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El Juzgado de 1ª Instancia nº 48 de Madrid ha admitido a trámite la demanda de Juan Antonio Escudero Muñoz a El País.
El Sr. Escudero actúa en nombre propio y del movimiento denominado Expediente Royuela, demandando a El País por el artículo con titular: “El Bulo del Expediente Royuela”, publicado en El País el 10 de noviembre de 2020.
La demanda invoca la Ley 2/1984, de 26 de marzo, de Derecho de Rectificación, incorporando un burofax donde el demandante exige a El País que rectifique su noticia falsa y este ni lo hace ni responde.
En la demanda se cita el siguiente texto de este burofax: “En relación con la noticia aparecida el pasado 10 de noviembre en esta misma sección bajo el título > El bulo del expediente Royuela, firmado por el periodista de este diario, Miguel Gonzalez, la Dirección de “El País” se retracta públicamente de algunas de las manifestaciones vertidas en el mismo por no ser en absoluto ciertas y por no haberse confrontado debidamente con otras fuentes solventes”.
Se pide que El País publique que: “No tenemos absolutamente ninguna constancia de que sea un Bulo por tanto en cuanto no hemos comprobado si la documentación que según este expediente incrimina a un buen número de fiscales y cuerpos de seguridad en diferentes delitos incluidos el de asesinato, es auténtica o no”.
Se añade que: “No podemos llamar secta a las personas que participan en la difusión de este expediente, pues no hemos entrevistado a ninguna, ni se les puede llamar como tal sin que se haya comprobado el punto anterior”.
También se dice que: “A diferencia del movimiento estadounidense Qanum, que no tienen una cara visible […] El Expediente Royuela por el contrario, si tiene una cara visible”.
“Cuarto.- En lo referente a que se acusa sin pruebas, en realidad este medio no puede pronunciarse porque de hecho aporta más de 30.000 documentos, […], otra cosa es que nuestro diario no haya comprobado la autenticidad de esta documentación. Pero en ningún caso podemos decir que sea falsa y mucho menos que acusen sin pruebas”.
En la demanda se refiere parte del contenido de este artículo, como: “España tiene su propio Qanom, la secta estadounidense que propaga por Internet una teoría conspiranoica” “y acusa sin pruebas a un grupo de fiscales y funcionarios de las fuerzas de seguridad”.
En la demanda se califica el artículo como “noticia completamente falsa, insostenible y demostrable en su esencia”, “de un inaceptable desprecio a la verdad, no solo reprochable periodísticamente, sino incluso reclamable penalmente”, “roza sin embargo lo malicioso y el indicio manifiesto de difamación”.
En la demanda se dice que el artículo “hace expresa referencia en este articulo también, a las plataformas que nos dedicamos a la divulgación de esto que él llama ‘Bulo’, ‘El Bulo del expediente Royuela’. Unas cuarenta plataformas calcula el periodista firmante de la noticia […] “certificado por informe del CNI”. “Las webs que difunden este bulo están bajo el radar del Observatorio Digital del Centro Criptológico Nacional (CCN), dependiente del servicio secreto CNI”.
En la demanda se concluye diciendo: “¿qué prueba mayor puede aportarse cuando se trata de señalar manuscritos cuyo contenido revelan incontables delitos por quienes lo suscriben?… ¿que aportar tres pruebas periciales de tres diferentes peritos, y más de 100 diligencias iniciadas, por la presidenta del Tribunal superior de Justicia de Cataluña, María Eugenia Alegret Burgués, en base a estas periciales?”, cabe añadir que con estas diligencias de investigación, la Fiscalía de este TSJ encontró pruebas de más de trescientos asesinatos que no estaban documentados.
También se aporta documentación del Procedimiento ordinario 3/20265 del 2006 interpuesto ante el Tribunal Supremo que forma parte de las denuncias de la familia Royuela contra la metamafia funcionarial referida en el Expediente.
La demanda también se interpone en representación de la familia Royuela y fue registrada en el Juzgado el día 1 de diciembre de 2020 y está siendo tramitada en el Juicio Verbal (Derecho de rectificación – 250.1.9) 69/2021-P.
Mediante Cédula de citación del 28 de enero de 2021, se informa que el juicio se celebrará el 5 de mayo de 2021 a las 9,40 horas en la Sala 1.1 sita en la primera planta de la C/ Rosario Pino nº 5 de Madrid.
Se adjunta la demanda y la citación judicial.
Confiamos que los medios se hagan eco de este asunto por su trascendencia en dos sentidos: la importancia del Expediente Royuela y para poner freno a estos totalitarios y decadentes Ministerios de la Verdad (EL País y el CCN del CNI si fuera cierto), creadores o impulsores de la post-verdad.
Les mantendremos informados del sorprendente devenir procesal contra esta descarada manipulación mediática.
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