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En la edición del texto de Nicolás Eymerich (1821), en su capítulo primero, detalla los tres modos que la Inquisición tenía para formar causa en materia de herejía: por acusación, por delación y pesquisa.

Respecto a la primera, acusación, el autor no la recomienda, pues es difícil distinguir acusaciones reales de venganzas o rencillas personales.

Sin embargo, en el feminismo español, la acusación es el método de inculpación que se emplea de forma masiva y generalizada, es decir, la palabra de una mujer -que nunca miente- contra la de un hombre.

Por su parte, el procedimiento inquisitorial, con escasas variantes, siempre seguía las mismas pautas: A los sospechosos se les citaba para que se presentaran en el tribunal y en caso de no hacerlo se le enviaba la justicia ordinaria o al sacerdote de su parroquia acompañado de tres testigos de confianza para que se personase en su casa y le llevase “de buena voluntad” al tribunal. Si el sospechoso no se presentaba por segunda vez, entonces se daba orden de búsqueda y captura.

Sin embargo, en el caso del feminismo español, minutos después de ser denunciado (acusado de maltratador), se esposa al varón de turno y se le detiene para ser llevado a un calabozo al objeto de dañarlo física y emocionalmente (detención de género) y de ahí pasará a un Juzgado de Género donde le aplicarán la Ley de Género.

El proceso inquisitorial, como tal, se desarrollaba en tres fases de obligado cumplimiento. De entrada, se tomaba juramento a todos los miembros del tribunal y al acusado. De seguido se iniciaban una serie de audiencias, que como mínimo contaban con tres sesiones.

La primera sesión permitía al inquisidor conocer el problema. Para ello se basaba en un interrogatorio. Así el acusado podía expresarse con sus propias palabras sobre diversos temas a los que el inquisidor le iba encauzando.

Sin embargo, en los Tribunales de Género españoles no se deja hablar ni al acusado ni a los testigos (En un juicio de género reciente se permitió hablar a la peluquera de la madre de la denuncianta y se le negó el habla a los psicólogos que llevaba el denunciado).

Conocido el estado general del problema, puede comenzar la segunda sesión. Ésta se destinaba a la defensa del acusado y se le planteaban al reo dos preguntas cruciales: ¿se quiere defender de las acusaciones? y ¿tiene enemigos?

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Sin embargo, en la España del siglo XXI, los hombres son culpables porque son hombres y las acusaciones que reciben tienen veracidad de por sí, porque las formula una mujer.

Según el derecho canónico vigente en aquella época, era necesario por lo menos dos testigos para incoar un proceso.

Sin embargo, en la Dictadura de Género española, son los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad de Género los entrenados para completar un informe de valoración del riesgo, una encuesta de por sí inculpatoria en su misma redacción feminista, en cada uno de sus cocinadas preguntas.

Tras las formalidades anteriores es cuando se le comunicaba por escrito al sospechoso las causas abiertas contra él; si no sabía leer, uno de los inquisidores le hacía un resumen oral. De seguido, el tribunal preguntará al acusado hasta tres veces si no tenía nada más que añadir a su defensa; si la respuesta era negativa, se le citaba para la tercera sesión, pues el tribunal tenía que comprobar todo lo dicho por él y escuchar a los testigos de la acusación, quienes daban su versión posteriormente.

Sin embargo, en el feminismo español, no se comprueba nada ni al inicio de la causa ni a posteriori, como tampoco se le explica nada en detalle, ni mucho menos por escrito al denunciado, hecho por el que tendrá que esperar hasta que reciba su sentencia de género.

Antes de ser leída la sentencia en la tercera sesión, muchos reos llamaban a los inquisidores y solicitaban frente a un notario su deseo de reconciliarse con la Iglesia obedeciendo todos sus mandatos, reconociendo todos sus pecados y someterse a cualquier penitencia que le fuese impuesta. De esta forma y aunque fuese casi en el último instante, los acusados se podían librar de la cadena perpetua o de la pena capital.

En el feminismo Made in Spain, a cada denunciado en falso se le ofrece una sentencia de conformidad en la que puede auto inculparse declarándose maltratador y a continuación se le obliga a unos cursos de reconciliación con su víctima y de obediencia a los preceptos del feminismo español, los mismos que promulga la Orden del Hábito Morado, esa que cada 8 de marzo sale en peregrinación con su sacerdotisa máxima a la cabeza, la ministra de Desigualdad, rodeada de asesoras forradas.

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El éxito de aquel sistema inquisitorial venía dado por el empleo sistemático de una presión psicológica desmesurada sobre el acusado que se confinaba en una celda más o menos rigurosa, así como a una dieta muy estricta de comida.

Aquí se utiliza el mismo método, la presión psicológica al encerrar al varón que toque en un calabozo, sin motivo alguno, y se le niegan sus Derechos Fundamentales entre los que está el habeas corpus. A ser posible se le denuncia y detiene un viernes por la tarde para que así pase tres noches de tortura y llegue destrozado física y psicológicamente a un Juzgado sólo para Mujeres el lunes por la mañana.

No existe una tipología de sentencias por mucho que los manuales de inquisidores así lo intenten detallar. La pena más grave era claramente la hoguera. Por debajo de este castigo, las posibilidades variaban desde la cadena perpetua a ser marcados a llevar dos cruces amarillas en sus ropajes, en un castigo considerado como infamante.

Aquí, el castigo infamante es ser acusado mediante una denuncia falsa o denuncia de género, fichado por la policía de género y pasar a engrosar un Registro Central de Maltratadores a nivel de toda la Unión Europea, como la hoguera se ha sustituido por la inducción al suicidio obligando al reo a llevar una existencia insoportable, un mar de miseria material, injusticias y carencias afectivas, en especial la de los hijos enfermados y embrujados con el Síndrome de Alienación Parental (SAP), que, por cierto, han prohibido, para que este maltrato emocional a la infancia quede también impune, como los más de 1.000 crímenes que el gobierno español provoca cada año en España, varones que se suicidan empujados por leyes inconstitucionales, leyes feminazis españolas o de género.

Autor

REDACCIÓN