20/09/2024 10:40
Getting your Trinity Audio player ready...

Ya no sé cómo decirlo, porque tal y como estamos siendo desgobernados no vamos a parte alguna que no sea un precipicio.  Lo de la cogobernanza ha sido y sigue siendo una mera excusa o “flatus vocis” (de cara a la galería) para que el Gobierno Central se quite responsabilidades de encima y se dedique, bien a no hacer nada, bien reformar de mala manera cuestiones tan importantes como la educación o la distribución de los Fondos europeos. De la nieve y la pandemia que se ocupen las CCAA, que los Ministros andan en otros menesteres, como pueda ser llamar la atención a una cadena de TV por emitir “Pretty Woman” o hacer declaraciones para decir que las mujeres tienen derecho a “tumbarse en el sofá y ver una película”1. Muy al pelo viene la reflexión de T.S Elliot en este caso: “La mayor parte de los problemas del mundo se deben a la gente que quiere ser importante”. 

De igual forma resulta incomprensible e indignante que tengamos un Ministro de Sanidad a tiempo parcial (cuando la “tercera ola” amenaza con ser más grave que la primera)2 o que se mienta descaradamente sobre el IVA de la energía eléctrica diciendo que la UE no lo permite. Tal aseveración es rotundamente falsa, porque es constatable que en otros países europeos se está aplicando un IVA reducido y buena parte del recibo de la luz se va en impuestos.3 O sea, este Gobierno ni da la cara cuando hace falta, ni nos cuenta la verdad, de modo que me sigo preguntando para qué demonios queremos tanto Ministro y tanto “asesor de confianza” porque esto suena ya, desde hace tiempo, a auténtica tomadura de pelo. 

Mientras, la maquinaria administrativa arrolla todo a su paso, porque los Tribunales, o bien se encuentran paralizados o bien (para quitarse asuntos de encima) optan por la vía fácil de dar la razón a la Administración. Llevo asuntos con petición de medidas cautelares solicitadas hace meses sin resolver aún, y la gran mayoría (por no decir todas) cuando se resuelven son sistemáticamente denegadas, bajo la absurda petición de principio de que los actos administrativos son ejecutivos y se presume su legalidad. Prefiero pensar que se trata de una cuestión transitoria (por acumulación de asuntos), ya que, de otro modo, podemos tirar la tutela judicial efectiva al cubo de la basura. La justicia tardía, la mayor parte de las veces, no es auténtica justicia, especialmente cuando se acude a ella solicitando una solución urgente.

Pero volvamos al origen de la situación actual, cuyo marco normativo se encuentra presidido por el estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020 de 25 de octubre (prorrogado por seis meses), porque aquí se encuentra, en buena medida, la clave de lo que está sucediendo ahora. El gobierno se está desentendiendo de adoptar cualquier clase de medidas (de entre las previstas en el RD 926/2020) y deja a las CCAA que sean ellas quienes las adopten para que sean ellas quienes tengan que pechar con la responsabilidad que pueda ser exigida por los ciudadanos afectados por tales medidas. Y esto … ¿por qué (cabría preguntar)? Pues, a mi juicio por dos cuestiones que nada tienen que ver entre si pero que, conjuntamente, son el motivo de que se haya actuado de esta manera.

LEER MÁS:  Pedro Sánchez. ¡Vaya mes de julio que llevas tío! Por Manuel del Rosal

La primera cuestión radica en el peaje político que este Gobierno tiene que pagar a los Grupos independistas que han apoyado y siguen apoyando su legislatura (vascos y catalanes). Tanto el País Vasco como Cataluña no estaban dispuestos a que fuese el Gobierno quien les impusiese las medidas a tomar (como sucedió con el primer estado de alarma), de modo que en el actual estado de alarma las cosas cambiaron en este sentido y se impuso la mal llamada cogobernanza. Mal llamada así porque no tiene nada de gobernanza conjunta sino, más bien, de “yo miro y tú actúas lo que equivale a decir que el Gobierno no hace nada en absoluto, tal y como denunciaba al comienzo de este post y es que no podremos resolver los problemas pensando de la misma manera que cuando los creamos (Einstein dixit).

La segunda cuestión es mucho mas sibilina (si cabe) puesto que tiene que ver con las consecuencias jurídicas de todo orden que puedan conllevar las medidas adoptadas como consecuencia del estado de alarma. Y es que el artículo 3.2 de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio dice lo siguiente 

Dos. Quienes como consecuencia de la aplicación de los actos y disposiciones adoptadas durante la vigencia de estos estados sufran, de forma directa, o en su persona, derechos o bienes, daños o perjuicios por actos que no les sean imputables, tendrán derecho a ser indemnizados de acuerdo con lo dispuesto en las leyes.

