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Dicen los entendidos que la “erótica del Poder” es más fuerte que la “erótica del dinero” e incluso que la “erótica del sexo” y algo de razón tienen cuando se ve, lo que estamos viendo en la España de hoy. Un presidente del Gobierno que es capaz de soportar las humillaciones que le están haciendo tragar los independentistas, los nacionalistas, los comunistas y demás ralea, por mantenerse en el Gobierno, en la Moncloa y un Presidente de la Oposicion, el señor Casado, avergonzado, humillado, pero dispuesto a seguir, como sea, y tragándose los sapos que haya que tragar con tal de alcanzar un día, ¡Dios, un día! la Moncloa.
Y pensando en sus imsonios, porque este hombre seguro que no puede dormir (y siendo una buena persona como dicen los que bien le conocen) con la que tiene encima. Porque el PP, realmente está siendo víctima de su pasado e incluso de su presente.
El pasado es la corrupcion y el presente es la cobardía. Pero veamos antes qué entienden las Academias sobre la corrupcion y la cobardía.
La Real Academia Española define la corrupción como la acción y efecto de corromper o corromperse; alteración o vicio de un libro o escrito; vicio o abuso introducido en las cosas no materiales. En las organizaciones, especialmente en las públicas, práctica consistente en la utilización de las funciones y medios de aquellas en provecho, económico o de otra índole, de sus gestores.
La corrupción se define en materia jurídica como el “indebido intercambio de favores entre quien desempeña un cargo y quien gestiona algún negocio relacionado con las funciones de aquel”
El enriquecimiento ilícito cuando está de por medio el tesoro público o la moral social, es considerado un acto de corrupción. La Constitución Política de Colombia en su Art. 34, establece: Art.34.- PENAS DE DESTIERRO, PRISIÓN PERPETUA, CONFISCACIÓN, EXTINCIÓN DE DOMINIO, ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO.- Se prohíben las penas de destierro, prisión perpetua y confiscación: No obstante, por sentencia judicial, se declarará extinguido el dominio sobre los bienes adquiridos mediante enriquecimiento ilícito, en perjuicio del tesoro público o con grave deterioro de la moral social.
ACTOS DE CORRUPCIÓN
El requerimiento o la aceptación, directa o indirectamente, por un funcionario público o una persona que ejerza funciones públicas, de cualquier objeto de valor pecuniario u otros beneficios como dádivas, favores, promesas o ventajas para ese funcionario público o para otra persona o entidad a cambio de la realización u omisión de cualquier acto en el ejercicio de sus funciones públicas;
El ofrecimiento o el otorgamiento, directa o indirectamente, a un funcionario público o a una persona que ejerza funciones públicas, de cualquier objeto de valor pecuniario u otros beneficios como dádivas, favores, promesas o ventajas para ese funcionario público o para otra persona o entidad a cambio de la realización u omisión de cualquier acto en el ejercicio de sus funciones públicas;
La realización por parte de un funcionario público o una persona que ejerza funciones públicas de cualquier acto u omisión en el ejercicio de sus funciones con el fin de obtener ilícitamente beneficios para sí o para un tercero;
El aprovechamiento doloso u ocultación de bienes provenientes de cualesquiera de los actos a los que se refiere el presente artículo; y
La participación como autor, coautor, instigador, cómplice, encubridor o en cualquier otra forma en la comisión de cualquiera de los actos a los que se refiere el presente artículo.
Soborno trasnacional. Con sujeción a su Constitución y a los principios fundamentales de su ordenamiento jurídico, cada Estado Parte prohibirá y sancionará el acto de ofrecer u otorgar a un funcionario público de otro Estado, directa o indirectamente, por parte de sus nacionales, personas que tengan residencia habitual en su territorio y empresas domiciliarias en él, cualquier objeto de valor pecuniario u otros beneficios, como dádivas, favores, promesas o ventajas, a cambio de que dicho funcionario realice u omita cualquier acto, en el ejercicio de sus funciones públicas relacionado con una transacción de naturaleza económica o comercial.
