21/11/2024 13:10
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ESTE TÍO NO SE VA NI CON ELECCIONES NI SIN ELECCIONES…

y el escándalo de la compra de votos lo está confirmando, aunque sólo haya salido a la luz el iceberg del gran fraude
***

Y por si acaso, controla la Junta Electoral Central y las 17 Juntas Electorales Autonómicas para defender sus intereses
Jamás se irá, habrá que echarlo. Pues solo se irá como se fue Alfonso XIII, antes de que saliera el sol, dejando atrás a la familia y carretera adelante hacia Cartagena…y miles de españoles gritando por las calles: “El Rey no se ha ido, que lo hemos echao”. Pues, que lo sepa el hoy triunfante Núñez Feijóo y todos los que ya dan por perdido a Pedro Sánchez, que a este caballero no habrá quién le eche de la Moncloa por el camino de las urnas. Este señor cree en las urnas lo que creyó en su momento Francisco Largo Caballero: “Si las urnas nos dan el Poder, aceptaremos las urnas, pero si las urnas no nos dan el Poder, acabaremos con las urnas y tomaremos el Poder por la vía revolucionaria”. Por tanto, no lancemos las campanas al vuelo. Mientras Sánchez esté en el Poder y tenga la llave de la caja y del Boletín Oficial del Estado y domine los Ejércitos y domine los Tribunales… y lo domine todo, como lo domina hoy, sobre todo el Constitucional y la Junta Electoral Central, será difícil echarle. Al tiempo.

Así está compuesta la Junta Electoral Central y su cometido es este:

Competencias de la Junta Electoral Central

Las funciones que, en cumplimiento de su fundamental misión de velar por la transparencia y objetividad del proceso electoral, desarrolla la Junta ElectoralCentral, son, entre otras, las siguientes:

 Dirigir y supervisar la actuación de la Oficina del Censo Electoral.
 Informar los proyectos de disposiciones que en lo relacionado con el censo electoral se dicten en desarrollo y aplicación de la presente Ley.
 Cursar instrucciones de obligado cumplimiento a las Juntas Electorales Provinciales y, en su caso, de Comunidad Autónoma.
 Resolver con carácter vinculante las consultas que le eleven las Juntas Provinciales y, en su caso, las de la Comunidad Autónoma.
 Revocar de oficio en cualquier tiempo o, a instancia de parte interesada,
dentro de los plazos previstos en el artículo 21 de esta Ley, las decisiones de las Juntas Electorales Provinciales y, en su caso, de Comunidad Autónoma, cuando se opongan a la interpretación de la normativa electoral realizada por la Junta Electoral Central.
 Unificar los criterios interpretativos de las Juntas Electorales Provinciales y, en su caso, de Comunidad Autónoma en la aplicación de la normativa  electoral.
 Aprobar a propuesta de la Administración del Estado o de las Administraciones de las Comunidades Autónomas los modelos de actas de constitución de Mesas electorales, de escrutinio de sesión, de escrutinio general y de proclamación de electos. Tales modelos deberán permitir la expedición instantánea de copias de las actas, mediante documentos autocopiativos u otros procedimientos análogos.
 Resolver las quejas, reclamaciones y recursos que se le dirijan, de acuerdo con la presente Ley o con cualquier otra disposición que le atribuya esa competencia.
 Velar por el cumplimiento de las normas relativas a las cuentas y a los gastos electorales por parte de las candidaturas durante el período comprendido entre la convocatoria y el centésimo día posterior a la celebración de elecciones.
 Ejercer potestad disciplinaria sobre todas las personas que intervengan con carácter oficial en las operaciones electorales.
 Corregir las infracciones que se produzcan en el proceso electoral siempre que no sean constitutivas de delito e imponer multas hasta la cuantía máxima prevista en esta Ley.
 Expedir las credenciales a los Diputados, Senadores, Diputados Provinciales y Consejeros insulares en caso de vacante por fallecimiento, incapacidad o renuncia, una vez finalizado el mandato de las Juntas Electorales Provinciales y de Zona.

Y estos son los componentes de la Junta:

Presidente
Excmo. Sr. D. Miguel Colmenero Menéndez de Luarca

Vicepresidentes
Excma. Sra. Dª. María Luisa Segoviano Astaburuaga (Hasta el 09 de Enero de 2023)
Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán (Desde el 14 de Febrero de 2023)

Vocales Magistrados del Tribunal Supremo
Excma. Sra. Dª. Ana María Ferrer García
Excmo. Sr. D. Fernando Pignatelli Meca
Excmo. Sr. D. Andrés Palomo del Arco
Excmo. Sr. D. Pedro José Vela Torres
Excma. Sra. D.ª Concepción Rosario Ureste García
Excma. Sra. D.ª Esperanza Córdoba Castroverde

Vocales Catedráticos de Derecho o de Ciencias Políticas y de Sociología
Excmo. Sr. D. Carlos Vidal Prado
Excma. Sra. Dª. Consuelo Ramón Chornet (Hasta el 30 de Septiembre de 2021)
Excmo. Sr. D. Juan Montabes Pereira
Excmo. Sr. D. José Miguel Serrano Ruiz-Calderón
Excma. Sra. Dª. María Esther del Campo García
Excma. Sra. Dª. Miriam Cueto Pérez (Desde el 21 de Diciembre de 2021)

Secretario
Excmo. Sr. D. Carlos Gutiérrez Vicén

Presidentes del Instituto Nacional de Estadística y Directores de la Oficina
del Censo Electoral
Ilma. Sra. Dª. Elena Manzanera Díaz (Desde el 02 de Agosto de 2022)
Ilmo. Sr. D. Juan Manuel Rodríguez Poo (Hasta el 01 de Agosto de 2022)

Señores, señor Feijóo, y mientras ustedes siguen presentando demandas o denuncias o proyectos el caballero Sánchez se ha ido ocupando de poner hombres de Izquierdas en estas Juntas Electorales que la noche del 28 y los días siguientes pueden ser decisivos porque, según me comentan, más del 70% son hombres de la Izquierda progresista.

Autor

Julio Merino
Julio Merino
Periodista y Miembro de la REAL academia de Córdoba.

Nació en la localidad cordobesa de Nueva Carteya en 1940.

Fue redactor del diario Arriba, redactor-jefe del Diario SP, subdirector del diario Pueblo y director de la agencia de noticias Pyresa.

En 1978 adquirió una parte de las acciones del diario El Imparcial y pasó a ejercer como su director.

En julio de 1979 abandonó la redacción de El Imparcial junto a Fernando Latorre de Félez.

Unos meses después, en diciembre, fue nombrado director del Diario de Barcelona.

Fue fundador del semanario El Heraldo Español, cuyo primer número salió a la calle el 1 de abril de 1980 y del cual fue director.
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2 comentarios
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Carmen

Me preocupa no ver los artículos de don Julio Merino…
¿Está enfermo?
Gracias por la información.

Carmelo

A mi también me gustaría saber si está enfermo, o porque ha dejado de escribir para Ntvespana, pues sus artículos y trabajos eran y son, sencillamente, antológicos…

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