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José Piñeiro Maceiras, nació en Pontevedra en 1962, residiendo en la actualidad en la comunidad de Castilla y León. Es Licenciado en Derecho, Máster en Ciencias Históricas y politólogo, si bien ejerce la profesión de abogado, compaginándolo con la investigación histórica y medioambiental. Ha publicado varios libros y numerosos artículos de temática diversa.
En esta entrevista analiza su libro La represión de Franco. Persecución y normativa en la España Nacional (1936-1945).
¿Por qué un libro sobre la represión de Franco entre los años 1936 y 1945?
Porque ni siquiera esa expresión es correcta. No fue el general ferrolano quien organizó el levantamiento militar ni quien diseñó las pautas que iban a adoptarse en materia de orden público ni de control de los enemigos, sino el grupo conspirativo del general Mola, en que cabe mencionar varios juristas militares de cierto prestigio, como Dávila Huguet. Pues bien, una vez que el general gallego es elegido por sus compañeros como Jefe del Estado y Generalísimo en octubre de 1936, es cuando comienza a ablandarse la represión inicial de los rebeldes, merced a la iniciativa de los asesores de Franco, como el jurídico militar y notario Martínez Fuset. Por ello, parece más apropiado, hablar de represión de los alzados y no de un personaje en concreto, dejando absolutamente de lado las intencionalidades políticas, la mayoría de ellas exageraciones sin fundamento verosímil alguno.
En fin, se han propagado no pocas falsedades e inexactitudes con finalidades espurias durante los últimos 40-50 años.
¿Por qué es importante aclarar que esa represión se hizo bajo la legislación vigente?
Porque fue una represión diseñada y conducida por militares, quienes, por entonces, poseían unos altos índices de honorabilidad y patriotismo, no en vano habían combatido hasta la extenuación en Cuba, Filipinas y África, dejándonos algunos lienzos de gran heroísmo aun recordados. Y esa heroicidad venía determinada principalmente por ajustarse estrictamente a los reglamentos militares de la época. Y es que los reglamentos y las leyes militares se estudiaban en las academias militares, hasta el punto que el mismísimo Millán Astray fue profesor del Reglamento de Campaña.
Por lo tanto, eran normas de la República…
Curiosamente, las normas más duras contra la integridad física de los opositores políticos fueron aprobadas durante la II República, como la Ley de Orden Público de 1933, por la que se permitía que las autoridades militares, tras declararse el estado de guerra –el actual estado de sitio- podían aplicar cualquier medida para defender el orden público, concepto jurídico que englobaba tanto la mera tranquilidad pública como la defensa frente a la comisión o ideación de planes contra el orden político imperante. Además, la Ley Municipal de 1935, otorgaba a las autoridades municipales unas facultades amplísimas a la hora de reprimir y castigar a los opositores, lo mismo que determinados decretos dictados a partir de 1934 sobre el orden público y los agentes del orden.
De hecho, muchas de las ejecuciones extrajudiciales del año 1936 y 1937 estaban fundamentadas en dicha normativa republicana.
Sin embargo, no quita, que en una guerra pudieran darse también algunos abusos por parte del bando nacional.
Completamente de acuerdo. Pero tal circunstancia lamentable siempre se reconoció entre los combatientes franquistas y concretas autoridades. No en vano, la monumental y oficiosa Historia de la Cruzada Española, del escritor Joaquín Arrarás, así parece admitirlo en su último volumen de 1943.
¿Son comparables con las atrocidades que se daban en la zona republicana?
En absoluto, por darse esa circunstancia de constituir una represión conducida y supervisada por los jefes militares, ante quienes se tenía que responder de las medidas represivas adoptadas. En cambio, en el lado frentepopulista, muchos militares que podían dirigir las operaciones de campaña fueron ejecutados al inicio de las hostilidades, siendo los partidos políticos y sindicatos de clase los que dirigieron y ejercieron la represión –cuya incultura y soberbia eran manifiestas- lo que generó una serie infinita de calamidades y barbaridades que aun hoy día consiguen estremecernos. Ni en barbaridades, ni en saqueos, ni, por supuesto, en la intensidad de crímenes y ejecuciones puede existir comparación.
