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En los últimos días se están produciendo hechos muy alarmantes sobre la presencia de submarinos nucleares de Estados Unidos y el Reino Unido en la colonia británica de Gibraltar, en la provincia de Cádiz, que afectan a la seguridad nacional de España.
Un submarino de propulsión nuclear de la clase “Astute“ de la “Royal Navy” británica entró en Gibraltar el sábado 16 de abril por la tarde mientras que el submarino nuclear USS Georgia lo hizo el miércoles 13 de abril.
Por el contrario, estas circunstancias en un contexto bélico internacional muy complejo como el actual, apenas han tenido eco en los medios de comunicación españoles, en parte por el periodo vacacional pero también, es obvio, por la posición común de todo el Parlamento español de apoyar a Ucrania ante la invasión de su territorio y también porque, hay que reconocerlo, la cuestión de Gibraltar ya no está en la agenda política ni mediática de los españoles.
Mientras en Argentina, ahora mismo, están conmemorando el 40 aniversario de la Guerra de Las Malvinas, siendo esta cuestión un asunto de unidad nacional evidente, hasta el punto de que en la Constitución de Argentina, el asunto de Las Malvinas está incluido expresamente tras su reforma vigente desde el año 1994, en su Disposición Transitoria Primera:
“La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional. La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes y conforme a los principios del Derecho Internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino».
Por su parte, en la Constitución de Guatemala, también se hace mención de su territorio de Belize ocupado por el Reino Unido en su artículo 18, con el siguiente texto:
“El Ejecutivo queda facultado para realizar las gestiones que tiendan a resolver la situación de los derechos de Guatemala respecto a Belice, de conformidad con los intereses nacionales. Todo acuerdo definitivo deberá ser sometido por el Congreso de la República al procedimiento de consulta popular previsto en el artículo 173 de la Constitución».
Sin embargo, en España los padres de la Constitución de 1978 se olvidaron del asunto de Gibraltar, error constitucional que ha provocado que este asunto de dignidad nacional haya caído casi en el olvido de los españoles, a pesar del esfuerzo del anterior Régimen en su recuperación que tuvo como grandes logros dos resoluciones favorables de la ONU que obligaban al Reino Unido a su descolonización, error del periodo democrático que se ha visto agravado con el hecho incontestable de que la entrada posterior de España en la OTAN y en la Unión Europea no ha servido para nada, a los efectos de la recuperación de dicha Colonia británica en nuestro territorio.
HISTORIAL DEL PELIGRO NUCLEAR DE LOS SUBMARINOS ANGLOAMERICANOS EN GIBRALTAR
En los últimos años han pasado por Gibraltar más de 100 submarinos nucleares, lo cual es un riesgo evidente para España, y en algunas ocasiones para su reparación a pesar de que el puerto de Gibraltar no está preparado para ello.
Especialmente grave para España fue la entrada y reparación del submarino nuclear británico “Tireless” el año 2000.
De la simple lectura de la Propuesta de la Resolución del Parlamento Europeo sobre la avería del submarino HMS Tireless y el riesgo de contaminación nuclear en la bahía de Algeciras y el Campo de Gibraltar, uno no puede más que alarmarse con unos textos tan descriptivos:
«A. Considerando que el pasado 12 de mayo el submarino nuclear «HMS Tireless» de la Royal Navy sufrió una avería, en aguas mediterráneas próximas a Sicilia, en el sistema de refrigeración de su reactor nuclear, lo que le obligó a apagar el reactor y a usar sus motores auxiliares para poder seguir navegando,
«B. Considerando que la avería sufrida, según informes de la Marina Británica, dio lugar al vertido de más de 200 litros de agua contaminada al mar y a un momentáneo sobrecalentamiento del reactor, lo que provocó un alto riesgo de accidente nuclear,
«C. Considerando que, una vez denegada su entrada en el puerto de Nápoles, base de la OTAN, el Tireless puso rumbo a Gibraltar, donde arribó el 19 de mayo de 2000, y desde entonces se encuentra amarrado en el fondeadero 50 del South Mole (muelle sur), habitualmente utilizado para visitas de recreo por parte de submarinos nucleares,
«D. Lamentando que la población no haya recibido información alguna sobre la avería del submarino Tireless por parte de las autoridades competentes, y que sólo la presión social haya provocado la reacción de los Estados miembros implicados, el Reino Unido y España,
«E. Considerando la Directiva 89/618/Euratom, de 27 de noviembre de 1989, relativa a la información de la población sobre las medidas de protección sanitaria aplicables y sobre el comportamiento a seguir en caso de que se produzca una emergencia radiológica,
