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Reproduzco integro el texto del primer discurso que pronunció don Niceto Alcalá Zamora ya como Presidente de la II República desde el balcón del Ministerio del Interior, hoy Sede de la Comunidad de Madrid y de la imparable doña Isabel Díaz Ayuso.
Discurso de don Niceto
En nombre de todo el gobierno de la República española, saluda al pueblo una voz, la de su Presidente, rendida por la emoción e impulsada por el entusiasmo ante el espectáculo sin igual de una reacción casi imposible de imitar que esta nación ha dado al mundo resolviendo el problema de su revolución latente y cambio indispensable de su estructuración, en medio de un orden maravilloso y por voluntad y vía perfectamente legales. El Gobierno todo, en nombre del cual hablo, está compenetrado por su amor al país y dispuesto a resolver los ideales nacionales y ofrece que pronto, muy pronto, tan pronto como las circunstancias lo permitan, dictará el modelo de su estructuración política. Pero mientras tanto, el Gobierno realizará un programa de justicia social y de reforma administrativa de supresión de injusticia, depuración de responsabilidades y restablecimiento de la ley. Dará con todo ello la satisfacción que el pueblo anhela… El acto del domingo con ser admirable y perfecto, ha tenido complemento grandioso con el requerimiento que ayer hizo la opinión al régimen monárquico para que desaparezca e la implantación en el día de hoy de la República por un acto de voluntad soberana, de iniciativa del país, sin el menor trastorno, completando aquella empresa de tal manera que el mundo entero sentirá y admirará la conducta de España, ya puesta en otras manos con un orden ejemplar, que ha de completar su eficacia.
Asistid al gobierno con vuestra confianza, vigiladle en sus actos y, si incurrimos en responsabilidad, exigidlas; y con nuestro amor y con nuestra conciencia prometemos llenar todas vuestras aspiraciones. Si esto es así, no os reclamamos vuestro aplauso, sino vuestra confianza, para la satisfacción de la conciencia de todos nosotros. Nuestra autoridad sólo puede existir con vuestro apoyo, seguir unidos sin alborotos en las Calles y respetad el derecho de todos; pero vigilad, pues sois la guardia nacional del Gobierno que acompaña al pueblo. Procurad que en vuestra conducta no haya nunca la menor protesta que sirva de pretexto para una reacción contraria y, si ella surgiere, quede ahogada.
La normalidad en el país es completa, y nos hemos posesionado sin el menor incidente. El primer acto del Gobierno ha sido la concesión de una amplia y generosa amnistía.
Estamos todos seguros de que España goza de un completo amor en todas las regiones, que servirá para hacer una España grande, sin que ningún pueblo se sienta oprimido, y reine entre todos ellos la confraternidad.
Con el corazón en alto os digo que el Gobierno de la República no puede dar a todos la felicidad, porque eso no está en sus manos, pero sí el cumplimiento del deber, el restablecimiento de la ley y la conducta inspirada en el bien de la patria. ¡Viva España y viva la República!
Y este fue el primer Estatuto del Gobierno Provisional:
“El Gobierno provisional de la República, al recibir sus poderes de la voluntad nacional, cumple con un imperioso deber político al afirmar ante’ España que la conjunción representada por este Gobierno no responde a la mera coincidencia negativa de libertar a nuestra patria de la vieja estructura ahogadiza del régimen monárquico, sino a la positiva convergencia de afirmar la necesidad de establecer como base de la organización del Estado un plexo de normas de justicia necesitadas y anheladas por el país.
El Gobierno provisional, por su carácter de transitorio de órgano supremo, mediante el cual ha de ejercer las funciones soberanas del Estado, acepta la alta y delicada misión de establecerse como Gobierno de plenos poderes. No ha de formular una carta de derechos ciudadanos, cuya fijación de -principios y reglamentación concreta corresponde a la función soberana y creadora de la «Asamblea Constituyente; más como la situación de “pleno poder” no ha de entra fiar ejercicio arbitrario en las ¡actividades del Gobierno, afirma solemnemente, con anterioridad a toda resolución particular y seguro de interpretar lo que demanda la dignidad del Estado y el ciudadano, que somete su actuación a normas jurídicas, las cuales, al condicionar su actividad, habrán de servir: para que España y los órganos de autoridad puedan conocer, así los principios directivos en que han de inspirarse los decretos, cuanto las limitaciones que el Gobierno provisional sé impone.
En virtud de las razones antedichas el Gobierno declara:
1.° Dado el origen democrático de su poder y en razón del responsabilismo en que deben moverse J os’ órganos del Estado,- someterá-.sil actuación colegiada-e individual al descernimiento y sanción de las Cortes Constituyentes — órgano supremo y directo de la voluntad nacional—, llegada la hora de declinar ante ella sus poderes.
2.° Para responder a los justos e insatisfechos anhelos de España, el Gobierno provisional adopta como’ norma depuradora de la estructura del Estado someter inmediatamente, en defensa del interés público, a juicio de responsabilidad los actos de gestión y ¡autoridad pendientes de examen al ser disuelto el Parlamento en 1923, así como los ulteriores, y abrir expediente de revisión en los organismos ‘oficiales, civiles y militares, a fin de que no resulte consagrada la prevaricación ni acatada la arbitrariedad, habitual en el régimen que termina.
