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Siempre pensé que hay sentencias más humillantes para el que las dicta que para el justiciable condenado. También, que el tenor de una sentencia, aún sin entrar en los aspectos jurídicos controvertibles, retrata mejor el perfil humano y sus estructuras mentales que cualquier otro medio escrito. Si la sentencia consta de 390 folios, cuando en los recursos de casación se impide a los letrados, recurrentes o impugnantes, superar los 25 folios; es porque ha dotado a la misma de una prosopopeya, de parte, infumable para cualquier lector, y un dislate jurídico impropio de un magistrado.

Como todo juicio político, antes y en paralelo, lo es mediático, y luego se traslada al ámbito judicial para darle toda la legalidad del fallo y toda la legitimidad de su ejecución. Así, llevan laminando a la “sociedad civil”, desde hace cuarenta años. Así pastorean a los jueces que se dejan, desde 1982, intercambiables en sus puestos como cromos. Así, las togas, se pueden “manchar con el polvo del camino”. Los antecedentes de Rumasa, intervención del Banesto de Mario Conde y la legalización, “blanqueo”, del terrorismo Bildu Etarra, forman el paradigmático ejemplo de una justicia instrumentalizada desde el poder. Y la mayor gravedad es que, de esa falta de independencia judicial y politización, viene la quiebra del estado de derecho y la seguridad jurídica de amparo, ante cualquier desmán del poder. La arbitrariedad es más nociva para la sociedad, que la injusticia provocada por el error. De inmediato perdemos todos; a largo plazo, también los que lo provocan, pues la sociedad acaba siendo ingobernable. 

Pero, ahora, se trata de Franco y sus herederos. ¡Y vale todo! Ya llevamos casi cuarenta años observando que es la única persona, en la historia de España, privada de todos sus derechos, incluyendo el de defenderle. Incluyendo el de “la morada eterna”, en un lugar sagrado (Basílica Pontificia), que mandó construir como deseo y símbolo de la reconciliación de los españoles. El único, cuyo sepulcro ha sido secuestrado por la turba gubernamental, con bendición legal, de momento. Pero, el odio, no entiende de caridad e ignora una justicia, distinta de la venganza. Y todos los vivos, que le deben todo, ¡callados, como muertos! O, lo que es peor, negándole virtud alguna, valor alguno, reconocimiento alguno, cuan Pilatos redivivos. Tanta vileza individual y felonía, no nos saldrá gratis. Espero que lo vea el ensoberbecido y demagogo populista Alberto Núñez Feijoo. Tomen nota los votantes de ese falso centro-derecha, antes de que Galicia se declare nación con derecho a decidir, dentro de un Estado Confederal y asimétrico, republicano, o, no. 

No vale la pena entrar a valorar la prolija línea argumental de la sentencia y acreditar los innumerables errores de fundamentación jurídica y fáctica que comete; para eso ya está la magnifica labor profesional en la defensa de la familia Martínez-Bordiú Franco y de su cabeza visible, Luis Felipe Utrera, en quien todos nos sentimos representados y bien defendidos. Y para eso están los recursos hasta agotar la vía jurisdiccional mediante sentencia firme. Ello no impide sorprenderme al observar cómo la Sentencia, después de hacer una digresión histórica demencial, se limita a recoger todas las tesis de una de las partes, Abogacía del Estado, Junta de Galicia, Concello de Sada, Concello de la Coruña, Diputación de la Coruña y cuantos pudieron ser llamados al proceso, siempre como teóricamente perjudicados.  Vieja técnica de Garzón, empleada en los numerosos procesos que le convenían y muy especialmente en el que abrió al franquismo y le costó el cargo por prevaricación; aunque la sentencia del Supremo fuera acolchada al caso, quedando salvada por el voto particular del prestigioso magistrado y fiscal general del Estado, ya fallecido, José Manuel Maza Martín.

Cuando el fallo está predeterminado y el argumentario debe acomodarse, se nota siempre, y más, sí necesita emborronar la misma con 390 paginas. Dicen que el papel lo aguanta todo. Pero un fallo judicial, donde se dilucida el honor, la fama, el dinero, la libertad y hasta la vida de las personas, debe ser otra cosa; más ecuánime, ponderado, ceñido a las pretensiones de las partes y sin juicios de valor peyorativos para ninguno de los litigantes, ni sobre el objeto del pleito.

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Parece, a tenor de la Sentencia, que la familia Franco no tuvo defensa, ni quiso ejercerla. Los juicios de valor meta jurídicos lo inundan todo, y el desprecio, por ignorancia u oportunismo, hacia el jefe del Estado del que trae causa su ministerio, resulta antológico. Así dice: “el autoproclamado jefe del Estado”, como novedad historiográfica; o, “no se le regala el Pazo, en 1938, a él por sí mismo, sino al jefe del Estado”, sin más pruebas que su ciencia infusa, o, la de alguna meiga, antecedente suya, que hubiera estado presente, en la “voluntad de los donantes”, al producirse el acto traslativo de dominio, hace ochenta y dos años. Los actos coetáneos y posteriores, todos ellos aportados y fácilmente evaluables, no parecen tener importancia para su Señoría.

Diríase que, Marta Canales Gantes, titular del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de La Coruña, después de una carrera y dura oposición, con dieciséis años de experiencia en el juzgado; aún no tiene claro, lo que significa la fe publica registral, los fundamentos de toda propiedad, la prescripción y tampoco la usucapión, aunque venga del derecho romano y haya ido mejorándose con el tiempo. Tampoco parece distinguir entre una expropiación forzosa, en otro procedimiento y con fijación del justi precio, del expolio, por muy judicial que se presente. 

