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Según informa El País la candidatura presentada por Falange Española de las JONS a las elecciones autonómicas de Madrid ha sido impugnada ante la Junta Electoral Central.
la asociación de abogados Drets (”derechos”, en catalán) ha remitido sendos escritos a la Junta Electoral Central y a la de Madrid para que anulen la candidatura de Falange Española, invocando las facultades que la ley orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) concede a esos organismos.
La asociación de abogados alega que, de acuerdo con la doctrina de la Junta Electoral Central en un supuesto de esta naturaleza, le corresponde actuar de oficio, pues los mencionados candidatos están incursos en “causa de inelegibilidad”. El escrito se remite al artículo 6.2 de la ley electoral, que prevé que no son elegibles “los condenados por sentencia firme, a pena privativa de libertad, en el período que dure la pena”.
La denuncia subraya que los dos condenados por el Supremo “ni podían formar parte de la lista proclamada como candidatos, ni dicha lista podía proclamarse” con ellos entre sus integrantes. Se cita además que, de acuerdo con el mismo texto legal, la lista de Falange “ya no se halla en período de subsanación, por lo que procede tenerla por no proclamada, anulando dicha proclamación y excluyendo la candidatura de las elecciones a la Comunidad de Madrid”. Lo que se le pide a la Junta Electoral Central es que ordene a la Junta Provincial de Madrid que tenga por no proclamada la candidatura, y, a la Junta Electoral de Madrid, que actúe con la mayor celeridad, sin necesidad de esperar a recibir las citadas instrucciones.
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