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Tras la notificación de la esperada Sentencia que impone a Don César Román, la pena de 15 años de prisión y demás accesorias, la Defensa ha interpuesto el más que oportuno e imperante Recurso de Apelación frente a la misma, toda vez que en palabras de la abogada de la Defensa, Ana Isabel Peña Calleja “No esperábamos otra cosa que no fuera de nuevo un calco del escrito de calificación del Ministerio Fiscal, tal y como hicieron la Acusación Popular y Particular, así como el propio Jurado Popular”.
Tanto es así que, se han denunciado más de 27 vulneraciones de derechos fundamentales acontecidas durante todo el proceso. Por poner un solo ejemplo de las vulneraciones, el Recurso de Apelación trata seriamente el tema de las llaves de la nave donde se encontraron los restos cadavéricos
“puede verse en un oficio del Grupo VI de Homicidios remitido el día 10 de septiembre de 2019 y que es una evidente muestra del escaso interés por colaborar en cualquier dirección que pudiera poner en duda la versión de los hechos de D. ADRIAN ISCU. En el mismo se señala lo siguiente de forma literal:
“En relación a las posibles comprobaciones de la llave de la puerta trasera de la nave 2 de la calle Sebastián Gómez y que estaba en poder de Adrian Iscu, a fin de determinar si era la misma que la que estaba por dentro el día que se localizó el torso de Heidy en el interior de la citada nave, se participa que la llave que se encontraba en el interior de la cerradura de la puerta del garaje y que se localizó el 13 de agosto, día que aparece el torso de Heidy en una maleta localizada en el interior de la nave, fue recogida por los investigadores del Grupo VI de Homicidios durante la Inspección Ocular realizada en la nave, siendo puesta posteriormente a disposición del Juzgado de Instrucción nº 32 de Madrid, que entendía de los hechos en ese momento, con lo cual no es posible que entre las llaves entregadas por Adrian Iscu durante su declaración tomada el 30/08/2018 se encontrara la que se intervino el 13/08/2018 por parte de los investigadores de Homicidios de este Grupo.”
Durante el juicio con jurado, esta defensa, solicitó ver las llaves que figuraban como elementos de convicción, y ¡sorpresa!: la llave de la nave que ADRIAN ISCU había entregado a la policía había desaparecido. Ni estaba allí, ni figuraba que se hubiera entregado a nadie, caso contrario con lo que si sucedió con la llave de la sidrería de Vallecas, que no estaba pero figuraba que se había entregado al dueño de la finca para que pudieran entrar y limpiar.
Las irregularidades con respecto a las llaves de la nave, no se quedaron ahí, y han sido una constante durante todo el juicio. Desde su primera declaración, César había señalado que de todos los locales de la empresa había varias personas que tenían juegos de llaves completos. Concretamente en su primera declaración judicial señaló que tenían juegos completos ADRIAN ISCU como jefe de mantenimiento, sus socios CELESTINO MARTINEZ y JULIO ORTIZ. También tenían llaves SARA LACORTE Heidy Paz, ya que ambas, mientras fueron parejas suyas, también trabajaron en la empresa, y tenían llaves. Señaló que Luana Alves, como directora de operaciones de la compañía había tenido llaves, pero que cuando dejó la empresa hacia el mes de abril de 2018 le había entregado su juego, juego que él le había entregado a Heidy. También señaló que de la nave de Sebastián Gómez, 3 tenía llaves el empresario hostelero GUSTAVO CAMARA, a quien Heidy con autorización de César, le había alquilado la nave durante el mes de junio de 2018 para que guardara cosas de su restaurante, El Bacanal, situado en las inmediaciones de la plaza de Legazpi, y en el que Heidy estuvo trabajando desde finales de junio hasta mediados de julio de 2018.
Cuando César realizó esta minuciosa descripción de los juegos de llaves, la juez instructora no se reprimió y se la escucho el siguiente comentario: “¡ahora va a resultar que todo el mundo tenía llaves!”. Este comentario nos da idea de que la Juez instructora no tuvo en cuenta la declaración de César y asumió como propia la teoría reduccionista de la policía, en lo que a la llave se refiere. ¿ Dónde está la imparcialidad de la Jueza Instructora?.
Toda la teoría construida de que sólo César tenía llaves, se vino abajo durante el juicio oral. El propio CELESTINO MARTINEZ en su comparecencia oral el 12 de mayo, se desdijo y reconoció cuando el hizo su primera declaración creía que sólo César tenía llaves, pero que “después me he enterado que ahora resulta que todo el mundo tenía llaves”. No se quedó ahí, y reconoció que él mismo tenía llaves de la nave, eso sí, “solo de la puerta de atrás”, contradiciéndose claramente en su primera declaración policial– FOLIO 108.
Con la declaración de PABLO QUETGLAS el 19 de mayo en el juicio oral, uno de los anteriores inquilinos de la nave, señaló que de la puerta trasera de la nave tenían una copia de la llave, nada más y nada menos ¡que los 16 o 18 socios de la asociación que había tenido alquilada la nave!, mientras que de la puerta delantera, que sólo abrían cuando hacían fiestas en la nave, había una llave que pasaba de mano en mano entre los socios y amigos que iban a esas fiestas. En conclusión, que de la famosa teoría policial del sólo César tenía llaves, se pasó a una situación kafkiana en la que más de veinte personas podrían tener copias de las llaves de la nave, y no se sabe si algunas más.”
(Pequeño estracto del Recurso de Apelación que ocupa 114 páginas y a las que se suman 10 anexos).
También se produjeron numerosos atentados a los derechos fundamentales del empresario durante la celebración de las sesiones del juicio oral.
Tanto es así que, el solo hecho de la retransmisión en streaming, que según se informó se realizaba de esa forma por motivos de protección y seguridad frente al COVID; “atenta gravemente al derecho fundamental de mi defendido a un proceso justo, toda vez que, por parte del Órgano Enjuiciador no tuvo la capacidad de prever instrumentalizar algún medio para que los testigos que esperaban en la puerta de la Sala, no vieran dicha reproducción en tiempo real a fin de que coincidieran todas las declaraciones “(según indica Ana Isabel Peña, la abogada de César Román). Que continúa diciendo “con tan solo este hecho deviene la NULIDAD DEL JUICIO Y ASÍ LA SENTENCIA RECURRIDA, tal y como ocurrió en el caso de David Arellano.”
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