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Los líderes independentistas de Cataluña han recibido sin mucho entusiasmo la noticia relativa al inicio de la tramitación de los indultos que solicitaron los líderes secesionistas condenados por la Sentencia del Tribunal Supremo 459/2019, de 14 de octubre. Realmente, tienen motivos políticos suficientes para no mostrar su conformidad y preferir, como ya han comunicado, la amnistía.

Ciertamente, el indulto, regulado en el artículo 62 de la Constitución y en la Ley de 18 de junio de 1870 estableciendo reglas para el ejercicio de la gracia de indulto, provoca la cesación de efectos de una condena, manteniendo la existencia del delito, y la amnistía, carente de una regulación constitucional propia, implica la desaparición sobrevenida del delito. De ese modo, si se concediera el indulto, se produciría una condonación o perdón de la pena manteniéndose la existencia del delito, algo que no ocurriría con la amnistía, que suprimiría la eficacia del proceso penal de la Causa especial 20907/2017 y, además, la ejecutividad de la Sentencia del Tribunal Supremo 459/2019, de 14 de octubre.

Hay que tener presente que la Constitución no permite las amnistías generales, ya que no las autoriza expresamente y prohíbe los indultos generales, que producen efectos prácticos muy similares a los de la propia amnistía. Por ese motivo, no hay forma constitucional de conseguir una amnistía para los líderes secesionistas sancionados por el Tribunal Supremo tras el desarrollo de la Causa especial 20907/2017, salvo derogar los delitos de sedición y de malversación de caudales públicos, cuya supresión tendría, por el artículo 2.2 del Código Penal, una eficacia retroactiva que provocaría el final de las condenas y la determinación de la inexistencia de delitos en esos comportamientos. Es cierto, en relación con este asunto, que derogar el delito de sedición afectaría solamente a las personas condenadas por la comisión de esa infracción penal en la Sentencia del Tribunal Supremo 459/2019, de 14 de octubre, pero derogar el delito de malversación de caudales públicos beneficiaría a numerosos dirigentes políticos y empleados públicos condenados por esa infracción.

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El Gobierno se encuentra en un callejón sin salida, pues solo podrá seguir dando largas a los independentistas catalanes sin poder cumplir los deseos de los secesionistas con la amnistía para los condenados por el Tribunal Supremo en la Causa especial 20907/2017.