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El 23 de octubre de 2019, el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea aprobaron la DIRECTIVA (UE) 2019/1937 relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.

El artículo 28  establece que “entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea”. Fue publicada el 26 de noviembre de 2019, por lo que estaba en vigor desde el 16 de diciembre de 2019.

Desde entonces, numerosos denunciantes de corrupción han hecho público que han sido condenados como represalia, vulnerando esta DIRECTIVA. La mayoría de los medios han informado de estos actos de corrupción judicial.

El artículo 26 de esta DIRECTIVA dispone que los Estados miembros la transpondrán “a más tardar el 17 de diciembre de 2021”. Sólo Malta, Portugal y Suecia, han cumplido esta fecha. Esta unanimidad de las grandes economías europeas y de la mayoría de los miembros, deja en evidencia que en la Unión Europea la defensa de la corrupción es la prioridad institucional.

Recordemos que la Oficina Europea de Estadística (Eurostat) publicó en 2018 que la corrupción en Europa era de un 4,8% del PIB, alcanzando casi el 8% en España. La corrupción es la mayor industria en la Unión Europea, tanto por beneficios como por poder, teniendo en cuenta que la mayoría de la corrupción la cometen las autoridades públicas.

A pesar de ello, en el Barómetro del CIS de enero de 2022, la corrupción ocupaba el puesto número catorce para los españoles, poco más de un 10% de los tres problemas principales que, como es lógico, están ocasionados por la corrupción. Sólo un 1,6% de la población considera que la corrupción es el principal problema. La tolerancia generalizada a la corrupción institucional es el mayor problema español y deriva del alto nivel de corrupción en toda la sociedad que han conseguido las instituciones.

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En el informe del Grupo de Estados Contra la Corrupción (GRECO) del Consejo de Europa de 2019, se dice: “Desde 2014 se está preparando en el Parlamento una proposición de Ley contra la Corrupción y la Protección de Denunciantes”. Cabe decir que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), también del Consejo de Europa, nunca ha condenado a España por vulnerar los dos convenios (civil y penal) contra la corrupción del propio Consejo de Europa.

La decadencia europea, reconocida oficialmente en 2010, es la consecuencia de la corrupción institucional.

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REDACCIÓN