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Finalizada la Segunda Guerra Mundial, los Países vencedores optaron por hacer algo diferente a cualquier otro final de una guerra de la escala y la voracidad destructiva de esta. Quizás como venganza del «pueblo elegido», quizás porque la democracia tiene eso: muy buenas palabras, pero los hechos a veces contrarios a los mismos. Cuando la Guerra ya estaba ganada y solo era cuestión de tiempo la caída Alemania, los británicos siguiendo el ejemplo de lo que ellos mismos habían hecho en España durante las Guerras Napoleónicas, se cebaron con la población civil destruyendo ciudades como Dresde o todo tipo de necesarias instalaciones industriales o logísticas, de las que no dejaron ni el polvo, mientras sus hijos, los yankees, lanzan dos bombas atómicas sobre Japón, con los aterradores efectos que ya conocemos. Como decía antes, de forma innecesaria visto desde los ojos de un historiador, pero según ellos necesario para ahorrarse bajas propias.
Después de ambas capitulaciones, Japón y Alemania, se procedió a juzgar a los que ellos consideraron responsables de lo que se llamó: «crímenes de guerra» y, que habían evaluado y considerado como tales los vencedores. No pretendo yo ahora negar lo sucedido, ni mucho menos, pero crímenes de guerra hubo en ambos bandos, véase por ejemplo la entrega de los combatientes prisioneros de los británicos, que procedían del Este de Europa, al «padrecito Stalin». Conociendo perfectamente el aficionado a los licores espirituosos y premier británico, Mister Churchill, su futuro. Lo cierto es que fueron torturados y sacrificados como ganado, ellos y sus familias, sin ningún miramiento por parte de los comisarios políticos y con eso sí, los aliados occidentales mirando para otro lado.
Como aviso a navegantes y tras juzgar a los malos de esta historia, ya «muy venidos arriba» los aliados democráticos, decidieron crear unas leyes con el mismísimo nombre del lugar donde se celebraron los juicios a los vencidos. En estas leyes, quizás con buena intención, quizás por «haberse venido muy arriba», como decía antes, se describían y valoraban los delitos de los que se acusaba a los que bien: directamente ahorcados, bien con largas penas de prisión, habían pagado por lo que en las sentencias de los citados juicios. Se sentaba pues jurisprudencia y por lo tanto y de cara al futuro de dejaba muy claro lo bueno y lo malo y cuando alguien, sobretodo amparado en la representación de un «ente» o autoridad política», que actuase contra la población, bien en guerra o bien en la paz.
De cara al futuro ya quedaba claro que era delito, como se llegaba a proponer o planificar el mismo, hacer, realizar o cualquier otro evento respecto al mismo y a lo que sucediera en el futuro. En lugar de la definición de «Ley» se propuso la de Estatuto que servía para diferenciar a «las leyes nazis» de las que los aliados imponían tras crear jurisprudencia internacional por los citados juicios anteriormente nombrados. En definitiva, y además de lo anterior, eran la respuesta a las «leyes de Núremberg del 15 de septiembre de 1935», de las que les acabo de hablar. Las nuevas leyes llevaron el nombre: Los Principios de Núremberg, y son un conjunto de directrices que sirven para determinar qué constituye un crimen de guerra, un crimen contra la humanidad y contra la paz. Estos principios fueron refrendados por las Naciones Unidas y son de obligado cumplimiento para las naciones que en esta Organización están integradas.
El pasado desaparece, y llegan el presente y el futuro y aquí nos encontramos conque la situación actual de guerra psicológica y bacteriológica, o quizás en diferente orden, se esta imponiendo en todo el mundo y son precisamente los garantes de esos principios humanitarios, descendientes de los que tanto han cacareado la opresión y la injusticia nazi, los que parece ser que no se han leído los mismos. No digo ya que los cumplan, porque cumplir leyes, normas o principios por los gerifaltes de Bruselas, Washington o Pekín, no creo que sea lo habitual, aunque ellos pregonan a los cuatro vientos lo contrario. Pero la misión de la prensa , es decir los medios libres de comunicación, es recordarlo. Por eso este humilde plumilla se lo va a recordar.
