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El Ayuntamiento de Pedrezuela celebró el pasado 27 de abril un pleno extraordinario, que por primera vez y debido a la crisis sanitaria del Covid-19 se realizó en directo a través de videoconferencia.

Uno de los puntos que requerían tratarse era el Plan económico-financiero 2020-2021, que se presentó en dicha sesión y que fue aprobado con los votos a favor de Podemos-Somos Vecinos, PSOE y PP. Se abstuvieron Ciudadanos y Vox. La ejecución del presupuesto municipal aprobado para 2019 ha puesto de manifiesto el incumplimiento del objetivo de Estabilidad Presupuestaria, uno de los tres fijados en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF). Las cuentas del Ayuntamiento sí cumplen con los objetivos de Regla de Gasto y con el límite de Deuda Pública.

De acuerdo con lo establecido en la LOEPSF en su artículo 21, en caso de incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, del objetivo de deuda pública o de la regla de gasto, las entidades locales deben formular un plan económico-financiero que permita alcanzar en un año el cumplimiento de los objetivos fijados en dicha ley.

Por ello, el Ayuntamiento de Pedrezuela ha elaborado y aprobado un Plan Económico y Financiero 2020-2021, que además de corregir esta desviación, ha servido para analizar los problemas en la gestión económica y poder implementar medidas que mejoren la administración del consistorio. Dada la crisis social y económica provocada por los efectos del Covid-19, este Plan va a servir para contrarrestar los efectos que pueda tener en las cuentas. Cabe recordar que el consistorio ha retrasado los periodos voluntarios de pago de tasas e impuestos municipales para ayudar en lo posible a la ciudadanía, dada la situación laboral en la que nos encontramos.

Uno de los motivos que han conducido al incumplimiento de este objetivo exigido por ley se encuentran en el incremento de las inversiones financieras sostenibles en 2019 por un importe de 535.974,20 euros, que fueron financiadas con el remanente de Tesorería para gastos generales del ejercicio 2018, así como el incremento de los gastos en el capítulo 1 y 2 de los presupuestos.

El otro factor desencadenante es la alta morosidad de pagos de impuestos y tasas que sufre el Ayuntamiento de Pedrezuela, y que alcanza los cerca de 3 millones de euros. Todo ello origina un desajuste financiero, según los criterios de contabilidad nacional y que se mantiene a lo largo de los ejercicios.

Por tanto, el documento aprobado recoge medidas encaminadas a corregir estos factores, entre ellas, cabe destacar el establecer procedimientos que mejoren la recaudación efectiva de los impuestos y de las tasas municipales y reforzar los servicios de inspección y recaudación, tanto voluntaria como ejecutiva para reducir la morosidad.

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Otra de las medidas va a ser reducir los gastos de los capítulos I y II, correspondientes a gastos de personal y ordinarios respectivamente y que no se consideren imprescindibles para el mantenimiento y funcionamiento de los servicios municipales, además de una revisión de las inversiones del capítulo VI para ajustarlas a las necesidades reales.

También el equipo de Gobierno implementará otra metodología para la elaboración de los Presupuestos anuales, que se basará en los resultados y en las inversiones reales para su composición, y que se aplicará también en la correcta ejecución del mismo.

Bonificaciones en el suministro del agua

En el pleno también se aprobó la modificación de la ordenanza que regula las tasas del servicio de suministro del agua para incluir bonificaciones en los suministros de viviendas habituales. La modificación se aprobó con los votos a favor de Podemos-Somos Vecinos, PSOE, PP y Ciudadanos. Vox se abstuvo. Estos serían los casos subvencionables:

● Familias numerosas de clase general (menos de 4 personas) percibirán una reducción en las tarifas en las partes variables de los segundos tramos de consumo.

● Familias numerosas especiales (de 5 a 7 personas) o viviendas habitadas por más de 7 personas, además de las recogidas en las anteriores se les aplicará otra tarifa más favorable en la parte variable de la factura en el tercer tramo hasta un máximo de consumo de 20m3 por bimestre.

● Aquellas familias que acrediten la imposibilidad de hacer frente a los pagos estarán exentas del pago de la cuota variable y tendrán una bonificación del 50% en la tarifa fija.

● Aquellas personas que perciban una pensión de viudedad menor de 14.000 euros brutos anuales tendrán derecho a una bonificación del 50% en la cuota fija.

Bonificaciones para afectados por el Covid-19

Se incluyeron también, en esta modificación, las bonificaciones extraordinarias en el suministro del agua para paliar los efectos del Covid-19, que son las mismas que está aplicando el Canal de Isabel II.

Estas van destinadas por un lado a usos comerciales, industriales, así como a los suministros destinados a protección contra incendios asociados a los dos usos anteriores. En este caso los beneficiarios son los autónomos, pymes o empresas usuarias de tomas destinadas a los usos indicados que se encuentren afectados por la suspensión de actividad de su negocio o reducción significativa de la misma consecuencia de la situación del estado de alarma, del 14 de marzo. Para ello se tienen que dar los siguientes supuestos:

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● Reducción de la facturación mensual de un 30% en relación al promedio del semestre anterior al decreto del estado de alarma.

● Esta reducción mensual del 30% de la facturación debe comprender el periodo entre el inicio del estado de alarma y los tres meses siguientes.

Y en estos casos se bonificará:

1. El 100% de la parte fija de la tarifa o cuota de servicio, desde la fecha de entrada del estado de alarma y mientras esté vigente.

2. 50% de la parte fija de la tarifa o cuota de servicio desde la fecha de finalización del estado de alarma y durante un período de seis meses.

3. El 25% de la parte fija de la tarifa o cuota de servicio, desde la fecha de finalización del período anterior y durante un período adicional de seis meses.

Por otra parte, también se beneficiarán de bonificación en su vivienda habitual los trabajadores afectados por un ERTE y que no reciban complemento salarial adicional distinto a la prestación por desempleo, así como los trabajadores autónomos que se hayan visto afectados por el Covid-19 y que cumplan con los siguientes requisitos:

1. Ser perceptores de la prestación extraordinaria por cese de actividad debido al estado de alarma.

2. Que la renta del conjunto de su unidad familiar posterior a la entrada en vigor del estado de alarma, no excede de 2,6 el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiple, lo que equivale a 14 pagas de 1.400 euros.

En este caso la bonificación consistirá en el importe total de la parte variable de la factura para consumos de hasta el 25 m3/bimestral y del 50% de la parte fija de la facturación. Y se aplicará mientras dure el estado de alarma y durante un periodo mínimo de tres meses, y será compatible con la bonificación por familia numerosa o vivienda numerosa.

Autor

REDACCIÓN