22/11/2024 01:34
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          El TS ha confirmado la condena a Juana Rivas por delito de sustracción de menores, la de sus dos hijos, pero ha reducido la pena de cinco años de prisión a dos años y medio al considerar que, aunque fueron dos los menores sustraídos, cometió un único delito y no dos.

           La Sala de lo Penal basa su fallo en que aunque el artículo 225 bis siempre se refiere al menor, en singular, el título donde se ubica la norma, alude a las relaciones familiares, y el capítulo, a los derechos y deberes familiares. En este sentido, destaca que, la conducta de sustracción y las definiciones o asimiliaciones de la misma en dicho artículo se realizan en singular: sustrajere a su hijo menor, el traslado de un menor, la retención de un menor, que describen exactamente sobre quien recae la acción, pero no abarca la integridad de los sujetos afectados por el mismo, que como título y capítulo que albergan el artículo 225 bis siempre resulta la familia en su conjunto.

         Frente a esta pintoresca argumentación, los magistrados Leopoldo Puente Segura, Javier Hernández García y Andrés Martínez Arrieta emitieron su voto particular, siendo favorables a confirmar la sentencia de la Audiencia al considerar que se trata de dos delitos y no de uno. Los citados magistrados entienden que dicho espacio de protección es más amplio y que en él ocupa un lugar prioritario el derecho a la relación parental de cada uno de los menores que puedan verse afectados por las distintas acciones que se contemplan en el tipo: “Si, como creemos, el bien jurídico a proteger es el derecho a la vida privada y familiar de los menores, de cada uno de los menores, proyectada en su derecho a la relación parental armónica con ambos progenitores, libre del abuso de poder y la arbitrariedad de uno de ellos, la consecuencia es que dada la acción típica -la sustracción o la retención (o ambas como en el caso que nos ocupa)- habrá tantos delitos en concurso real como menores se hayan visto afectados”, afirman en su voto particular.

        Y concluyen que Rivas, “de forma no justificada sustrajo, primero, retuvo, después, a sus dos hijos, lesionando su derecho a la estabilidad personal y emocional, por lo que cometió dos delitos de sustracción de menores del artículo 225 bis del Código Penal. La Sra. Juana Rivas no se limitó a lesionar, que lo hizo, el derecho del padre a comunicar y mantener con sus hijos una sostenida relación, sino que, además, principalmente incluso, lesionó el derecho de cada uno de los menores, sin causa justificada, a relacionarse en condiciones sostenidas de normalidad con su padre”, manifiestan.

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          Por fin llegó el final de este caso, resuelto por el punto más débil, los derechos de unos menores a relacionarse con su progenitor. El escape o salida que ha utilizado el TS tiene una doble vertiente: Primero centra el debate en el derecho de custodia de unos adultos, la madre impide que el padre se relacione con sus hijos, independientemente del número de hijos; segundo, el TS desatiende los derechos individuales de cada menor (dos) a relacionarse con su padre. En realidad asistimos a una lesión de cuatro derechos: Dos de custodia del padre hacia cada uno de sus hijos individualmente y otros dos por impedir a cada uno de esos menores relacionarse con su padre. La solución, pues, ha sido entender que los menores carecen de derechos, dejándolos al margen, sin que entren en el debate del Pleno, y además mantener que impedir dos derechos de custodia de un padre se puedan rebajar a uno solo. Oferta 2×1, como si la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo fuera el supermercado de Carrefour.

      Aunque era el final esperado a este asunto, muchos ciudadanos de bien sentimos indignación y tristeza por contemplar un Pleno del Tribunal Supremo convertido en títere de una Fiscalía política y del lobby feminista clientelar.

     Oferta 2×1, señora, secuestre a dos hijos y la condenamos sólo por uno. Oferta 2×1, señora, en el Tribunal Supremo de España. Aproveche el 2×1, señora, mientras Dolores siga en la Fiscalía y Sánchez en la Moncloa.

Autor

REDACCIÓN