Una vez acabada la contienda hubo consejos de guerra a aquellos que tenían delitos de sangre…
Tras la victoria, la represión fue enérgica hasta 1940, aunque ni siquiera debieron llegar las ejecuciones a diez mil en todo el país, en concordancia con las investigaciones del militar británico G. Hills, quien tuvo abierto todo tipo de registros y archivos en los años sesenta. A partir de entonces, únicamente podían ser condenados a última pena los implicados en delitos de sangre, los jefes de las checas, altas autoridades republicanas y los partícipes en saqueos, reduciéndose mucho el número de ejecuciones judiciales. Haciendo una comparación con la represión ocurrida en Italia y Francia tras la Liberación, tampoco existe parangón posible: en estos dos países, la represión, mayoritariamente, se efectuó fuera de los procesos judiciales preexistentes y causó decenas de miles de muertos.
¿Se podría decir que las penas de muerte fueron justas en su mayoría?
No seré yo quien lo diga, sino el lector. Únicamente, me limito a transcribir los textos de las normas más reseñables y comentarlos. Por ello, la contraportada pone en interrogación el aforismo jurídico Summun ius, summa iniuria (a mayor justicia, mayor daño), como contraposición frente al otro aforismo legal Dura lex, sed lex (la ley es dura, pero es ley).
También habla de las diferentes amnistías que hubo después de 1945…
Lo cierto es que desde 1939 hasta 1943, unos 140.000 presos republicanos obtuvieron la libertad provisional; y a partir de 1942 en adelante se revisaron 125.000 sentencias judiciales, concediéndose a los encartados sanciones más benignas. Las prisiones de la posguerra, aunque obviamente no eran establecimientos hoteleros, ofrecieron instrucción, cultura y hasta actividades deportivas. Conocido fue la posibilidad de rendición de penas por el trabajo, sobre la que también se han fantaseado en grande, pues desde 1944 hasta 1950 benefició a casi cien mil presos. Con todo, en octubre de 1945, se dictó un indulto general para todos los condenados de la guerra, siempre que estos no hubieran cometidos delitos de sangre. Ello redujo considerablemente el número de presos por razones políticas derivadas de la contienda, hasta el punto que en 1947 la población reclusa por delitos políticos cometidos durante la guerra comprendía solamente 6.487; y un año más tarde, solo 3.584 individuos…. A partir de entonces, los miles de exiliados en 1939 podían incluso regresar a España, siempre que no hubieran cometido delitos de sangre. No obstante, en marzo de 1969, se declararon caducados por decreto cualesquiera delitos cometidos durante la guerra, de cualquier gravedad que fuesen…
Paradójicamente, la nueva ley de memoria democrática omite cualquier referencia a esta copiosa normativa.
Especialmente significativa fue la amnistía de 1977 en donde salieron de rositas muchos criminales de ETA, GRAPO, maquis…
En realidad, la cacareada amnistía de 1977 se debió a la insistente reclamación de la izquierda clandestina, con el fin de dejar sin efecto las condenas y sanciones de la jurisdicción franquista, sobre todo en materia de Orden Público; pero que favoreció, qué duda cabe, a todos los terroristas de extrema izquierda hasta entonces encarcelados o huidos, siendo algunos de ellos responsables de delitos reprobables.
También dejó sin efecto las condenas y delitos relacionados con los activistas del maquis durante la posguerra; pero, en cualquier caso, el olvido legal y social de la guerra civil ya se había producido años atrás.
Autor
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Subdirector de Ñ TV España. Presentador de radio y TV, speaker y guionista.
Ha sido redactor deportivo de El Periódico de Aragón y Canal 44. Ha colaborado en medios como EWTN, Radio María, NSE, y Canal Sant Josep y Agnus Dei Prod. Actor en el documental del Cura de Ars y en otro trabajo contra el marxismo cultural, John Navasco. Tiene vídeos virales como El Master Plan o El Valle no se toca.
Tiene un blog en InfoCatólica y participa en medios como Somatemps, Tradición Viva, Ahora Información, Gloria TV, Español Digital y Radio Reconquista en Dallas, Texas. Colaboró con Javier Cárdenas en su podcast de OKDIARIO.
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