23/11/2024 03:34
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Indultado Presidente del “Gobierno Progresista” podría recordarle los “mil delitos” que usted está cometiendo contra el pueblo español y los más de 20 mil asesinatos que ha cometido en el transcurso de la Pandemia… pero, como ya le conozco y sé que usted se pasa por el arco del triunfo todo lo que se le diga, hoy me voy a limitar a recordarle algunos artículos de la Constitución de Cádiz de 1812 (“La Pepa”) para que vea que incluso con aquella “Ley de leyes” de hace 209 años usted habría ido a la cárcel como culpable de alta traición (y eso sucederá en cuanto los españoles puedan arrancarle de la Moncloa).

Y me gustaría que leyese y releyese cien veces como castigo el articulo 13 del capítulo III que dice: “El objeto del Gobierno es la felicidad de la Nación, puesto que el fin de toda sociedad política no es otro que el bienestar de los individuos que la componen”.

¡¡Joder!! solo con este artículo el Tribunal Constitucional podría llevarle  a la cárcel, ya que si hay ahora mismo en Europa un pueblo infeliz ese es el español… y ya se lo están demostrando a usted cada vez que sale a la calle. Seguramente su Dios en la Moncloa, el gurú Redondo, le habrá ocultado que el pueblo español ya no duerme pensando que usted sigue en la Moncloa.

Y ahora le dejo “La Pepa” para que al menos una noche no pueda dormir (aunque seguramente no teniendo a su lado al venezolano Iglesias ya estará más tranquilo):

TÍTULO PRIMERO

DE LA NACIÓN ESPAÑOLA Y DE LOS ESPAÑOLES

 

CAPÍTULO PRIMERO

De la Nación española.

Art. 1º.

La Nación española es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios.

Art. 2º.

La Nación española es libre e independiente, y no es ni puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona.

Art. 3º.

La soberanía reside esencialmente en la Nación, y por lo mismo pertenece a ésta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales.

Art. 4º.

La Nación está obligada a conservar y proteger por leyes sabias y justas la libertad civil, la propiedad y los demás derechos legítimos de todos los individuos que la componen.

 

CAPÍTULO II

De los españoles.

Art. 6º.

El amor de la Patria es una de las principales obligaciones de todos los españoles, y asimismo el ser justos y benéficos.

 

Art. 7º.

Todo español está obligado a ser fiel a la Constitución, obedecer las leyes y respetar las autoridades establecidas.

 

TÍTULO II

CAPÍTULO PRIMERO

Del territorio de las Españas

 

Art. 10.

El territorio español comprende en la Península con sus posesiones e islas adyacentes, Aragón, Asturias, Castilla la Vieja, Castilla la Nueva, Cataluña, Córdoba, Extremadura, Galicia, Granada, Jaén, León, Molina, Murcia, Navarra, Provincias Vascongadas, Sevilla y Valencia, las islas Baleares y las Canarias con las demás posesiones de África.

 

En la América septentrional, Nueva España, con la Nueva Galicia y Península de Yucatán, Guatemala, provincias internas de Oriente, provincias internas de Occidente, isla de Cuba con las dos Floridas, la parte española de la isla de Santo Domingo, y la isla de Puerto Rico con las demás adyacentes a éstas y al continente en uno y otro mar.

 

En la América meridional, la Nueva Granada, Venezuela, el Perú, Chile, provincias del Río de la Plata, y todas las islas adyacentes en el mar Pacífico y en el Atlántico. En el Asia, las islas Filipinas, y las que dependen de su gobierno.

 

CAPÍTULO III

Del Gobierno.

Art. 13.

EL OBJETO ES LA FELICIDAD DE LA NACIÓN, puesto que el fin de toda sociedad política no es otro que el bienestar de los individuos que la componen. 

Art. 14.

El Gobierno de la Nación española es una Monarquía moderada hereditaria. 

Art. 15.

La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey.

 

LEER MÁS:  No van a demoler la Cruz del Valle de los Caídos en ningún caso. ¿Lo han entendido? Por el General Chicharro

Y le recuerdo, señor Presidente, que el Poder y la arbitrariedad se acaban cuando se sale de la Moncloa y allí, fuera, seguirán ¡¡no lo olvide!!  los Tribunales de Justicia.

Autor

Julio Merino
Julio Merino
Periodista y Miembro de la REAL academia de Córdoba.

Nació en la localidad cordobesa de Nueva Carteya en 1940.

Fue redactor del diario Arriba, redactor-jefe del Diario SP, subdirector del diario Pueblo y director de la agencia de noticias Pyresa.

En 1978 adquirió una parte de las acciones del diario El Imparcial y pasó a ejercer como su director.

En julio de 1979 abandonó la redacción de El Imparcial junto a Fernando Latorre de Félez.

Unos meses después, en diciembre, fue nombrado director del Diario de Barcelona.

Fue fundador del semanario El Heraldo Español, cuyo primer número salió a la calle el 1 de abril de 1980 y del cual fue director.