si la división de tres regimientos es más ligera, acarrea inconvenientes de orden táctico, de tal índole, que ya se defiende con autoridad el retorno a la organización antigua, incluso en las naciones iniciadoras de la reforma. Siendo, por lo menos, indecisa la solución de este problema, se ha preferido conservar en España la división de cuatro regimientos, a fin de que, al reducirse ahora el número de grandes unidades, cada una de las subsistentes tenga fortaleza bastante para realizar empresas de alguna consideración. Dentro de la gran unidad, se atiende a la composición de las unidades tácticas elementales en perfecto acuerdo con los reglamentos y se les dota de personal en términos prudentes, de suerte que no sean tan voluminosas que resulten inmanejables, ni tan raquíticas que la instrucción del mando y la tropa se reduzca a supuestos imaginarios. Es resolución inquebrantable del Ministro que suscribe mantener en los Cuerpos armados la integridad del efectivo legal acreditado en el presupuesto, e impedir que el ejército siga empleando en administrarse a sí mismo una parte de su personal tan considerable como la que ahora emplea. Sin perjuicio de atender a estos propósitos con ulteriores disposiciones de Gobierno, se procura ya en la nueva organización corregir la mengua que en el efectivo útil de las unidades producen el uso y el abuso de los destinos, se crean secciones especiales para este servicio, y se fijará más tarde la responsabilidad de los Jefes que incurran, a este respecto, en tolerancia. Las plantillas del mando se han establecido con rigurosa exactitud. No se escatima lo necesario. Se quita lo demás, para que los Cuerpos no sean un plantel de destinos superfluos. Por último, la división contiene en su estructura una fuerza artillera proporcionada al volumen de la unidad, y los servicios de enlace, exploración, información, etc., que le son propios. En su nueva planta, y una vez pertrechada de material, la unidad divisionaria podrá compararse con cualquier otra similar del extranjero.

Trazado el esquema de la división, había que determinar cuántas deben subsistir. Las diez y seis divisiones existentes se reducen a ocho. Para adoptar este número se tiene en cuenta: los hombres que proporciona anualmente el servicio obligatorio a corto plazo; la carga que el presupuesto puede soportar, en relación con otras atenciones del Estado; las exigencias reales de la defensa del Territorio, y el papel que le incumbe al Ejército activo en caso de guerra nacional. Si las diez y seis divisiones actuales y las demás fuerzas no incluidas en ellas hubieran de sostenerse en el pie de utilidad y rendimiento necesario en todos los servicios públicos, y singularmente en los de guerra, sería preciso prolongar el servicio en filas, acuartelar doscientos mil hombres, gastar sumas ingentes, para, en fin de cuentas, costear un Ejército en manifiesta desproporción con los fines de nuestra política exterior no menos que con los medios de la economía española. Como esto era imposible, la organización actual sólo en parte ha cobrado realidad: en la cuantía del gasto, mientras que en su eficacia militar la multiplicidad de organismos ha servido para debilitarlos todos. El nuevo sistema compagina la mayor utilidad de la fuerza armada y la reducción del gasto; establece verdaderas Escuelas de instrucción militar para el contingente anual de ciudadanos; prevé cualquier urgencia en caso de peligro, y al instituir cierta independencia o separación entre el Ejército permanente activo y la organización profunda de las reservas movilizables para la defensa nacional, introduce propósitos e ideas que hasta ahora no se habían aplicado en nuestro país.

Antes de la guerra europea, la organización militar consistía en un ejército permanente muy poderoso, de movilización fácil, merced a la incorporación de los contingentes de reservistas. El Ejército se bastaba para la instrucción de las tropas y los cuadros, para abastecerse en la industria militar, preparar la movilización y desarrollar por sí, casi exclusivamente, una campaña. En caso necesario, se elevaban al pie de guerra los efectivos de las unidades de reserva, previstas desde el tiempo de paz en número igual a las de activo. Lo cuantioso de los efectivos de tropa y de los cuadros de mando en la paz permitía que las fuerzas así organizadas entrasen inmediatamente en campaña. En nuestros días, los pueblos no admiten un ejército constituido sobre la base de un servicio en filas de larga duración y con grandes efectivos permanentes. A este sistema reemplaza el armamento general de la Nación, que, en caso de guerra, moviliza todas sus fuerzas, combatientes o no, y exige en tiempo de paz cargas menos pesadas, tanto en el orden económico como en el del sacrificio personal. La organización nueva demanda cuadros profesionales poco numerosos, que tienen a su cargo preparar la movilización, entretener el material, ejercer los mandos superiores, instruir los contingentes y servir de base al encuadramiento de las unidades. El tiempo de servicio no debe pasar de lo indispensable para la instrucción adecuada fuera de filas. Finalmente, no puede contarse desde el tiempo de paz con todo el material de guerra moderno necesario para la movilización, porque es complicado y costoso y se perfecciona de continuo.

