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Quiere salvar un retablo de 44 años, hacer visitable virtualmente un barrio de bodegas o restaurar una logia o un gallinero renacentista?

Tenemos que reconocer que, para encontrar patrimonio en peligro que necesite ser salvado, hay mucho donde elegir.

Somos el tercer país del mundo con el mayor número de elementos declarados Patrimonio de la Humanidad por la Unesco, sólo por detrás de China e Italia. Según Hispania Nostra, en los últimos años han sido, en muchas ocasiones, los propios ciudadanos quienes han asumido la recuperación de sus monumentos para evitar su desaparición

Ya les hablé hace unos años de la iniciativa apadrina un sillar” para recuperar la Iglesia de Santiago en Sigüenza para centro de interpretación del Románico, en la provincia de Guadalajara.

Hoy, las opciones son muchas, y asociaciones como esta permiten a los pequeños pueblos, a la España Vaciada, llegar a más gente para contar sus proyectos y conseguir financiarlo a través de campañas de Micromecenazgo.

No sólo esa aportación económica de ciudadanos anónimos ha evitado la desaparición del patrimonio cultural de nuestros pueblos, y los coloca en el mapa para visitarlos, resulta muy interesante en la próxima declaración de la renta.

Proyectos de Micromecenazgo en la web de Hispania Nostra

EL CROWDFUNDING

El Crowdfunding es una forma de financiación alternativa (fuera del sistema bancario) basada en la cooperación colectiva que conecta directamente a aquellos que pueden dar, prestar o invertir dinero con quienes necesitan financiación para un proyecto específico. Existen diferentes modalidades, vamos a comentarlas y ver cómo tributan cada una de ellas. En estos casos nos encontramos ante el llamado “Crowdfunding de donación”, donde la aportación realizada no tiene ninguna contraprestación y se hace de manera solidaria, esta fórmula la utilizan muchas entidades no lucrativas. Si quien recibe el importe es una persona jurídica, deben declarar ese ingreso en el Impuesto sobre Sociedades. Si es una persona física, tendrá que declararlo en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. En ambos casos, no se aplica IVA.

Para quien aporta el dinero, este donativo podría ser deducible si la entidad cumple una serie de requisitos.

Para poder aplicar la deducción las donaciones deben ser irrevocables, puras y simples, ya sean dinerarias, de bienes o de derechos, o a través de cuotas de afiliación, pero siempre que no den derecho a recibir un servicio presente o futuro. Estas donaciones pueden ser aportaciones esporádicas, las que se pagan periódicamente a través de cuotas o las que se realizan por teléfono o SMS.

Los donativos que gozan de estas deducciones son los realizados a asociaciones declaradas de utilidad pública y organizaciones no gubernamentales, que cumplen los requisitos recogidos en la Ley 49/2002, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. Veamos qué dice dicha Ley,

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Título II Capítulo 1. Artículo 2 Entidades sin fines lucrativos

Se consideran entidades sin fines lucrativos a efectos de esta Ley, siempre que cumplan los requisitos establecidos en el artículo siguiente:

a) Las fundaciones.

b) Las asociaciones declaradas de utilidad pública.

c)Las organizaciones no gubernamentales de desarrollo a que se refiere la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, siempre que tengan alguna de las formas jurídicas a que se refieren los párrafos anteriores.

d)Las delegaciones de fundaciones extranjeras inscritas en el Registro de Fundaciones.

e) Las federaciones deportivas españolas, las federaciones deportivas territoriales de ámbito autonómico integradas en aquéllas, el Comité Olímpico Español y el Comité Paralímpico Español.

f) Las federaciones y asociaciones de las entidades sin fines lucrativos a que se refieren los párrafos anteriores.

Proyectos de Micromecenazgo en la web de Hispania Nostra

DESGRAVACIONES EN LA RENTA

Las donaciones tienen importantes beneficios fiscales, en la Declaración de la Renta, los certificados de donación serán emitidos por la asociación Hispania Nostra.

