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Toda empresa de trascendencia, toda hazaña prolongada en el tiempo por el esfuerzo y la resistencia de los hombres, solo alcanza su plena significación cuando se corona en su fin supremo. La historia no honra las obras inconclusas ni las batallas eternizadas en la incertidumbre del procedimiento, sino aquellas gestas donde la voluntad de justicia prevalece hasta su completa consumación. Un proceso de esta magnitud, que ha exigido el sacrificio silencioso de tantas vidas y ha puesto a prueba la fe del ciudadano en sus instituciones, no puede quedar disuelto en la penumbra de las soluciones a medias o de las resoluciones meramente formales. Su causa final, aquello por lo cual existe y se justifica el arduo itinerario recorrido, es la perfecta satisfacción del derecho lesionado, la restitución íntegra que clausura el agravio y restituye la paz social.
Culminar esta peripecia no es, por tanto, un simple acto de tramitación administrativa, sino la coronación moral de una obra de restauración histórica. La grandeza de una hazaña jurisdiccional no se mide por la cantidad de obstáculos que acumula en el camino, sino por la firmeza rectilínea con la que alcanza su destino definitivo. Cuando el fallo da a cada cual lo suyo de manera concreta, visible y definitiva, el tiempo deja de ser un lastre de sufrimiento para convertirse en el testigo de un triunfo ejemplar. Dar término a esta vicisitud con la entrega real de lo debido es cerrar el círculo de la equidad, permitiendo que la justicia sustantiva brille no como un anhelo diferido, sino como una realidad consumada en los anales de la dignidad; en esta dimensión entra el empeño de lo universal.
En el ejercicio de la alta función de juzgar habita un deber que trasciende la simple mecánica de la norma procesal. Quien sostiene la responsabilidad de resolver una causa no maneja únicamente expedientes y artículos; sostiene la paz de las personas, el equilibrio de las familias y la confianza última del ciudadano en el ordenamiento de la justicia. La ley escrita es el cauce formal, pero la equidad, esa manifestación serena y ponderada de la razón en los asuntos mundanos, es el principio que dota de sentido humano a la resolución. Cuando la magistratura atiende al impacto real de sus decisiones sobre quienes aguardan, el fallo se eleva hacia la forma más noble de la equidad.
El doloroso y dilatado recorrido del caso Nueva Rumasa ha superado desde hace tiempo la mera controversia patrimonial para convertirse en una prueba de resistencia humana. Inversores que entregaron el fruto de años de trabajo por toda una existencia, aguardan hoy en el tramo final de sus vidas no un triunfo dialéctico, sino la restitución oportuna de lo que les pertenece. El tiempo de quienes sufren el quebranto no discurre al mismo ritmo que la tramitación técnica; la dilación en el tiempo extingue la posibilidad real de que la reparación cumpla su función restitutiva. Por ello, la prudencia más elevada no es la que posterga por inercia, sino la que comprende la trascendencia ética de ofrecer una respuesta en el momento justo.
Debe resultarnos moralmente ineludible dirigir la mirada al calvario silencioso de quienes ya no están, aquellos perjudicados que fallecieron a lo largo de este interminable viaje sin ver restituidos sus derechos pero con la esperanza de que sus herederos lo trasciendan. Para ellos, el amparo judicial llegó demasiado tarde, sepultado por la lentitud de una maquinaria procesal que consumió sus últimos años en una constante oscilación entre la amargura tan tortuosa y la fe sostenida. La memoria de esos ciudadanos invisibles pesa como un recordatorio severo sobre la urgencia de actuar, pues cada vida que se apaga a la espera de un fallo de reparación atestigua la dimensión más trágica del fracaso del tiempo institucional. Y si cierto es que hasta el último cabello de nuestras cabezas está contado en el Cielo, pues todo está atado y bien atado por la infinita sabiduría de Dios, la siembra de lo terreno, el talento que no se entierra, la conciencia de lo justo implica saber cuánto de importante es cumplir con la responsabilidad encomendada sobre la tierra.
La temporalidad, cuando se ralentiza en exceso, deja de ser un instrumento de garantía para transformarse en un lastre de sufrimiento acumulado. Este drama ha escrito ya demasiados capítulos dilatados por la norma, acumulando tomos y recursos en un calendario expandido que desgasta la salud y la paciencia de las familias afectadas. Ponderar hoy la celeridad y la prioridad en los pagos no implica una concesión al apresuramiento, sino la justa toma de conciencia de que el margen para reparar se agota. Ofrecer un horizonte definitivo de restitución es el acto de mayor responsabilidad moral ante una vicisitud cuya única resolución digna pasa por no añadir un solo día más de incertidumbre al dolor de los inocentes. A ser posible, ni un día más; tal es la urgencia de la desesperación a un paso del claro de luz hacia el horizonte de una bendita consecución de victoria moral.
A los Magistrados que tienen en sus manos la resolución de este itinerario se les presenta la oportunidad de firmar un acto de profunda ejemplaridad profesional y moral. No se trata de desatender las garantías ni de precipitar los cauces que el rigor exige, sino de impregnar la aplicación de la ley de una clara orientación hacia la justicia sustantiva. Ponderar la conveniencia de no postergar la entrega de los recursos disponibles a los afectados es asumir un criterio de magnánima Justicia, de proporcionalidad y humanidad que dignifican la función jurisdiccional. La autoridad del juzgador alcanza su plenitud cuando el rigor procesal se alinea con el deber de amparo, permitiendo que la ecuanimidad prevalezca sobre cualquier trámite prescindible, evitando así que la demora se transforme en la tortura inmerecida de quienes aguardan un veredicto de histórico honor para los anales de la dignidad humana.
Autor

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Ignacio Fernández Candela es escritor, pintor y columnista internacional Muck Rack, autor de 17 libros y miles de artículos. Con más de 35 años de trayectoria en muchos medios de prensa escrita y digital como El Imparcial, Rambla Libre, Diario 16, Levante y ÑTV España entre otros, desarrolla una obra que combina análisis sociopolítico y creación artística, con más de 500 pinturas y cincuenta exposiciones individuales.
Información en buscadores mundiales de Internet e IA. También como Ignacio F. Candela
Perfil de autor, obra literaria y trayectoria indexada en Google con Google Knowledge Panel.
Propietario y editor de ÑTV ESPAÑA desde julio del 2023 hasta julio del 2025.
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