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Aplicar estas ideas en España lleva consigo una reducción considerable de los cuerpos y organismos activos. Ya no podrán tales cuerpos atender por sí a la movilización de los efectivos de guerra y a formar nuevas unidades. Estas operaciones se confiarán a centros de movilización repartidos por el territorio en correspondencia con los cuerpos activos. El ejército permanente quedará así reducido a instruir los reemplazos anuales y a proporcionar con ellos y con los hombres disponibles de movilizar a la masa de reservistas y de constituir con ellos el verdadero ejército nacional.

Por el pronto, la organización del ejército se acomodará al nuevo sistema tan sólo en lo que se refiere a las unidades activas o permanentes, punto que no admite espera. Quedan para ser resueltos más adelante problemas de mucha cuantía, como son: formar los cuadros de complemento, que habrán de ejercer en gran escala los mandos subalternos; asegurar la cohesión indispensable entre los soldados y entre los soldados y sus jefes; preparar la movilización, determinando el número de unidades que han de organizarse en caso de guerra y la forma de agruparlas; el reclutamiento e instrucción de la oficialidad; el sistema de ascensos; la selección del Estado Mayor General, y la fabricación y adquisición del material, pudiendo adelantarse desde ahora que el sistema vigente es poco ventajoso, porque representa una carga muy fuerte en tiempo de paz y no bastaría, ni con mucho, a las necesidades más urgentes del ejército en campaña.

En otro orden de cosas, habrán de hacerse las reformas necesarias para introducir en los cuerpos un sistema de administración compatible con las realidades de la vida militar y que al mismo tiempo se ajuste a las normas generales establecidas en la ley de Contabilidad.

Todo este programa, aunque se realizase en lo orgánico y administrativo, se frustraría en cuanto a la eficacia militar del Ejército, si el Gobierno, por los medios de acción a su alcance, no acertase a infundir o a fomentar en las instituciones armadas de la Nación una fuerza espiritual más alta que la estricta observancia de los Reglamentos, para robustecer y mejorar los resortes del mando y el acatamiento de la disciplina, que no pueden fundarse tan sólo en el temor a las sanciones, sino en la consciente aceptación de la responsabilidad, en discernir claramente la razón de los deberes y en el sacrificio del interés personal en aras de una función cívica muy elevada.

En cuanto al efecto inmediato de la reforma en el Presupuesto, debe notarse que al pasar de diez y seis a ocho las divisiones existentes, se suprimen treinta y siete regimientos de infantería, cuatro batallones de montaña, nueve batallones de cazadores, diecisiete regimientos de caballería, un regimiento de ferrocarriles y dos batallones de ingenieros; se organizan dos regimientos de carros de asalto y un batallón de ametralladoras. Se conserva la división de caballería independiente, reduciéndose a diez los regimientos de este Arma, y se organizan las tropas de Cuerpo de Ejército y de Ejército estrictamente indispensables para completar el plan adoptado. Con estas reformas, las ya realizadas o a punto de aprobarse en los servicios dependientes de la Administración central y regional y las que están en estudio para la zona de Marruecos, el presupuesto de la guerra se descargará de una suma que no sería prudente cifrar desde ahora por las alteraciones de los precios, pero que puede calcularse no ha de ser inferior a 200 millones de pesetas.

En virtud de tales consideraciones, a propuesta del Ministro de la Guerra, el Gobierno provisional de la República decreta:

Artículo 1.º El Ejército activo permanente de la Península e islas adyacentes constará, a pie de paz, de las siguientes unidades :

Ocho divisiones orgánicas.

Tropas y servicios de Cuerpo de Ejército y de Ejército.