Enriquecimiento ilícito. Con sujeción a su Constitución y a los principios fundamentales de su ordenamiento jurídico, los Estados Partes que aún no lo hayan hecho adoptarán las medidas necesarias para tipificar en su legislación como delito, el incremento del patrimonio de un funcionario público con significativo exceso respecto de sus ingresos legítimos durante el ejercicio de sus funciones y que no pueda ser razonablemente justificado por él.
Y ahora veamos lo que dicen sobre la cobardía:
COBARDÍA EN ESPAÑOL
La cobardía es un vicio que comúnmente se considera como la degeneración de la prudencia, degeneración que lleva a toda anulación del valor. La cobardía se puede considerar como un exceso de prudencia tal, que es incapaz de encarar consecuencias. La cobardía generalmente es vista con desprecio en la mayoría de las culturas, -si no es que en todas- mientras que lo contrario, el valor, se recompensa y se anima.
Pues, señores esto es hoy el Partido Popular: por un lado, soportar los casos de “corrupcion” que le van saliendo un día sí y otro día también (hoy la condena a Bárcenas por los papeles famosos y las obras del edificio de Génova y por otra, el Alcalde de Badalona defendiendo sus actividades de firmas extrañas y empresas raras) y ayer la sentencia del Tribunal Constitucional dándole la razón a VOX el principal adversario hoy en el Centro Derecha, porque deja en calzoncillos a los directivos de Génova.
Es el drama, es la tragedia, es la desesperacion de don Casado y de don Teo, el fullero y compravotos de Murcia, porque ven que hagan lo que hagan cada mañana se levantan con un sapo nuevo y se les aleja un metro más su camino hacia la Moncloa.
Pues si de pena es el tema de la corrupcion más pena da verles haciendo diabluras y traicionando sus propios principios para evitar que VOX les de el sorpaso. La semana pasada en un alarde, según ellos, de Estado sorprendieron a todos con un Pacto con el PSOE para resolver los “atrasos” que tenían en algunas Instituciones del Estado. Han querido presentar los Acuerdos como un acto de valentía y por bien de España, pero sin darse cuenta (o dándosela, lo que es peor) que al sentarse en la mesa a negociar lo del Tribunal de Cuentas, el Defensor del Pueblo estaban negociando en la misma mesa que antes y despues se iban a sentar los independentistas de Cataluña, los nacionalistas vascos, los comunistas y los bilduetarras.
¿Cómo puede el PP, en teoria el Partido que representa a la Derecha española sentarse con el PSOE y las Izquierdas, enemigas acerrimas de la ruptura de la unidad de España, aunque sea para resolver otros problemas? Está demostrado, que las Izquierdas lo tienen más claro: ¡y a la Derecha ni agua!… y por ello esta partida la van a ganar los Sánchez y compañía. Salvo, que don Teo y don Casado se hagan el “harakiri” y convoquen primero el Congreso de Madrid para elevar a la primera Comunidad de España a doña Isabel Díaz Ayuso… despues el Congreso Nacional para elevarla a la Presidencia del PP nacional y por último matarse por las calles de España para pedir el voto de los españoles que no están con la ruptura de la Patria comun.
Pero don Casado y don Teo, solo tienen un objetivo: la Moncloa… y por la Moncloa (¡como el mísmisimo don Pedro Sánchez!) son capaces de vender a su madre.
Autor
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Periodista y Miembro de la REAL academia de Córdoba.
Nació en la localidad cordobesa de Nueva Carteya en 1940.
Fue redactor del diario Arriba, redactor-jefe del Diario SP, subdirector del diario Pueblo y director de la agencia de noticias Pyresa.
En 1978 adquirió una parte de las acciones del diario El Imparcial y pasó a ejercer como su director.
En julio de 1979 abandonó la redacción de El Imparcial junto a Fernando Latorre de Félez.
Unos meses después, en diciembre, fue nombrado director del Diario de Barcelona.
Fue fundador del semanario El Heraldo Español, cuyo primer número salió a la calle el 1 de abril de 1980 y del cual fue director.
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