Personas físicas (IRPF)

En los primeros 150€ de donación, la desgravación es del 80%, es decir, 120€. En cantidades superiores a 150€, la desgravación es del 80% para los primeros 150€ y del 35% para el importe restante (40% si llevas, al menos, dos años consecutivos donando a la misma entidad por un importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior). *

Por ejemplo, si donas 300€, la desgravación será de 172,5€ (120€ por los primeros 150€ donados y 52,5€ por los otros 150€). En el caso de haber donado a Hispania Nostra en los 2 años anteriores, la desgravación será de 180€ (120€ por los primeros 150€ donados y 60€ por los otros 150€).

Personas jurídicas (Impuesto de sociedades)

La desgravación será del 35% si solo se ha donado en el año correspondiente a la declaración, o del 40% en la declaración si se ha donado a Hispania Nostra en los 2 ejercicios anteriores, por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior. *

Por ejemplo, si se donan 300€, la desgravación será de 105€ si se ha donado a Hispania Nostra por primera vez en el año correspondiente a la declaración, y de 120€ si se ha donado a Hispania Nostra también en los 2 ejercicios anteriores.

* La deducción tiene un límite del 10% de la base imponible del periodo impositivo. Las cantidades que excedan de este límite se podrán aplicar en los periodos impositivos que concluyan en los diez años inmediatos y sucesivos. La normativa de incentivos fiscales en Navarra y País Vasco puede ser diferente al del resto de España.

No sólo invierte en su historia, recibe deducciones fiscales, como en la Rehabilitación con mejora de eficiencia Energética, que analizamos en este artículo.

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PROYECTOS REALES

En los últimos años se han iniciado 32 campañas de micromecenazgo con las que se ha conseguido reunir más de medio millón de euros. «Ermitas, monasterios, palacios y castillos se han salvado de la ruina gracias al empuje de cientos de ciudadanos anónimos que no estaban dispuestos a que el patrimonio cultural de sus pueblos se perdiera«, aseguran en Hispania Nostra.

Se ha reunido el dinero para restaurar el interior del templo de Villamorón, el órgano de Vadocondes, el modelo digital de las bodegas de Baltanás, restaurar la iglesia de Mazuela o para hacer visitable el castillo de Miranda del Castañar.

Cada proyecto exigiría un artículo, una historia, un pedazo de nuestro patrimonio que sigue vivo gracias al empeños de personas anónimas que quieren compartir algo que forma parte de su vida con la nuestra. Una parte de nuestro país que necesita que alguien se preocupe y lo siga, mucho más que cualquier famosete, futbolista o influencer.

Seguro que conoce algún lugar importante en su vida que merezca ser salvado, para las generaciones posteriores.

Un lugar al que iban de niños, una parte de su vida, un lugar donde se sintieron reconfortados, reconectados, cambiados en lo profundo de su ser.

Un lugar de la España llena o vaciada, un sitio cercano o lejano, un lugar conservado o destrozado, un lugar donde les gustaría jubilarse.

Elijan el suyo, háganlo suyo, visítenlo, hablen con los promotores, de verdad, merece la pena hacer nuestro, un patrimonio que es de todos.

 

Santiago Durán García

Arquitecto Técnico (UPM) MDI Máster En Dirección Inmobiliaria (UPM) EEM Gestor Energético Europeo (UPM European Energy Manager)

618.519.717 www.sduran.es /santiagodurangarcia@gmail.com /LinkedIn Santiago Durán.

 

ENLACES:

https://crowdfunding.hispanianostra.org/faq

https://crowdfunding.hispanianostra.org/#oldProjects

https://www.boe.es/buscar/pdf/2020/BOE-A-2020-4832-consolidado.pdf

https://elcorreodeespana.com/economia/300649180/Deducciones-en-la-renta-por-rehabilitacion-2021-2024-Por-Santiago-Duran.html

https://culturaymecenazgo.culturaydeporte.gob.es/inicio.html

 

Autor

Santiago Durán