Artículo 2.º La composición de la división orgánica será la que a continuación se expresa:

  1. a) Cuartel general divisionario.
  2. b) Dos brigadas de infantería, a dos regimientos, de dos batallones. Cada uno de éstos estará constituido por cuatro compañías de fusiles, otra de ametralladoras y secciones de especialidades. Los regimientos tendrán además armamento para un tercer batallón.
  3. c) Un escuadrón de caballería, con una sección de armas automáticas y otra de infantería ciclista.
  4. d) Una brigada de artillería ligera integrada por dos regimientos, uno de cañones y otro de obuses, ambos a dos grupos de tres baterías cada uno; los regimientos tendrán además el material de un tercer grupo. Cuando las disponibilidades económicas lo permitan, se reemplazarán los regimientos de cañones de cuatro divisiones por otros análogos, de obuses de montaña, de 10,5 cm.
  5. e) Un batallón de zapadores-minadores, con tres compañías de esta clase y otra de parque.
  6. f) Un grupo de transmisiones, formado por cuatro secciones de sus especialidades (una de telegrafía óptica, dos telegráfico-telefónica y una de radiotelegrafía).
  7. g) Una sección de iluminación.
  8. h) Una escuadrilla de aviación y una unidad de aerostación.
  9. i) Un parque divisionario para el servicio de municionamiento, armamento y material, compuesto de un escalón pesado y dos ligeros, estando uno de estos últimos organizado y servido por personal de infantería y los demás por el correspondiente al arma de artillería.
  10. j) Un grupo divisionario de intendencia, constituí• do, para cuatro divisiones, por una compañía montada de víveres, una automóvil de panadería y transporte y otra de plaza a pie, y para el resto de las divisiones por una compañía automóvil y otra de plaza. Cuando se reemplacen los regimientos de cañones por otros de obuses, a que hace referencia el apartado d) del artículo 2.», se hará también la oportuna transformación en sus grupos de intendencia respectivos para que puedan adoptar la nueva modalidad de dichas divisiones.
  11. k) Un grupo divisionario de sanidad, con una sección de ambulancia, una columna de evacuación y un grupo de desinfección. La organización de estos elementos se considerará provisional hasta que por otro Decreto especial se organice definitivamente este Cuerpo.

1)   Una sección móvil de evacuación veterinaria.

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Artículo 3º Las tropas y servicios de Cuerpo de Ejército y de Ejército estarán formadas por las siguientes unidades:

  1. a) Dos brigadas mixtas de infantería de montaña, constituidas cada una de ellas por los siguientes elementos: Cuartel general; cuatro batallones de infantería de montaña, de composición similar a los de línea, pero con las variaciones propias de la especialidad, agrupados en dos medias brigadas; un regimiento de artillería de montaña, de dos grupos de obuses, de a tres baterías cada uno; una compañía de zapadores minadores; un grupo de transmisiones, compuesto de una sección óptica y otra de radiotelegrafía; una compañía de víveres de montaña; una sección de ambulancia, con un grupo de evacuación y desinfección, y una columna de municiones, todas a lomo.
  2. b) Dos regimientos de dos batallones de carros ligeros de combate y un batallón de ametralladoras, a cargo ambos del arma de infantería.
  3. e) Siete regimientos de infantería de igual composición que los divisionarios: tres para las bases navales, dos para Baleares y dos para Canarias.
  4. d) Una división de caballería independiente, con la siguiente composición: Cuartel general divisionario; tres brigadas de caballería, a dos regimientos de dos grupos de dos escuadrones de sables, y otro de armas automáticas; un grupo de infantería ciclista, formado por una compañía de fusiles y otra de ametralladoras; un grupo de dos escuadrones de autoametralladoras cañones; un regimiento de artillería a caballo de tres grupos a tres baterías; una compañía de zapadores; un grupo de transmisiones compuesto de una sección óptica y otra de radiotelegrafía, ambas a caballo; una escuadrilla de observación de aviación; una columna móvil de municiones; una compañía automóvil de víveres; una sección automóvil de sanidad, y una sección móvil de evacuación veterinaria.
  5. e) Cuatro regimientos de caballería de cuatro escuadrones de sables y uno de armas automáticas, teniendo además afecta cada uno una compañía ciclista. Estos regimientos destacarán a las divisiones orgánicas las unidades de caballería y ciclistas que tienen asignadas.
  6. f) Cuatro regimientos de artillería a pie, cada uno formado por un grupo de cañones de 15 centímetros y otro de obuses de 15,5 centímetros, y ambos a tres baterías; cuatro regimientos de costa para las bases navales y tres grupos mixtos para Baleares y Canarias.
  7. g) Dos grupos de defensa contra aeronaves, compuesto cada uno de dos baterías de cañones antiaéreos y de una compañía de ametralladoras de infantería.
  8. h) Un regimiento de zapadores-minadores de dos batallones a cuatro compañías.
  9. i) Parque central de automovilismo, compuesto de una escuela, tres unidades automovilistas y otra de obreros y parque.

