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La Ley de Cambio Climático, aprobada en mayo de 2021, estableció que las ciudades de más de 50.000 habitantes, así como aquellas de más de 20.000 que superen determinados valores de contaminación, deben contar con ZBE antes de 2023.

En marzo de este año, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña anuló la ordenanza del Ayuntamiento de Barcelona de diciembre de 2019 que aprobó la ZBE de la Ciudad Condal, tras lo que el Gobierno anunció un real decreto que regularía su diseño con el fin de evitar nuevos reveses judiciales.

Sin embargo, a menos de dos meses para que acabe el año, el real decreto no ha sido aprobado y, por tanto, están teniendo que diseñar una «ordenanza municipal tipo» basada en hipótesis, ha lamentado el alcalde de Irún y presidente de la Comisión de Transportes, Movilidad Sostenible y Seguridad Vial de la FEMP, José Antonio Santano.

Por ello, en su última reunión, la Comisión acordó por unanimidad pedir a la Junta de Gobierno de la FEMP que trasladara al Ejecutivo la necesidad de establecer una moratoria para la implantación de las ZBE, una petición que le consta que ya han hecho, ha asegurado.

Implicaciones

La implantación de ZBE requiere de obras y es muy importante que su establecimiento se haga bien en lugar de «hacerlo rápido», ha señalado Santano, quien ha añadido que, en todo caso, debería darse de plazo hasta enero de 2024.

«Tenemos que hacerlo bien, implantar las ZBE requiere de mucha información al ciudadano. Lo razonable, y en eso estamos de acuerdo todos los alcaldes, es darnos 2023 para preparar las ordenanzas en base a una regulación lo más completa posible”, asegura Santano.

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Son muchos los municipios que se verán afectados por esta obligación y lo lógico es que haya una ordenanza para intentar que exista un mínimo de homogeneidad, sobre todo, pensando en los desplazamientos entre ciudades.

La elaboración, aprobación, publicación y entrada de una ordenanza municipal es un proceso que «no se hace en menos de seis meses» y, además, hay que tener en cuenta que en 2023 habrá elecciones municipales y que eso implica que en los ayuntamientos haya un periodo «inactivo o de baja intensidad» de entre cuatro y seis meses.

Autor

REDACCIÓN