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Varios bancos españoles han modificado las condiciones de sus cuentas bancarias a lo largo de 2020 y en lo que llevamos de 2021, obligando a sus clientes a pagar unas comisiones más altas o a cumplir unos requisitos más duros (contratar seguros, fondos de inversión o tarjetas de crédito) para eliminar gastos, explican fuentes del comparador de cuentas sin comisiones HelpMyCash.com.

Si se ha contratado una cuenta corriente libre de gastos, ¿debe el cliente aceptar las nuevas condiciones de su cuenta? El pasado 24 de enero de 2021 el Ministerio de Consumo y las comunidades autónomas (CC. AA.) acordaron un criterio único para considerar injustificado que un banco modifique las condiciones de un contrato unilateralmente cuando la oferta comercial incluía expresiones como “sin gastos” o “cero comisiones”.

Teniendo en cuenta este marco de interpretación de la normativa vigente, las autoridades de Consumo de las comunidades autónomas se comprometen a seguir este criterio único al resolver las reclamaciones o iniciar expedientes sancionadores.

¿Cuándo el banco puede cambiar las condiciones de los contratos?

Para que una entidad bancaria pueda modificar las condiciones de una cuenta unilateralmente, se tienen que dar tres escenarios.

En primer lugar, que en el contrato se recoja la posibilidad de dicha modificación unilateral, en segundo lugar, la entidad debe justificar una razón válida para cambiar las condiciones del contrato y, por último, el banco debe comunicar al cliente acerca del cambio de condiciones en la mayor brevedad posible, con al menos dos meses de antelación a su aplicación.

Si estos tres requisitos se dieran, el cliente tiene derecho a finalizar el contrato de forma inmediata y sin pagar una penalización.

Sin embargo, el ministerio aclara que aunque el banco pueda haber modificado las condiciones de un contrato cumpliendo con los tres requisitos anteriores, para las autoridades de Consumo prevalecerá el derecho del consumidor a exigir el cumplimiento de su contrato según lo indicado en las comunicaciones comerciales del producto. “Lo que las autoridades de consumo han consensuado es que, aun cuando la entidad bancaria pueda haber llevado a cabo una modificación contractual de forma válida de acuerdo con lo anterior, prevalece el derecho del consumidor a exigir el cumplimiento de su contrato según lo indicado en las comunicaciones comerciales originales”, han informado fuentes del Ministerio de Consumo al comparador HelpMyCash.

¿Qué hacer si te han cambiado las condiciones de tu cuenta?

En primer lugar, se puede reclamar a las autoridades de Consumo si no se está de acuerdo con el cambio de precios del servicio de cuentas. Tal y como apunta Consumo, “todos los usuarios a los que se les haya modificado de forma unilateral las condiciones de su contrato pueden reclamar ante la autoridad de Consumo competente, esto es, de su CC. AA.”.

Por otro lado, en caso de que se haya presentado la reclamación y se esté esperando a que se resuelva o simplemente no se desee reclamar, los expertos de HelpMyCash.com animan a los clientes bancarios a valorar si compensa asumir la nueva vinculación exigida por el banco y a comparar qué están ofreciendo otras entidades bancarias.

Desde el comparador exponen que no deberíamos contratar un producto que no necesitamos o que no nos convence. Los bancos están obligando a contratar seguros, contratos de renting de vehículos, préstamos o fondos de inversión a cambio de seguir disfrutando de la gratuidad de las cuentas. Si no se necesita ningún producto adicional y el objetivo de la contratación es únicamente evadir los gastos de la cuenta, esta elección podría no ser la más recomendable.

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Además, es probable que la entidad en la que tenemos la cuenta nos exija cumplir más requisitos, pero sus ventajas sigan siendo las mismas. En el mercado bancario actual es sencillo encontrar ofertas gratuitas, tanto para los que buscan más ventajas y no les importa domiciliar una nómina como para los que no quieren atarse al banco y están interesados en una cuenta corriente con la operativa básica sin comisiones. Algunos ejemplos son BBVA, Liberbank, Abanca, Openbank, ING, Bankia o N26, que ofrecen cuentas sin comisiones y con muy pocas exigencias en sus catálogos.

 

Autor

REDACCIÓN