Getting your Trinity Audio player ready...
|
En el debate con el Sr. Feijoo, sacó Ud. el tema de “constitucional” y “constitucionalismo”. Como me pareció que su formulación era un tanto confusa me ha parecido oportuno aportarle ciertas ideas. La Real Academia de la Lengua Española define claramente qué es el constitucionalismo: “Sistema político que tiene como norma suprema de ordenamiento una constitución”. Por tanto, dado que la inmensa mayoría de ciudadanos consideramos de sentido común que debe haber una norma de ordenamiento del Estado, cabría decir que, con carácter general, todos somos constitucionalistas.
Por tanto, presumo que Ud. en su debate con Feijoo, se debía referir a otra cosa, y que estaría Ud. pensando, muy probablemente, en reservar la calificación de constitucionalistas a los españoles que específicamente respetan la Constitución española, entre los cuales me encuentro. Pues bien, le voy a explicar, de forma breve, cuales son los rasgos mínimos exigibles para poder ser incluido entre los constitucionalistas de España:
1º Reconocer que la Constitución proviene de la Transición y ésta de la voluntad de Reconciliación, lo cual exige que se opte por la derogación de todas las Leyes de Memoria Histórica.
2º Reconocer que la Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles (art. 2 CE).
3º Reconocer que debemos ser un Estado de Derecho (art. 1 CE) y que, por tanto, no se deben modificar las leyes por meros intereses políticos como ha ocurrido con la derogación del delito de sedición y la modificación del delito de malversación.
4º Reconocer que un auténtico Estado de Derecho exige garantizar la separación de los tres Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, cosa que en España se empezó deteriorando en 1985 al dar lugar a que todos los miembros del Consejo General del Poder Judicial fueran elegidos por el Legislativo (Congreso y Senado) y que ha creado unas puertas giratorias entre el Legislativo y el Ejecutivo con el Judicial, que contradicen la tan necesaria independencia judicial.
5º Reconocer que la soberanía reside en el pueblo español en su conjunto y que por tanto no hay ni habrá 17 soberanías distintas en España.
6º Reconocer que el castellano es la lengua común y propia de todos los españoles y que por tanto debe ser lengua vehicular en la enseñanza en toda España, como con acierto reconocía la Constitución de la República de 1931 en su artículo 50.
Confío, presidente Sánchez, que estas sencillas ideas le serán de utilidad para clasificar como constitucionalistas, o no, a todos los españoles, empezando por los miembros de su propio Gobierno y quedo a su disposición por si deseara que le aporte explicaciones adicionales.
Autor
- Administrador Civil del Estado.
Últimas entradas
- Actualidad15/11/2024¿Por qué el PP no se atreve a criticar al Marxismo ni a la ley de Memoria Histórica? Por Enrique Miguel Sánchez Motos
- Actualidad20/10/2024¿Hay diferencia entre Marxismo y Leninismo? (2/2). Por Enrique Miguel Sánchez Motos
- Actualidad16/10/2024¿Hay diferencia entre Marxismo y Leninismo? (1/2). Por Enrique Miguel Sánchez Motos
- Actualidad07/10/2024EsRadio o la incongruencia ideológica en vivo. Por Enrique Miguel Sánchez Motos