21/11/2024 15:36

Alberto Di Lolli. 08/10/2022, Madrid. Manifestacion contra la ley trans.

Getting your Trinity Audio player ready...

Epicuro apartaba a los que entendían su filosofía como la finalidad del placer, dado que condenaba los placeres disolutos y crápulas, buscando no sentir dolor en el cuerpo ni turbación en el alma, placer bien distinto al de la complacencia y diversión, sino encaminado al equilibrio personal, no olvidando que siendo todo dolor un mal, no siempre hay que rehuir de él.

Viene a cuento lo anterior a tenor de las últimas leyes que se están aprobando en el Congreso de los Diputados, de manera especial la denominada ley Trans. Una ley cuya finalidad es viabilizar que cada cual se sienta como cree que es y no como es, pudiendo moldear su cuerpo a la manera que es impulsado por tal sentimiento. Esto no es más que una huida a la búsqueda del sentirse feliz y, con ello, llegar a un grado de placidez desconocida pero pretendidamente auténtica. Digo pretendida porque una cosa es pensar que se es feliz y otra distinta, serlo.

Según la mayor parte de nuestros legisladores, tanto de izquierda como derecha, conseguir y aprobar una ley trans es motivo de justicia. Una justicia que, según Kelsen, es el aspirar eterno a la felicidad de los seres humanos. Pero, ¿esta justicia actual es justa? No puede ser justa cuando se ataca el orden considerado natural, y cuando violenta la regla de la conducta normal del Hombre. Si el ser humano es un sujeto de derechos y obligaciones y, por tanto, un sujeto que continuamente genera, activa o pasivamente, relaciones contractuales que, según el artículo 1.255 de nuestro Código Civil, no han de ser contrarios a las leyes, a la moral ni al orden público, ¿cómo se aprueba una ley que atenta contra la más elemental moral y contra esas buenas costumbres?

Porque si la justicia trata de evitar el daño, tanto propio como ajeno ¿cómo nuestros legisladores se erigen en dioses que pueden contradecir lo que ha creado la Naturaleza? ¿Cómo se llega a una situación en la que se regula el cambio no ya psicológico, sino incluso físico del cuerpo humano? Estos pequeños dioses están cambiando el origen de lo creado, y ese cambio se produce con un objetivo prioritario: la felicidad del individuo, conseguir el máximo de placer evitando el dolor, y si es posible la muerte.

Pero por evitar un dolor psíquico -que puede ser incluso temporal- la transformación del cuerpo llega a un daño irreversible e irreparable. Los autores de tal daño son los que aprueban este tipo de leyes, pero, quien cae en el camino de propiciar el cambio, y en definitiva, su propio daño, ¿no es tan responsable como aquellos? Digo esto porque se están levantando voces contra la administración que ha permitido -en casos ya hechos públicos- a jóvenes una cirugía de la que luego se han arrepentido o les ha llevado al suicidio.

Hay un aforismo que dice que no se entiende que el que sufre daño por su culpa sufre daño, y si estamos en el ámbito de la responsabilidad, no podemos descartar la responsabilidad de quien ha decidido acomete un cambio antinatural en su cuerpo. Responsable es la sociedad en la que germinan y crecen personas que pueden pensar y aprobar leyes amorales, responsables serán estos de manera personal y sus partidos políticos respectivos, responsables quienes cooperan con la suficiente propaganda y medios económicos a la permisividad y protección legal de esta insensatez, pero responsables por sí mismos y para sí mismos son los que se someten o someterán a un cambio hormonal y amputación de partes de su cuerpo.

A nadie se le obliga a realizarse un tatuaje, pero con ello está dañando su cuerpo, pues si la Naturaleza hubiese querido que naciésemos con ellos vendríamos ya de fábrica con alguno de ellos. Del mismo modo, optar por cercenar el cuerpo es un daño que se hace uno a sí -aunque sea a través de un tercero-, que no puede borrar el arrepentimiento y que este no puede trasladar a terceros. De ahí que, el primer paso que estos legisladores habrían de haber dado es el de dotar con la mayoría de edad a quien opte por tal cambio, mayoría de edad que se debe presumir desde el mismo momento en que se somete al tratamiento, porque sus padres no pueden ser responsables actuales ni futuros si no apoyaron tal decisión. La norma no puede someter a los padres a una curatela de por vida de un hijo a quien la ley le dotó de una libertad inusitada, pero al que no le carga con la debida responsabilidad de sus actos.

LEER MÁS:  Juicios Nueva Rumasa: Justicia Terrena versus Justicia Divina. Por Ignacio Fernández Candela

Cuando se beneficia a un individuo se está perjudicado a otro, en palabras también de Epicuro, de ahí que favorecer a quien busca ser quien no es, es un perjuicio también a la sociedad a la que no se le puede cargar los resultados futuros de gentes actuales a los que la Naturaleza no les ha datado de la opción de un cerebro inteligente.

Autor

Luis Alberto Calderón
Suscríbete
Avisáme de
guest
0 comentarios
Anterior
Reciente Más votado
Feedback entre líneas
Leer todos los comentarios
0
Deja tu comentariox