«F. Considerando la Directiva 96/29/Euratom del Consejo, de 13 de mayo de 1996, por la que se establecen las normas básicas relativas a la protección sanitaria de los trabajadores y de la población contra los riesgos que resultan de las radiaciones ionizantes,
«G. Visto el incumplimiento del artículo 37 del Tratado Euratom sobre los efectos transfronterizos y la obligación de los Estados miembros de notificar a la Comisión Europea actividades que tengan que ver con la energía nuclear y que pudiesen afectar a ciudadanos de otro Estado miembro,
«H. Vista la normativa de la Marina Británica sobre la seguridad de sus submarinos nucleares, según la cual los puertos de categoría Z no pueden acoger en ningún caso un submarino nuclear con el reactor averiado ni efectuar trabajos de mantenimiento y reparación de submarinos nucleares o servir de refugio a buques de guerra de propulsión nuclear dañada,
«I. Considerando que la normativa de la Marina Británica especifica que los muelles de tipo Z tan sólo pueden servir para proporcionar a la tripulación de los submarinos la oportunidad de realizar visitas a puerto de carácter ocasional, operativo o de ocio; cuando las circunstancias lo permitan, también se podrán usar para darle la oportunidad al público en general de visitar un submarino nuclear,
«K. Considerando que, según las leyes británicas, el puerto de Gibraltar es de categoría Z, y que ha sido recalificado expresamente para poder justificar la estancia y reparación del Tireless,
«L. Considerando que el puerto de Gibraltar y sus instalaciones no cumplen los requisitos técnicos necesarios ni los de seguridad para la población exigidos por la ley británica para reparaciones de submarinos nucleares en cuanto a planes de evacuación, instalaciones y maquinaria específica, ni tampoco los requisitos de ubicación de estas instalaciones, demasiado próximas, en este caso a un número elevado de poblaciones y ciudadanos (a menos de 500 metros),
«M. Considerando que desde el pasado mes de mayo se ha sometido a la población de la zona, a las autoridades locales y autonómicas, al Parlamento Europeo y a la Comisión Europea a una absoluta falta de información y, posteriormente, a informaciones difusas y a menudo contradictorias -que por un lado minimizan la avería y, por otro, expresan una grave preocupación por su reparación y traslado- por parte de las Autoridades Militares de la Roca y del Gobierno británico, que más que informar oportunamente y de la forma adecuada, han provocado preocupación y alarma entre la población del Campo de Gibraltar,
«R. Considerando que, según las propias informaciones de los técnicos militares y civiles, la avería del reactor nuclear es mucho mayor de lo evaluado inicialmente por estos mismos técnicos, por lo que su reparación es más compleja, lo que aumenta el riesgo y somete de forma innecesaria a la población de la zona a un alto riesgo de contaminación,
«S. Considerando que el propio proceso de reparación añade un riesgo asociado a los que suponen el desagüe parcial del circuito primario, la apertura del compartimento del reactor, el traslado y almacenamiento de los residuos radiactivos, la seguridad del combustible nuclear y la reparación propiamente dicha de la conexión dañada,
«T. Considerando que los riesgos de llevar a cabo el hipotético proceso de reparación en Gibraltar no sólo se derivan de la reparación, sino también de la posterior puesta en marcha y de la realización de pruebas estáticas y dinámicas en la bahía de Algeciras,
«1. Pide que se suspenda inmediatamente (o no se inicie), cualquier operación de reparación en el reactor nuclear;
«4. Insta al Gobierno del Reino Unido a que la calificación del puerto de Gibraltar vuelva a ser Z, es decir, no apropiado para la reparación de buques de propulsión nuclear;
«5. Solicita que, una vez que las condiciones climáticas lo permitan, el Tireless sea trasladado urgentemente y en las condiciones técnicas oportunas a su base del Reino Unido para su posterior reparación;
«6. Alerta sobre la situación de los submarinos nucleares británicos de la clase TIPHOM, que han sido llamados a puerto por presentar defectos de fabricación y, presumiblemente, fatiga en los materiales del reactor nuclear;
«7. Insta a todas las naciones que posean submarinos nucleares a que reconsideren los peligros de este tipo de sistemas de propulsión, no sólo por los riesgos ecológicos que entrañan, sino también por la amenaza que estos sistemas de armamento suponen para la paz mundial;»
Sin embargo, hay más casos de incidentes graves de submarinos nucleares en aguas jurisdiccionales españolas:
El Comandante Justin Codd se declaró culpable de arriesgar el submarino nuclear inglés HMS Ambush durante el curso de entrenamiento en aguas españolas próximas a Gibraltar en el año 2016.