La figura jurídica de la Donación es en la que mayor rigor formal exige el código civil y señala la doctrina jurisprudencial. El documento público imprescindible excluye cualquier error en el objeto y la voluntad de los donantes, por tanto, en la aceptación del beneficiario. La posterior inscripción registral confirma cualquier duda que pudiera producirse. Y la hacienda publica, desde 1978, bien que se ocupa del aspecto impositivo. Sí tenemos en cuenta cómo fue Franco de escrupuloso en la no confusión entre lo público y lo privado; y su austeridad franciscana en innumerables ejemplos, el más conocido, el regalo de un Mercedes por parte de Hitler en 1942, a titulo particular, por su cincuenta cumpleaños, y cuyo vehículo figura en el Patrimonio Nacional; podemos afirmar que tuvo claro y no quiso desairar a sus paisanos, en el 95% de los casos personas de la Coruña muy conocidas, en la aceptación de la donación a titulo particular, como figura en el registro. Lo que nunca fue El Pazo es del Estado. Por cierto, por ese Mercedes, único existente en el mundo, de los tres que se fabricaron, daría la casa matriz, por recuperarlo, mucho más dinero que cualquier comprador por El Pazo de Meirás.

Y a mayor abundamiento, no ignorado por su Señoría; cuando quemaron el Pazo en 1978, con total impunidad, los mismos que ahora no respetan su propiedad, no acudieron a sufragar los cuantiosos gastos de su reconstrucción y mantenimiento, efectuado una vez fallecida la Excma. Sra. Carmen Polo, por su hija Carmen Franco Polo. ¡Exprópiese!, clamaba Hugo Chaves contra quien osaba discutir su poder. ¡Expóliese judicialmente!, solicitan al unísono Sánchez y Feijoo a través de un juzgado “que, por turno riguroso, seguro, le correspondió”; pues hay que quitarle a Franco, ya que no podemos la honra, la hacienda.

Debemos reparar, esto es lo importante al tratarse de una primera Instancia judicial, en que nos estamos jugando el estado de derecho. Llevamos demasiados años constatando que hay jueces, cuya interpretación de la ley está más en consonancia con su ideología, con la conveniencia política, o, con adecuarse al corporativismo grupal de la insignificancia; que, a interpretar la ley conforme a su sentido literal, a los principios generales del derecho, la doctrina, en la materia, y la jurisprudencia, al respecto. Así surge el derecho alternativo Garzonita, desafortunada escuela de potenciales prevaricadores que sirven al poder como mayordomos de una verdad jurídica inatacable; sucedáneo de lo conveniente aplicado al poder; pervertidores praeter legen o contra legen del orden natural y del constitucional. Su interesada y rentable invocación a los derechos humanos, sólo es de aplicación en países salvados del comunismo por el ejército; nunca a los países, aún bajo tal yugo, o que caminan hacia él. 

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Porque una sentencia es una cosa muy seria cuando se trata de atacar o defender derechos fundamentales. Y la propiedad privada, lícitamente obtenida y pacíficamente ejercida durante tantos años, es uno de ellos. Porque “el poder del estado” debe ser limitado y sometido al imperio de la ley por una justicia, del que no emana, independiente del poder político, y con plenas facultades para ejercer, de manera efectiva, el principio de igualdad ante la ley. De lo contrario, sí hoy consentimos la arbitrariedad del poder más sutil; mañana, ese mismo poder, no encontrará limites para hacer lo mismo, ya sin sutilezas, al resto de la sociedad, cada vez más domesticada.

Recuerdo vivamente cuando se justificaba el ingreso en prisión de según que persona relevante, al que se quería doblegar con la doble pena del telediario y del transporte a prisión. El eufemismo empleado era del tenor: “producen alarma social” sus teóricos delitos. Hoy, la Señoría del Pazo, justifica el atropello judicial en “el consenso social”. Mañana, un tribunal popular, inapelable desde primera instancia, podría hacer el resto. Con ello se abrió el melón de la utilidad judicial para destruir vidas y haciendas. Creíamos haber avanzado con respecto “a la justicia del príncipe” y, dos siglos después, tenemos la “justicia a la carta”, del que tiene la baraja, claro está. 

Hoy, la baraja en Galicia, cree tenerla Núñez Feijoo, como en España Pedro Sánchez. El primero se regocija, sin rubor, en un tuit personal, atribuyéndose la representación del conjunto: “La Xunta valora como un triunfo de todos los gallegos la incorporación del Pazo de Meirás al patrimonio público”, como extracto de la nota de prensa. Le faltó decir “…y encima gratis”. ¡Menudo triunfo, a costa del Estado de Derecho! Pero los actuales tahúres de la política desconocen que cualquier juego de prestidigitación, acaba siendo descubierto por el pueblo que lo padece; y su rebelión, tarde o temprano, puede acabar con la falsa magia y el mago. No hagas a los demás, lo que no quieras que hagan contigo, señala un viejo refrán español.

Hoy, todos deberíamos estar con la familia de Franco y sus defensores. La injusticia con la que se arbitra la resolución judicial debería llevar a la meditación y el análisis. La música y la redacción jurídica desplegada me resulta familiar, con tantos años de práctica forense. Puede que la titular del Juzgado de primera instancia nº 1 de la Coruña, también “beba de la copa” del ínclito D. Baltasar. ¡Negocio seguro! Y oprobio, también asegurado, para el principio de legalidad, la seguridad jurídica y el estado de derecho.

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REDACCIÓN