21/09/2024 06:28
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Por lamentable experiencia propia, a través de estas líneas alerto a mis conciudadanos de los peligros que les acechan que figuran a continuación, a fin de que traten de conjurarlos si su ideología, sea cual sea, no les impida razonar.

Desde hace más de 3 años estoy intentando en vano que el Ministerio del Interior cumpla y haga cumplir la Ley Orgánica 9/1983,de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión, en cuanto a la tramitación de actos religiosos en la vía pública se refiere.

Mi hasta ahora amarga experiencia comienza en Mayo de 2016, con la prohibición de la procesión del Corpus Christi de mi parroquia castrense de Sª Mª de la Dehesa el domingo 29 de mayo de 2016, en virtud de competencias ilícitas como queda demostrado a continuación, por la entonces concejala presidenta del distrito de Latina del Ayuntamiento de Madrid, Esther Gómez Morante, del partido Ahora Madrid, y actualmente concejala del partido Más Madrid.

Como consecuencia de ello, el Director del Gabinete de Coordinación y Estudios de la Secretaría de Estado de Seguridad, Coronel de la Guardia Civil Diego Pérez de los Cobos Orihuel, a instancias mías, me dirigió un escrito proclamando que «las reuniones con finalidad religiosa en lugares de tránsito público deben quedar sujetas al régimen general de comunicación de los artículos 8 a 11 de la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del Derecho de Reunión…»

El mismo escrito añade que «en este mismo acto se le informa que esta Secretaría de Estado de Seguridad, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 2.1.a) y l) del Real Decreto 400/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior y en los artículos 3, 8, 62, 69, 72, 73 y 140 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), ha remitido escrito a la Delegación del Gobierno en Madrid para que se implementen las actuaciones necesarias para adecuarse a tales extremos».

El entonces Subdelegado del Gobierno en la Comunidad de Madrid, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda, actualmente Secretario General Técnico de la Consejería de Vivienda y Administración Local de la Comunidad de Madrid, reitera cuanto figura en el escrito anterior, añadiendo que confirma que la Delegación del Gobierno en Madrid «tramitará las solicitudes» de procesiones religiosas, en lugar de «tramitará los actos religiosos en la vía pública«, conforme a la citada Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del Derecho de Reunión..., con fines coincidentes con la reiterada negativa del Gabinete de Coordinación y Estudios de la Secretaría de Estado de Seguridad a comunicar a las entidades concernidas en el caso su deber de cumplir la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del Derecho de Reunión, en la tramitación de actos religiosos en la vía pública.

El Artículo octavo de la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión, establece que «La celebración de reuniones en lugares de tránsito público y de manifestaciones deberán ser comunicadas por escrito a la autoridad gubernativa correspondiente por los organizadores o promotores de aquéllas…», debiendo hacer la salvedad de que las autoridades municipales no están reconocidas como autoridades gubernativas en ningún texto legal, por cuanto la autoridad gubernativa mencionada es la correspondiente Delegación o Subdelegación del Gobierno.

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Desde las fechas de los referidos escritos, a pesar de mis continuos requerimientos al Ministerio del Interior del PP Y PSOE para que respete y haga respetar la citada Ley Orgánica 9/1983 a las entidades concernidas en el caso, se han celebrado actos religiosos en la vía pública de toda la geografía española «autorizados por los respectivos ayuntamientos» con la cómplice tolerancia del Ministerio del Interior gobernado por el PP y PSOE, las correspondientes delegaciones y subdelegaciones del Gobierno, y la consiguiente vulneración de dicha ley y otras normas de nuestro ordenamiento jurídico.

La actuación del Ministerio del Interior en el caso en cuestión vulnera el Artículo 14 de nuestra vigente Constitución que prohíbe toda discriminación por motivo de religión, por aplicar un tratamiento distinto al credo católico respecto a otros colectivos que «comunican» sus actos en la vía pública a su correspondiente Delegación o Subdelegación del Gobierno, en lugar de al respectivo ayuntamiento.