Su negligencia a punto estuvo de causar un desastre nuclear en España, como se puede ver en esta noticia que apareció en prensa inglesa:
«El comandante del submarino nuclear ‘no vio la pelota’ antes de la colisión».
Este submarino nuclear inglés Ambush violó los protocolos internacionales al navegar sumergido pues la convención del Mar prohíbe a los submarinos desplazarse bajo superficie en las dos millas del mar territorial, como se puede leer en esta noticia:
«Accidente en Gibraltar: el Ambush violó los protocolos internacionales al navegar sumergido».
Por su parte en el 2012 el submarino nuclear estadounidense USS Oklahoma City chocó gravemente contra una embarcación de superficie, un petrolero propiedad de una compañía naviera noruega, cuando se elevaba a la profundidad de periscopio cerca de Gibraltar en aguas jurisdiccionales españolas, como se puede ver en prensa estadounidense:
«El buque colisionado por el submarino estadounidense era un petrolero».
Finalmente hay que recordar que el submarino nuclear USS Georgia que acaba de entrar en Gibraltar tuvo un accidente nuclear en 2003 con un misil nuclear Trident que tuvo un corte de 9 pulgadas que dañó el cono y estuvo a pulgadas de golpear una de sus múltiples ojivas, como se puede leer en su historial en el siguiente enlace:
«Tras el regreso del Georgia a la Instalación de Armas Estratégicas del Pacífico (SWFPAC), sufrió un accidente en el que se vio involucrado uno de sus misiles Trident I C4. Según un informe del Washington Times fechado el 11 de marzo de 2004, el 7 de noviembre de 2003, mientras el SLBM estaba siendo sacado de su tubo por una grúa, el cono de la nariz golpeó una escalera que se había dejado por error dentro del tubo. El impacto provocó un corte de 9 pulgadas que dañó el cono y estuvo a punto de golpear una de las múltiples ojivas del misil bajo la cubierta metálica. Tras el incidente, el oficial al mando del SWFPAC fue relevado del mando».
RIESGO NUCLEAR DE ESPAÑA POR LOS SUBMARINOS NUCLEARES
Es evidente que el tránsito de submarinos nucleares por el Estrecho de Gibraltar y su escala y reparación en la colonia británica de Gibraltar son un gravísimo riesgo de seguridad nacional para España.
La situación actual es todavía más alarmante para España porque además de sufrir un apagón informativo interno, el riesgo se acrecienta por el gravísimo contexto internacional de la guerra en Ucrania.
En este sentido es muy importante un esfuerzo de información a la opinión pública española de esta situación de alto riesgo, como prueba de madurez democrática de nuestra Nación, un ejercicio de transparencia para conocer cuáles son los planes e informes de España ante este tipo de riesgos nucleares, así como de los datos de los que se tiene hasta el momento y el intercambio de información con las autoridades británicas y comunitarias.
La Directiva 89/618/Euratom del Consejo de la Unión Europea, de 27 de noviembre de 1989, establece claramente el derecho a la información de la población sobre medidas de protección sanitaria y comportamiento a seguir en caso de emergencia radiológica.
Es por ello que el 15 de abril de este año he solicitado al Consejo de Seguridad Nuclear, dependiente del Ministerio de Industria, una seria de información y documentación a este respecto, porque entiendo que los españoles tenemos derecho a saber a lo que nos exponemos.
Considero un gravísimo error de comunicación el silencio de las autoridades españolas al respecto de la actual acumulación de submarinos nucleares angloamericanos en el Sur de España, lo que precisa de un esfuerzo por parte de los ciudadanos en conocer lo que nos quieren ocultar y del riesgo que conlleva para nuestra seguridad nacional, algo que debería ser el interés supremo de cualquier gobernante en España.
La OTAN nos podría estar poniendo en la diana de un potencial riesgo atómico para España y eso es algo que los españoles merecen conocer al objeto de exigir a nuestras autoridades que actúen decididamente para su mitigación.
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