Un batallón de pontoneros con cuatro unidades.

Un regimiento de ferrocarriles, formado por tres batallones a tres compañías.

Dos grupos autónomos mixtos de zapadores y telégrafos para Baleares y otros dos para Canarias, integrado cada uno por una compañía de zapadores y una de telégrafos.

  1. j) Dos compañías de intendencia para Baleares y Canarias.
  2. k) Dos compañías de sanidad para Baleares y Canarias.

1)   Escuadrillas de caza y de bombardeo.

Un regimiento de aerostación, al que pertenecerán las unidades de esta especialidad de las divisiones orgánicas.

  1. m) Tres grupos de información artillera, uno de ellos escuela.
  2. n) Un depósito de ganado y tres destacamentos del mismo para la remonta de generales, jefes y oficiales.

Artículo 4.º Los parques de artillería divisionarios correspondientes a cuatro divisiones orgánicas, constarán además de los elementos necesarios para constituir un parque de Cuerpo de Ejército.

Artículo 5.º Las unidades de zapadores-minadores de la división de caballería independiente y de las brigadas de montaña, formarán un grupo para instrucción y administración.

Las secciones de transmisiones se agruparán para los mismos fines formando cuatro compañías de telegrafía óptica, cuatro de telegrafía eléctrica y telefonía y tres de radiotelegrafía, que constituirán tres batallones y éstos un regimiento.

Las secciones de iluminación de las divisiones orgánicas y las de alumbrado de los Cuerpos de Ejército, para iguales efectos, formarán un grupo de alumbrado e iluminación.

Artículo 6.º Los grupos divisionarios de Intendencia radicarán dentro del territorio de sus respectivas divisiones. Dichos grupos, con las unidades del mismo Cuerpo que formen parte de la división de caballería y de las brigadas de montaña, se agruparán para instrucción y administración en cuatro Comandancias, teniendo afecta cada una un parque de Cuerpo de Ejército.

Artículo 7.º Los grupos divisionarios de Sanidad y las unidades de dicho Cuerpo que formen parte de la división de caballería y de las brigadas de montaña, se agruparán para instrucción y administración, provisionalmente, en dos Comandancias, hasta tanto se implante la organización definitiva a que se refiere el apartado k) del artículo 2.º.

Artículo 8.º Las unidades de Infantería ciclista afectas a las divisiones y las compañías de ametralladoras de los grupos antiaéreos formarán un batallón a cargo del arma de Infantería.

Artículo 9.º Sin rebasar las cifras consignadas en el vigente presupuesto se procederá a distribuir los efectivos entre las unidades que han de constituir el Ejército, procediéndose a refundir los Cuerpos y organismos existentes a los que afecte este Decreto, suprimiendo los que sobren y fijando a los que han de quedar el número que han de ostentar, así como su plantilla orgánica.

Artículo 10.º El Ministro de la Guerra dictará las instrucciones complementarias que sean precisas para llevar a efecto la nueva organización, de modo que pueda quedar implantada antes del 1.º’ de julio próximo.

Dado en Madrid a veinticinco de mayo de mil novecientos treinta y uno.

–   El presidente del Gobierno provisional de la República, NICETO ALCALÁ-ZAMORA Y TORRES

–   El ministro de la Guerra, MANUEL AZAÑA.»

Autor

Julio Merino
Julio Merino
Periodista y Miembro de la REAL academia de Córdoba.

Nació en la localidad cordobesa de Nueva Carteya en 1940.

Fue redactor del diario Arriba, redactor-jefe del Diario SP, subdirector del diario Pueblo y director de la agencia de noticias Pyresa.

En 1978 adquirió una parte de las acciones del diario El Imparcial y pasó a ejercer como su director.

En julio de 1979 abandonó la redacción de El Imparcial junto a Fernando Latorre de Félez.

Unos meses después, en diciembre, fue nombrado director del Diario de Barcelona.

Fue fundador del semanario El Heraldo Español, cuyo primer número salió a la calle el 1 de abril de 1980 y del cual fue director.
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