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La sociedad española está de suerte. Por fin estamos abriendo un agujero entre los muros de hormigón que aíslan a los presos del mundo exterior de las prisiones. Hay grandes coincidencias en las técnicas instrumentales para el éxito de los sucios negocios que emplean los traficantes de personas indigentes, mayoritariamente subsaharianos, y aquellos otros que mantienen secuestrados a miles y miles de presos en los patios de las prisiones, a pesar de que conocen la desproporcionalidad del castigo. Este agujero amigo, liberador del oscurantismo imperante empleado tanto por los negreros de africanos como por parte de los verdugos carceleros, se hizo operativo gracias al talento y valentía empleada por la Magistrada del Tribunal Constitucional Encarnación Roca Trías, ponente de la Sentencia el 6/2020 de 27 de enero del presente año en la que se le reconoció al preso su derecho a la libertad de expresión, también a la libertad de información siempre que ésta sea veraz, artículo 20.1.a de la Constitución Española, en grado equiparable al común de los ciudadanos libres. Uno de los elementos de protección más destacados que acompañan al delito, son la nocturnidad y la alevosía; en el caso de los negreros verdugos carceleros, sus pilares de apoyo son la opacidad informativa y la impunidad que les garantizan aquellos superiores jerárquicos que participan de sus dividendos he aquí la gran batalla ganada para el preso concediéndole y reconociéndole mediante Sentencia Constitucional el derecho a la libertad de expresión y a la de la información veraz.

Hace más de 30 años, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en su Sentencia Campbell y Fell contra el Reino Unido, acuñó una frase muy ilustrativa: “ la justicia no debe detenerse a la puerta de las prisiones”. Tanto la Magistrada Roca Trías, de la Sala Segunda del Tribunal Constitucional, como la citada Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, han colocado el abuso de poder autoritario en un espacio que debilita la incertidumbre entre los ilícito y lo prohibido, entre lo moral y la perversión, entre lo honesto y lo corrupto.

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Diariamente, estamos viendo como en las manifestaciones solidarias con George Floyd, las estatuas de negreros son arrancadas de sus pedestales, ruedan por los suelos y reciben la ira de los oprimidos. En los mismos términos venimos defendiendo el cumplimiento de la legalidad penitenciaria, frente a los verdugos y negreros que en este ambiente, quedan representados por los individuos que integran el gran grupo criminal organizado que sostiene con puños de hierro y látigos de concertina a la población reclusa, materia prima de sus respectivos negocios sucios.

Esta realidad la venimos denunciando ante la Fiscalía General del Estado, ante la Fiscalía de Vigilancia Penitenciaria y ante todos los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria y Audiencias Provinciales competentes en aquellas cárceles en las que nos ha tocado pagar condena. Es lamentable que la Fiscalía, órgano al que la Constitución Española en su artículo 124 le encomienda la investigación de los hechos delictivos no manifieste una profunda preocupación por investigar ni tan siquiera algo tan simple como es oír a los presos.

Aquí reiteramos una vez más por qué debe la Fiscalía intervenir ante nuestras denuncias:

Se deben esclarecer las muertes acaecidas en prisión durante los últimos 20 años. No concebimos por qué los abusos a menores, el acoso sexual a mujeres subordinadas y la explotación sexual de mujeres inmigrantes, utilizando aquellos negreros el engaño como método de convicción, pueden considerarse bienes jurídicos más necesitados de protección que la tortura, la explotación laboral, el secuestro y el homicidio ejecutado por los carceleros tras los muros de la prisión.

los integrantes del grupo criminal organizado que vértebra la institución penitenciaria, del cual hemos dado buena cuenta a la Fiscalía General del Estado y como dijimos antes también a los Fiscales de Vigilancia Penitenciaria, deben ser individualizados y públicamente identificados, llevados ante el juez competente para que sean oídos, exactamente igual que deben oírse a las víctimas de aquella criminalidad. El Secretario General de Instituciones Penitenciarias, los Directores de prisiones y los funcionarios que integran los fraudulentos órganos colegiados de la prisión, como la Comisión Disciplinaria y La Junta de Tratamiento, deben ser igualmente identificados y oídos con total e ilimitada publicidad. Razones de interés general y de pedagogía social, así lo exigen.

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Las víctimas del delito (cometido por el preso), deben ser igualmente oídas y su experiencia, valorada, principalmente en una relación de causalidad que nace con la detención del delincuente y la reparación del daño causado. En este esquema valorativo se deberán oír intervenciones llevadas a cabo por parte de los responsables penitenciarios, en relación a sus actividades penitenciarias con vistas a la salvaguarda de los intereses reparadores de las víctimas del delito. Las víctimas del delito son también víctimas de la corrupción institucional que tiene consolidada el grupo criminal organizado, en sujeción de la gran empresa del crimen.

En definitiva, los muros de las prisiones se están agrietando. En consecuencia, a la sociedad no se le puede ningunear el derecho a saber lo que ocurre más allá del umbral de entrada al interior de la prisión. A los presos y a las víctimas de los delitos del preso, tampoco se les puede negar por más tiempo seguir siendo víctimas, en distintos grados, de los negreros y verdugos que dominan la vida en el interior de las cárceles del Reino de España.

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REDACCIÓN