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Parecía que no podría ocurrir, pero ha ocurrido y no sé si este nuevo tipo de definición de delito, en este caso del delito de terrorismo, podrá ser extrapolable al resto de los delitos y los derechos humanos pasan a afectar a todos ellos.
Ayer y debido a dar cabida al delito de terrorismo en la Ley de Amnistía que prepara el gobierno socialista con sus socios separatistas y comunistas, redefinieron el delito de terrorismo y lo dividieron en; 1º “terrorismo con violaciones graves de derechos humanos” y 2º “terrorismo sin violaciones graves de derechos humanos”.
La Resolución 2178 del Consejo de seguridad de Naciones Unidas nos habla del cuidado que han de tener los estados miembros con el Terrorismo, la Ley 2/2005 de la definición del delito de terrorismo, el Código Penal en sus artículos 571 a 580 nos habla de:
-Subvertir el orden constitucional, suprimir o desestabilizar…
-Alterar gravemente la paz pública…
-Desestabilizar gravemente el funcionamiento de una organización internacional…
-Provocar un estado de terror en la población o una parte de ella…
El artículo 573 nos dice que la legislación española está inspirada en la Decisión Marco 2002/475/JAI.
¿Existe una violación grave de derechos humanos y una violación leve de derechos humanos o existe una violación de derechos humanos? Parece y dada la nueva redefinición del delito de terrorismo que los agravantes sirven para redefinir el delito y por tanto declarar su existencia o no debido a su gravedad. Asesinato con violación grave de los derechos humanos o no grave, malversación con violación grave de derechos humanos o no grave.
Esa “gravedad” es la que pretende utilizar el partido Socialista, con comunistas y separatistas para redefinir el término “terrorismo” pero sin modificarlo legalmente, porque esto es lo que chocaría con el derecho internacional de una manera flagrante y que sin dejar por ello de enfrentarse a dicha legislación de una forma directa, le dará tiempo a mantener un gobierno presidido por un Sánchez cuya única finalidad es el poder, un poder sin cortapisas y que retuerce las leyes hasta lo no comprensible, hasta que este derecho lo ponga en su sitio.
Cuando estudiamos la Carta de declaración universal de Derechos humanos vimos nada más comenzar en su artículo 1, “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, como están dotados de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”
Iguales en derechos, ¿ qué no ha entendido?
Los estudios universitarios de Pedro Sánchez en el Real Colegio Universitario María Cristina debieron dejar mucho que desear salvo en la asignatura de “andar por la vida” en la que debió sacar sobresaliente cum laude y es que como dice el refrán español, “si al andar te chuleas y al mirar tus ojos meces, yo no digo que lo seas, pero sí que lo pareces”.
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