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Son vulnerados de manera flagrante el principio de seguridad jurídica (Art. 9), el principio de igualdad (Art. 14), el principio de libertad ideológica, religiosa y de culto  (Art. 16), el principio de expresar y difundir libremente  los pensamientos y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción (Art. 20), el principio de dignidad de la persona  (Art. 10).

Pero por otra parte la gravedad estriba en que su texto es un clamoroso canto al odio, al revanchismo, a la persecución de un régimen que nunca ha tenido una condena en los tribunales de España ni internacionales.

PRIMERO: Ya la profanación del cadáver de Francisco Franco en una Basílica que goza de inmunidad diplomática representó la prueba más clamorosa de un delito de odio, hacia el que fue Jefe del Estado. La lapidación y criminalización del acto de profanación, azuzada por los medios de comunicación y celebrada por los perdedores de la contienda civil, incitaron a un odio sin precedentes contra aquella parte de la sociedad española que se considera franquista.

La pasividad cobarde de la Iglesia Española  y del Vaticano propiciaron semejante barbaridad.

SEGUNDO: La pretendida ilegalización de la Fundación Francisco Franco, depositaria del legado de Francisco Franco, donde además eruditos de la historia se nutren de su documentación, es otra prueba concluyente de un delito de odio.

La falacia de que la Fundación representa una exaltación del Franquismo, es tan burda y espuria, que solo se justifica por el odio.

TERCERO: La reconversión del Valle de los Caídos, recinto de reconciliación de los contendientes de la guerra civil, en un museo donde falsariamente se trata de acusar al franquismo de represión, torturas, genocidio, es manifiestamente un delito de odio de aquellos que fueron derrotados en la guerra civil.

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En este contexto, la expulsión de la Comunidad Benedictina, pone de manifiesto el odio a la religión católica.

CUARTO: Las multas previstas en la referida ley, para aquellas personas que de alguna manera manifiesten ser franquistas serán perseguidas.

La conducta típica del delito de odio, no es la expresión en sí de unas ideas, por execrables que sean, sino cuando esta expresión se hace de modo y circunstancias que suponen una provocación (Tribunal Europeo de Derechos Humanos).

QUINTO: Y el odio al franquismo y sus símbolos es de tal magnitud que incluso prevé la nulidad de sentencias dictadas durante el franquismo para aquellos que habían sido juzgados por delitos de sangre.

El odio se manifiesta en una Ley de aquellos que perdieron o fueron derrotados en la contienda civil.

Es un disparate con mayúsculas que una Ley (Poder Legislativo) se cargue unas sentencias judiciales (El Poder Judicial).

Autor

Miguel Bernad
Miguel Bernad
Miguel Bernad Remón (Bilbao, 1942) es un abogado y expolítico español.

Fue fundador en 1995 y secretario general de Manos Limpias.

Entró en política con el Frente Nacional de Blas Piñar, siendo secretario general de su partido.

En 1994, Bernad funda Derecha Española, con el que acude a las elecciones municipales de 1995.

En abril de 2016 Miguel Bernad fue detenido en el ámbito de una investigación de la AN sobre posibles extorsiones de Manos Limpias, consistentes en exigir dinero por retirar querellas previamente interpuestas.
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