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Con noticia como la que comentaremos en este capítulo, uno se pregunta si cabe más infamia, más abusos de una casta fuera de sus cabales, fanatizada, con orejeras de burro que no le permite ver más allá que al frente, el soñado paraíso homo, sin poder contemplar las desgracias, la infelicidad y el daño tan grande que están causando a su alrededor, esto es, a la ciudadanía en general a hombres y a mujeres y a la infancia en especial.

Pues sí, padres e hijos, varones y menores, admiten otra losa más, otra vuelta de tuerca más al garrote vil de género colocado en el cuello de cada varón y en el cuellecito de cada menor, ahora de la mano del Observatorio de Género, ese observatorio hembrista que mantiene arrodillado a todo un Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que se ve presionado y obligado a retocar el art. 1 de la LIVG 1/2004, un catecismo de preceptos de desigualdad manifiesta según sexo que siguen las feligresas de la Orden del Hábito Morado bajo el lema “denuncia y vencerás” y cuya sacerdotisa máxima dirige con mano de hierro dicho Observatorio Hembrista, ese órgano hábilmente infiltrado en el CGPJ que viene escribiendo su agenda, su hoja de ruta feminazi y sus tiempos de ejecución.

Cuando leímos el titular que de seguido reproduciremos, se nos vino a la cabeza eso de “¿Otra vuelta de tuerca más?, ¿cuándo van a parar?”.

Una vez, sería elmundo.es, a fecha 20/01/2022, el medio digital que ponía frente a nuestros ojos la última vuelta de tuerca del lobby feminista con capacidad de presión para que, hasta el mismísimo CGPJ, el máximo órgano que regula la vida y obras de jueces y magistrados, el editor de Guías anti SAP, baile una vez más al son de las danzas de aquelarre animadas por las brujas máximas del régimen.

Por todo ello, el titular que aquí traemos nos parece una absoluta intromisión del Observatorio de Género en los designios del CGPJ, pues a efectos prácticos, lo que se ve desde fuera es que tal observatorio es el que orienta sus decisiones y condiciona sobremanera la voz libre de sus magistrados. Claro que, cuando uno mete una zorra en un gallinero, a la mañana siguiente, una escena de espanto aparece a la vista del granjero.

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             “El CGPJ reclama una modificación de la Ley de Violencia de Género para luchar de forma más efectiva contra esta lacra” -rotulaba elmundo.es.

            Esa terminología “de forma más efectiva” –, en jerga feminista significa ahondar en ilegalidades de desigualdad, en inconstitucionalidades según sexo, en una ruptura mayor, si es que cabe más, a día de hoy, del tejido social.

El Observatorio de Género escribe elmundo.esconsidera necesario acometer cuanto antes la reforma del art. 1 de la LIVG 1/2004 con el fin de “extender el concepto de violencia sobre la mujer” (¿Y las otras formas de violencia?, ¿y las distintas violencias que ejercen las mujeres sobre hombres, hijos, ancianos e incapaces?).

Según este órgano -el observatorio hembrista-, la reforma permitiría perseguir de forma más «efectiva, exhaustiva y profunda» la violencia sexual, incluida la que se comete contra menores de edad, que supera en número de casos a la cometida contra mujeres adultas.

El actual concepto cerrado de violencia sobre la mujer es «insuficiente para estudiar y combatir con efectividad». Así se pronuncia el Observatorio que ha elaborado un estudio en el que analiza con lupa 102 sentencias dictadas en 2020 por la Sala Segunda del Tribunal Supremo sobre casos de violencia sexual, realizando  un análisis jurídico-feminista de las resoluciones. Es decir, se están revisando las sentencias juez a juez.

Desde el Observatorio se señala que esta modificación legal para extender el concepto de violencia de género debería ir acompañada del aumento del número de juzgados de violencia sobre la mujer, que verían ampliada su competencia a todos los nuevos delitos comprendidos en este ámbito. Además, reclama la elaboración de perfiles de las víctimas menores más vulnerables para la detección precoz del riesgo, así como la revisión de los protocolos escolares para una mejor detección de la violencia sexual sobre niñas y niños.

Desde el CGPJ también se apuesta por la elaboración de planes de formación específicos para jueces y magistrados en materia de violencia sexual sobre menores de edad.

Recordemos una vez más el art. 1 de la LIVG 1/2004 que ahora el Observatorio de Género quiere extender, ampliar, profundizar…” perfeccionar” en jerga feminazi.

 Art. 1:La presente Ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia”.

Nuestra opinión al respecto es bastante definida y decidida, la derogación de la LIVG 1/2004 por su manifiesta inconstitucionalidad.

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Desde nuestro deseo de proponer alternativas sensatas, en igualdad, dentro del marco constitucional de respeto a los derechos fundamentales, la redacción de este art.1 nunca debe de ir por hacerlo aún más ilegal, más tóxico a la paz social, sino más eficaz, más operativo, más parejo a la realidad que no es otra que la violencia se ejerce desde muchas formas o tipos y daña a todos los miembros de una familia, ya sean mujeres, hombres, hijos, abuelos o personas dependientes.

Instamos, pues, al CGPJ a que recapacite y dé respuesta a las presiones que recibe desde ese Observatorio Hembrista, así como valore una nueva redacción del art.1., un disparate en su actual texto que tanto daño está causando en la sociedad español, y que bien pudiera quedar redactado así:

La presente Ley tiene por objeto actuar contra todas las formas de violencia que se ejerce entre personas, sin distinción de sexo, edad o condición, yendo tal violencia en ambos sentidos, de unas a otras, bien entre personas convivientes o no convivientes e independientemente a su vinculación afectiva presente o pasada y con especial relevancia la violencia doméstica o intrafamiliar, la que implica a todos los miembros de una familia y aquella otra referida a una pareja ex pareja, homosexual o heterosexual”.

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REDACCIÓN