Ursula Gertrud von der Leyen, nacida como Ursula Gertrud Albrecht, debo aquí decirles, por si lo desconocen, que en ciertos países no católicos, sino de mayoría protestante o de iglesias reformadas, es costumbre o práctica habitual, que las mujeres al casarse cambien su apellido por el de su cónyuge. Y este es el caso de nuestra protagonista, que en su momento, al casarse con Heiko Echter von der Leyen, así lo hizo. Dirán ustedes que que pinta el marido en este asunto de leyes y derechos humanos, mi respuesta es que mucho, como a continuación les comentaré en próximos apartados. Esta señora, de alguna manera debo llamarla, que se dedicó inicialmente a estudiar arqueología, para acabar en la facultad de medicina, encontró su verdadera vocación en la política. Concretamente en La Unión Demócrata Cristiana de Alemania. Como pueden ver es cristiana en origen, aunque parece ser que sus convicciones religiosas han variado tanto, como sus inclinaciones dentro del estudio cultural y profesional. Y en cuanto a la política, como buen médico, acabó siendo ministro de Defensa de Alemania.
Su fulgurante carrera la hizo ser nominada a enfrentarse contra Ángela Merkel por ser la mandamás de Alemania, aunque otras fuerzas importantes la propusieron para dirigir la OTAN. Aunque, acabó siendo ministra de varias cosas, todas ellas muy patrióticas, familiares, cristianas y muy alemanas. En fin, como era de esperar, ella aspiraba a más grandes empresas y sin más terminó siendo la presidenta de la Comisión de la Unión Europea. Me llaman conspiranoico, pero creo que «los mandiles» no andan lejos de este nombramiento. Pero volviendo a la interesada, y nunca mejor dicho, llegó la Pandemia y las acciones urgentes y radicales a tomar, que han llamado y dirigido la atención hacia ella. Y aquí entra en juego Heiko Echter von der Leyen, importante profesor y médico, que procede de la familia Von der Leyen, una familia de la baja nobleza alemana, «mercaderes e industriales» de seda que construyeron un importante negocio textil en Krefeld.
Heiko, es profesor en la Hannover Medical School, una especie de sucursal de la Universidad de Stanford en Alemania, todos conocen la íntima relación de esa Universidad y Silicon Valley, es decir y de rebote, Gates y asociados. También Heiko, como investigador médico, tiene una especial relación con los más importantes laboratorios farmacéuticos, aquellos que curiosamente patrocinan, investigan, fabrican y distribuyen las más importantes vacunas, incluida «ya saben ustedes cual».
Y aquí es donde entramos en Núremberg. Concretamente en sus principios, que no en su desarrollo, números SEIS Y SIETE:
-La planificación, preparación, iniciación o comienzo de una guerra de agresión, o una guerra que viole los tratados internacionales, acuerdos o promesas.
La participación en un plan común o conspiración para el cumplimiento de cualquiera de los actos mencionados en lo anterior.
-Las violaciones de las leyes o costumbres de la guerra que incluyen, pero no están limitadas a, asesinato, trato inhumano o deportación como esclavos o para cualquier otro propósito de la población civil de un territorio ocupado, asesinato o trato inhumano a prisioneros de guerra, a personas sobre el mar, asesinato de rehenes, pillaje de la propiedad pública o privada, destrucción injustificada de ciudades, pueblos o villas, o la devastación no justificada por la necesidad militar.
-Asesinato, exterminio, esclavitud, deportación y cualquier otro acto inhumano contra la población civil, o persecución por motivos religiosos, raciales o políticos, cuando dichos actos o persecuciones se hacen en conexión con cualquier crimen contra la paz o en cualquier crimen de guerra.
En definitiva y recordando lo previo, debo de recordarles que la Presidenta Von der Layen es la impulsora de la obligatoriedad de la vacunación contra el famoso Covid19 y aquí entramos en tema conflictivo:
Es presumible que ese virus proceda de investigaciones militares Chino-Norteamericanas prohibidas.
Es posible que el famoso producto denominado «vacuna», de origen extraño por su rapidez en encontrar, su alejamiento de lo que se denomina vacuna, por la forma de estudio, por su composición y forma de acción, además de por su implantación, se asemeja más a uno de los productos por los que se catalogan como no válidos por «Los Principios de Núremberg».
Finalmente y muy importante, el querer implantar la obligatoriedad de esa teórica vacunación y sobretodo el que haya un fichero de los vacunados y por ende de los vacunados, va en contra de los principio de «la carta de los derechos humanos» que sirve de base legal a «Los Principios de Núremberg».
Nada más que lo anterior como aperitivo de lo que les pienso explicar en futuros artículos, que irán sobreviniente, según los poderosos que actúan a la sombra de la actual situación de desamparo que sufrimos los que teóricamente tenemos derechos humanos. Y ahí, de momento, lo dejo…
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