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Los partidos políticos han conquistado y colonizado las Administraciones Públicas de una manera clara y notoria desde la Transición, algo lógico si se atiende al artículo 6 de la Constitución, que determina que los partidos políticos son el instrumento fundamental para la participación política, quedando excluidos aquellos sujetos que no intervengan por medio de partidos políticos, ya que solamente esas formaciones pueden aportar las herramientas necesarias para alcanzar altos cargos del poder ejecutivo y del poder legislativo. Todo ello ha afectado negativamente al funcionamiento de las Administraciones Públicas, que deben ser consideradas como entramados organizativos que sirven como medio técnico a los Gobiernos nacional y autonómicos para alcanzar sus fines políticos, que, lamentablemente, no han incidido de manera beneficiosa en la actividad administrativa.

 

Ciertamente, se establecen unos principios de actuación de las Administraciones Públicas en la Constitución y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, cuyo artículo 3 establece que las Administraciones Públicas sirven con objetividad los intereses generales y actúan de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Constitución, a la Ley y al Derecho, añadiendo que deberán respetar en su actuación y relaciones los siguientes principios: a) servicio efectivo a los ciudadanos; b) simplicidad, claridad y proximidad a los ciudadanos; c) participación, objetividad y transparencia de la actuación administrativa; d) racionalización y agilidad de los procedimientos administrativos y de las actividades materiales de gestión; e) buena fe, confianza legítima y lealtad institucional; f) responsabilidad por la gestión pública; g) planificación y dirección por objetivos y control de la gestión y evaluación de los resultados de las políticas públicas; h) eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados; i) economía, suficiencia y adecuación estricta de los medios a los fines institucionales; j) eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos; y k) cooperación, colaboración y coordinación entre las Administraciones Públicas. Todos estos principios deben inspirar la actividad administrativa, pero rara vez se pueden apreciar en la realidad.

Como ha podido comprobarse a lo largo de este año, la política ha salido a la palestra todos los días por los enfrentamientos generados en torno al Covid-19, que ha revelado como no se respetan principios tan básicos como los de economía y racionalización. Otros cuya aplicación sería muy útil, como sucede con los planificación, eficiencia, confianza legítima y cooperación y colaboración, no se han podido vislumbrar en situaciones como las generadas por la controversia entre el PP y el PSOE por la gestión del Gobierno nacional primero y la gestión del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, ya que primero fue el PP el que utilizó los errores de Pedro Sánchez y sus ministros para atacar al PSOE y, finalmente, el Gobierno nacional ha aprovechado errores de Isabel Díaz Ayuso en Madrid para atacar al PP e intentar provocar que Pablo Casado quede retratado.

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Los políticos tienen que cambiar mucho en su forma de pensar y en sus modos de obrar, que son mayormente egoístas, para que las Administraciones Públicas puedan evolucionar adecuadamente. Mientras tanto, habrá que ver como los líderes de los principales partidos políticos se centran en sus disputas olvidándose del deber que tienen para con los ciudadanos, cuyos problemas deberían ser un asunto prioritario para los dirigentes públicos.

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REDACCIÓN