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Desde mi constitucional derecho a la libertad de expresión, y en defensa del Estado de derecho y del imperio de la ley, te dirijo estas líneas, Fernando Grande Marlaska, Ministro del Interior y Magistrado de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en situación de servicios especiales aunque tu proceder no lo demuestre, en actitud divergente con la tuya, es decir sin ánimo alguno de revancha ni de desenterrar muertos y con la verdad por delante, te expongo las siguientes reflexiones.
Durante los 22 meses que llevas al frente del Ministro del Interior, y a pesar de mis numerosos requerimientos, vienes vulnerando sistemáticamente la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión, en cuanto a la tramitación de actos religiosos se refiere, abdicando de las funciones que te corresponden legalmente de proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana, además de renunciar a hacer cumplir la citada ley tolerando que los organizadores de tales actos soliciten a sus ayuntamientos autorización para los mismos en lugar de comunicarlos a las correspondientes delegaciones y subdelegaciones del Gobierno como determina nuestra Constitución y la citada Ley Orgánica 9/1983.
Estos hechos constituyen todo un reto a la paciencia y a la concordia, amenazan la paz social y constituyen una censurable y punible ejecutoria de ineludible rectificación, por cuanto ante las reiteradas ofensas a mi dignidad personal durante los 22 meses de permanencia en tu cargo, y puesto que las personas sólo son respetables en la medida en que respetan, es indiscutible que tu actuación durante este período justifica estas líneas en mi legítima defensa y respalda la recíproca por mi parte: no puedes esperar más que una firme defensa del Estado de derecho y de la dignidad humana sin ahorrar ningún esfuerzo.
Tu proceder infringe los principios constitucionales de legalidad y seguridad jurídica, según los cuales todo ejercicio de los poderes públicos debe realizarse de acuerdo con la vigente ley y su jurisdicción, condición necesaria para afirmar que un Estado es un Estado de derecho y no un estado de desecho, nunca sometido a tu voluntad de mal imitador de un dictador al que, igual que tus colegas ideológicos, has agraviado tanto como copiado.
Por otra parte, al permitir que los ayuntamientos autoricen o denieguen los actos religiosos en la vía pública, te conviertes en cómplice del delito de usurpación de atribuciones que vienen cometiendo los consistorios, además de no imponer a sus promotores las sanciones que establece la Ley de protección de seguridad ciudadana por la celebración de actos religiosos sin la preceptiva comunicación a las delegaciones o subdelegaciones del Gobierno.
Tan deleznable ejecutoria cuenta con la unánime reprobación por tu displicente silencio a mis reiterados requerimientos de respeto a la ley tolerando que los ayuntamientos, entre ellos nada menos que el de Madrid, continúen vulnerando una Ley Orgánica proyectando una imagen perniciosa para España y los españoles y reconociendo implícitamente plena soberanía a los mismos para actuar al margen de la Constitución y otras normas de nuestro ordenamiento jurídico, al igual que las disposiciones independentistas del Parlamento y Generalidad de Cataluña.
Por idénticos motivos que el que nos ocupa, el Ministerio de Sanidad se ha visto obligado a publicar recientemente una Orden ministerial dando instrucciones a los distintos organismos sobre la información que deben remitir al mismo Departamento acerca del número de afectados por el COVID-19, sospechosamente para “camuflar” los embustes de su titular.
Tú mismo, Fernando Grande-Marlaska, con intenciones tan dudosamente amistosas como veraces hacia personas relevantes, en fecha reciente has remitido una circular a las delegaciones del Gobierno con instrucciones y un modelo para tramitar las sanciones impuestas a quienes incumplen las restricciones del estado de alarma, fijando criterios a los agentes de la autoridad para la recogida de esas denuncias.
Consiguientemente, la más elemental inteligencia, la buena gobernanza, el respeto a la indisoluble unidad de la Nación Española proclamada en nuestra vigente Constitución, el ordenamiento jurídico de nuestro Estado de derecho y el respeto a los derechos fundamentales, exijo que requieras inmediatamente el cumplimiento de la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión, a las siguientes entidades concernidas en el presente asunto comunicándoles asimismo las correspondientes sanciones en caso de incumplimiento, acción de la que solicito copia:
Conferencia Episcopal Española.
Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.
Entidades locales.
Comunidades Autónomas vasca, navarra y catalana, con competencias para protección de personas y bienes y para el mantenimiento de la seguridad ciudadana.
El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, la Fiscal General del Estado y el Vicepresidente 4º del Congreso de los Diputados quedan enterados de estos hechos por el presente mensaje: si en cumplimiento de sus obligaciones promueven en sus respectivos ámbitos institucionales las acciones necesarias en defensa del Estado de derecho y el imperio de la ley, que el pueblo español se lo premie y en caso contrario se lo demande.
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