3.° El Gobierno provisional hace pública su decisión de respetar de manera plena la conciencia individual mediante la libertad de creencias y cultos, sin que el Estado en momento alguno pueda pedir al ciudadano revelación de sus convicciones religiosas.
4.° El Gobierno provisional orientará su actividad, no sólo en el acatamiento de la libertad personal y cuanto ha constituido en nuestro régimen constitucional el estatuto de los derechos ciudadanos, sino que aspira a en suncharlos, adoptando garantías de ara- paro para aquellos derechos, y reconociendo corno uno de los principios de la moderna dogmática jurídica el de J a personalidad sindica] y corporativa, base del nuevo derecho social.
El Gobierno provisional declara que la propiedad privada quede garantida por la ley; en consecuencia, no podrá ser expropiada, sino por causa de utilidad pública y previa la indemnización correspondiente. Más este Gobierno, sensible al abandono absoluto en que ha vivido la inmensa masa campesina española, al desinterés de que ha sido objeto la economía agraria del país, y a la incongruencia del derecho que la ordena con los principios que inspiran y deben inspirar las legislaciones actuales, adopta como norma de su actuación el reconocimiento de que el derecho agrario debe responder a la función social de la tierra.
El Gobierno provisional, a virtud de las razones que justifican la plenitud de su poder, incurriría en verdadero delito si abandonase la República naciente a quienes desde fuertes posiciones seculares y prevalidos de sus medios, pueden dificultar su. consolidación. En consecuencia, el Gobierno provisional podrá someter temporalmente los derechos del párrafo cuarto a un régimen dé fiscalización gubernativa, de cuyo uso dará, asimismo cuenta circunstanciada a las Cortes Constituyentes.
NICETO AL C ALA-Z AMOR A, Presidente del Gobierno provisional; ALEJANDRO LERROUX, Ministro de ‘Estado; FERNANDO DE LOS-.RIOS, Ministro de Justicia; MANUEL, AZAÑ Ay Ministro de la Guerra; SANTIAGO CASARES QUIROGA, Ministro de Marina; MIGUEL MAURA, Ministro de la Gobernación; ALVARO DE ALBORNOZ, Ministro de Fomento; FRANCISCO LARGO CABALLERO, Ministro del Trabajo”
Eran los días alegres, de máximo contento del pueblo español, porque su República había llegado sin tener que luchar y sin sangre. Pero aquella alegría de aquellos momentos iniciales, muy pronto, antes de un mes, ya comenzó a sentir cómo se enturbiaba el ambiente con el incendio de las iglesias y los conventos de Madrid y de toda España.
Sin embargo, habrían de pasar cinco años más, de luchas, de enfrentamientos y ahora sí, con bastante derramamiento de sangre, cuando aquella República, aquellos republicanos que habían llegado en loor de multitud, provocaron la Guerra Civil más cruel de la Historia de España.
Y así se fueron aquellos republicanos de 1931
Alcalá Zamora (1939 a un crucero y después a la Argentina)
Azaña (1939 y a Francia, y allí murió)
Indalecio Prieto (de embajador a México y allí se quedó el resto de su vida. En el 38 cuando ya estaba perdida la guerra)
Alejandro Lerroux (cuando ya estaba perdida la guerra a Portugal)
Fernando de los Ríos (andes de que terminara la guerra, Nueva York-EEUU)
Francisco Largo Caballero (antes de terminar la guerra se marchó a Francia y fue detenido por la “Gestapo”)
Miguel Maura (se marchó al exilio en 1938 y no regresó hasta 1953)
Casares Quiroga (se fue en plena Guerra Civil a Francia y en París murió todavía en el exilio)
Diego Martines Barrios (se marchó al exilio en plena guerra y murió en Paris)
Dolores Ibárruri (se marchó a ultimísima hora y en el exilio permaneció en Rusia hasta que volvió a España en 1977 tras la muerte de Franco)
Juan Negrín (se marchó en el último avión que tenía esperándole y murió en Paris en 1956)
Y todavía quedan algunos que envidian aquella República y aquellos años que fueron de 1931 a 1936 y 39, y demandan su vuelta, como si aquí no hubiera pasado nada.
Mañana les hablaré de la Tesis Doctoral que está realizando uno de mis alumnos antiguos sobre algo que poca gente ha estudiado. El cómo fue Franco quien rechazó los Golpes de Estado que le propusieron, primero la Derecha (José María Gil Robles 1935) y luego Casares Quiroga, 1936 (las Izquierdas). Los dos le propusieron al general Franco, en ese momento Jefe del Estado Mayor que se sublevara contra el Gobierno establecido y Franco se negó en ambas ocasiones.
Autor
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Periodista y Miembro de la REAL academia de Córdoba.
Nació en la localidad cordobesa de Nueva Carteya en 1940.
Fue redactor del diario Arriba, redactor-jefe del Diario SP, subdirector del diario Pueblo y director de la agencia de noticias Pyresa.
En 1978 adquirió una parte de las acciones del diario El Imparcial y pasó a ejercer como su director.
En julio de 1979 abandonó la redacción de El Imparcial junto a Fernando Latorre de Félez.
Unos meses después, en diciembre, fue nombrado director del Diario de Barcelona.
Fue fundador del semanario El Heraldo Español, cuyo primer número salió a la calle el 1 de abril de 1980 y del cual fue director.
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