Esto es, las medidas que se tomen dan derecho a exigir la responsabilidad patrimonial de la Administración (RPA), con lo cual el Gobierno ha debido pensar (si es que así puede llamarse al proceso mental que sigue) que estas reclamaciones de responsabilidad patrimonial irían dirigidas contra las CCAA que son quienes tendrían que hacer frente a las mismas. Sin embargo, esto no es totalmente así, puesto que los daños ocasionaos (especialmente, a los empresarios de hostelería) deben ser computados desde que comenzaron a producirse (que es con el anterior estado de alarma), y aquí las medidas eran imputables al Gobierno central (y al Ministerio de Sanidad como autoridad delegada). Es decir, se tratará de una RPA compartida entre el Gobierno y las CCAA, pero no una responsabilidad exclusiva de éstas, con lo cual el Gobierno no se irá de “rositas”. Aunque, en realidad, ya sea responsabilidad del Gobierno o de las CCAA, las indemnizaciones por las reclamaciones de RPA que se produzcan las pagaremos los ciudadanos porque saldrán de nuestros bolsillos (que son los que nutren de fondos a las AAPP de todos los colores). La cuestión es que, como dice el refrán popular, “huir de cualquier problema solo aumenta la distancia hacia la solución” y así anda el actual Gobierno.

Y, como no es mi intención extenderme demasiado, me limitaré a cerrar este post con otro asunto (no menos importante que los anteriores) como es la posibilidad o imposibilidad jurídica de acordar otro confinamiento domiciliario, como están pidiendo algunas CCAA. Pues bien, cabe recordar que en el RD 926/2020, por el que se acuerda el actual estado de alarma, no se encuentra prevista, entre las medidas que pueden ser adoptadas, semejante clase de confinamiento (tan solo cierres perimetrales y “toques de queda”). Por consiguiente, y a mi juicio, si se quieren acordar confinamientos domiciliarios será necesario aprobar otro estado de alarma, superpuesto al actual (con el consiguiente riesgo político para el Gobierno). Y no resultaría jurídicamente viable acordarlos en aplicación del actual estado de alarma. Simple consecuencia de no haber pensado bien y a su tiempo la cosas, y actuar de forma precipitada, como viene siendo ya habitual por parte de este Gobierno.4

LEER MÁS:  Pablo Casado: sus principios son la consecuencia. Por Pablo Gasco de la Rocha

En fin, que, si unimos la pandemia, la nevada y la crisis económica que ya es alarmante…. solo nos queda que nos caiga un meteorito encima para acabar de arreglar las cosas. Y es que tenemos al problema mismo pretendiendo arreglar el problema, sin darse cuenta de que forma parte del mismo. Con este oscuro panorama me despido, con mi eterna sonrisa etrusca, deseando a todos un tranquilo fin de semana y recordando que la felicidad no es la ausencia de problemas, sino la capacidad de lidiar con ellos (Secondat dixit).

1Irene Montero, ministra de Igualdad, ha reivindicado el derecho de las mujeres «a dedicarse tiempo a sí mismas», poniendo como ejemplo «tumbarse en el sofá y ver una película» o «quedar con unas amigas» para así «realizarse como persona». Se trata de un argumentario más de Montero contra los hombres, que su Ministerio promueve desde que accediese al cargo. Vid: https://okdiario.com/espana/sermon-anti-hombres-irene-montero-mujeres-tienen-derecho-tumbarse-sofa-ver-pelicula-6689702

2A nivel nacional, se habrían contagiado 492,88 personas por cada 100.000 habitantes en las últimas dos semanas. Durante la segunda ola, la incidencia máxima fue de 592, el 8 de noviembre. Esta escalada, sin embargo, ha arrancado desde cifras de contagios por persona más elevadas y a ello se ha sumado el efecto de las Navidades. Vid: https://www.elconfidencial.com/espana/2021-01-14/tercera-ola-coronavirus-record_2906120/

3De hecho, España exige un IVA sobre la luz de un 21% y un Impuesto Especial adicional de un 5,1127%: más de 26 puntos porcentuales del recibo de la luz que pagan todos los consumidores de energía y que podría ser reducido de inmediato si el Ejecutivo aceptase realizar una rebaja fiscal. Esto se encuentra desarrollado en la exposición de Vicente Vallés en A3 que puede verse en el siguiente link; https://www.ultimahora.es/noticias/nacional/2021/01/14/1229853/precio-luz-vicente-valles-desmonta-tesis-del-gobierno.html

4Entiendo que la dicción literal del artículo 11 de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio, no es obstáculo para la conclusión que sostengo porque se refiere a las sucesivas prórrogas del estado de alarma. El texto de este precepto comienza así: “Con independencia de lo dispuesto en el artículo anterior, el decreto de declaración del estado de alarma, o los sucesivos que durante su vigencia se dicten, podrán acordar las medidas siguientes:” A mi juicio, estos “sucesivos que durante su vigencia se dicten” no pueden ser más que los Decretos de prórroga. 

 

Autor

Avatar
REDACCIÓN