21/09/2024 09:27
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Pablo Linares Clemente , con DNI xxxxxxxxx, con domicilio a efectos de notificaciones en la Calle xxxxxxxx de Madrid, código postal 28000 , efectúa las siguientes indicaciones en relación a la modificación de la Ley 52/2007 de Memoria Histórica que está ahora en trámite de consulta pública, en el sentido de la propuesta de Ley de Memoria Democrática, conforme a su objetivo de fomentar la cohesión y solidaridad entre las diversas generaciones de españoles en torno a los principios , valores y libertades constitucionales , promoviendo la reparación moral de quienes padecieron persecución o violencia por razones políticas, ideológicas o de creencia religiosa , durante la guerra civil . 
En relación a lo anterior, quería formularles unas preguntas de las que estoy seguro el gobierno del Reino de España tiene fácil respuesta:
 
1.- ¿Va a procederse a la búsqueda del lugar de enterramiento y posterior exhumación con el fin de dar digna sepultura a aquellos combatientes caídos en combate, cuyos restos según documentación oficial «no fue posible recuperar» y cuyas familias pidieron buscar en su día con el fin de proceder al traslado de sus restos al Valle de los Caídos? Si la respuesta por parte del gobierno es positiva a este respecto, como por otra parte nunca debiera de dejar de ser, ¿procederá el gobierno el traslado de sus restos al Valle de los Caídos en atención al deseo expresado en este sentido por sus familias en su día?
 
Nos referimos a:
 
30 Alféreces
6 Alféreces provisionales
4 Alféreces capellanes
6 Brigadas
338 Cabos
46 Capitanes
20 Comandantes
7 Cornetas
4 Coroneles
99 Sargentos
1298 Soldados
50 Tenientes
7 Tenientes Coroneles
18 Marineros
46 Falangistas
2 Flechas Navales
4 Requetés
32 Sacerdotes
6 Tenientes de la Guardia Civil
4 Capitanes de la Guardia Civil
2 Comandantes de la Guardia Civil
4 Alféreces de la Guardia Civil
6 Cabos de la Guardia Civil
2 Brigadas de la Guardia Civil
52 Guardias Civiles
5 Policías
 
 
2.- ¿Tiene intención el gobierno de buscar, localizar y exhumar los restos de los 2062 afiliados y/o simpatizantes de partidos de derechas represaliados por el frente popular cuyas familias solicitaron en su día el traslado de sus restos al Valle de los Caídos, cuestión ésta perfectamente documentada y acreditada y que no pudo producirse al desconocerse el lugar de enterramiento de todos ellos?
 
3.- En relación a las peticiones familiares de traslado de restos de combatientes y represaliados al Valle de los Caídos que en su día no pudieron ser satisfechas al compartir los restos cuyo traslado se pretendía espacio en fosa común con otros caídos cuyas familias no otorgaron su permiso y por tanto automáticamente hacía inviable el traslado solicitado, ¿va a destinar el gobierno los fondos necesarios para identificación forense mediante examen de ADN de los restos de dichas fosas y, de este modo individualizar los restos cuyas familias quería proceder a su traslado al Valle de los Caídos y proceder al citado traslado?
 
3.- En relación a las subvenciones que se tiene previsto otorgar a asociaciones únicamente creadas para la localización y exhumación de restos, ¿va a existir control económico por parte del Gobierno para garantizar el buen uso de los fondos públicos que se destinen a tal fin?, ¿va a conservar la ciudadanía los derechos que le otorga la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno con el fin verificar las subvenciones otorgadas y el uso que se le da a las mismas por parte de los beneficiarios de las mismas ?
4.- Respecto a las exhumaciones de restos del Valle de los Caídos, ¿va a obviar el gobierno del Reino de España los derechos que sin duda tienen las familias de aquellos caídos, de uno y otro bando, inhumados en los osarios del Valle de los Caídos, y que ya pusieron de manifiesto por escrito ante Patrimonio Nacional su tajante NEGATIVA de permiso ante cualquier manipulación, traslado y practica forense de tipo alguno en los restos de sus familiares que allí reposan en Paz?
 
Pablo Linares Clemente

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REDACCIÓN