Cabe añadir que la solicitud de autorización al respectivo Ayuntamiento de actos religiosos en la vía pública vulnera el principio constitucional de jerarquía normativa al tolerar a los ayuntamientos realizar actos contrarios a la Constitución y a otras normas de nuestro ordenamiento jurídico, lo que implica el tácito reconocimiento de la soberanía e independencia del correspondiente municipio.

Podría aducirse a lo expuesto que, para casos como el que nos ocupa están los tribunales, cuya independencia, legalidad e imparcialidad quedan tan bien en el B.O.E como las que en 2 ocasiones me han demostrado decretando el archivo de mi denuncia al respecto.

Desechando representantes de otras formaciones políticas por cuestiones obvias, he intentado contactar con diferentes representantes y cargos públicos del PP, PSOE, VOX y Ciudadanos, obteniendo por respuesta que «ni está ni se le espera», con la salvedad de que un representante de VOX y una de Ciudadanos,  han hecho el ridículo en una intervención oficial demostrando no tener ni idea de lo que estaban diciendo, provocando un altercado telefónico con un representante de VOX que, después de 1 año solicitándole entrevista sobre el presente caso, en conversación telefónica discutió acaloradamente conmigo sin idea del mismo ni atender mis razones.

El resultado de todas mis gestiones y del comportamiento de los políticos con los que en vano he intentado contactar es que, desde hace más de 3 años, en España es imposible que se respete nada menos que una Ley Orgánica, reguladora del derecho fundamental de reunión en la tramitación de actos religiosos en la vía pública.

De mis innumerables gestiones sobre este asunto se infiere que la clase política constituye un palmario factor de desestabilización, cometiendo un evidente y contumaz abuso de poder faltando al respeto a la ley situándose por encima de ella, y al ciudadano al que no dudan en despreciar negándole el derecho a ser oído en un asunto de la importancia reseñada que nos hace aparecer a los ojos del mundo como una república bananera con la consiguiente pérdida de prestigio en el concierto internacional y las negativas consecuencias económicas que de ello se derivan.

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Este censurable comportamiento rememora el viejo aforismo de Confucio de que «Sin sentimiento de respeto, no hay forma de distinguir los hombres de las bestias».

Es preciso mencionar el papel de las secretarias y colaboradores de estos sujetos pues, como «están agobiados de trabajo», siguen sus recomendaciones y sugerencias derivadas del estudio previo de una parte de los asuntos que «quieren comunicar» a sus jefes, siendo los que en realidad desempeñan las funciones asignadas a los mismos: así nos está luciendo el pelo, aunque creo firmemente que en el caso de que los políticos resolvieran «todos» los asuntos que les corresponde, tampoco nos iría mejor puesto que la mayoría de ellos carece de otra experiencia u ocupación que les haya sustentado y pueda servirles de apoyo en el desempeño de sus actuales cometidos.

El papel desempeñado en el presente caso por estos ganapanes de la política indignos de comer de nuestros impuestos, que nos han llevado a la lamentable situación actual susceptible de empeorar, vulnera la ley, constituyendo una ofensa a mi dignidad que estos individuos repetirían con cualquier otro español, suponiendo además una clara provocación a la paz social que invita a la recíproca, motivo por el que algunos tratan de esquivar el estallido al que se refería el viejo profesor Tierno Galván «El poder es como un explosivo: o se maneja con cuidado, o estalla».

Ruego a mis conciudadanos acepten estas líneas como señal de alerta para que, conscientes de que ya no es posible soportar más tiranía y de que, como cualquier otra persona, el respeto que deben recibir estos ignaros déspotas desaprensivos debe ser el mismo que dan, necesitando recibir en consecuencia el justo pago por sus arbitrariedades devolviéndoles su falta de respeto a la ley y a todos nosotros dándoles donde más les duele con una abstención masiva en las próximas elecciones, lo que redundaría en nuestro propio beneficio.

 

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REDACCIÓN