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En España, según la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local, un municipio es la entidad local básica de la organización territorial del Estado. Dicha ley señala que todo municipio tiene personalidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines y que sus elementos son el territorio, la población y la organización. De hecho, la Constitución española de 1978, en su art.137, detalla que el Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan.

Si acudimos al Instituto Nacional de Estadística (INE) en lo que este organismo llama “padrón continuo”, en España, a fecha mes de abril de 2021, se contabilizaban 8.131 municipios, cada uno con su Ayuntamiento, órgano de gobierno y administración.

Esta es la red nacional de Ayuntamientos (8.131 en total) que el Alto Mando del generalato feminazi, instalado en Madrid, ha tomado vía resolución BOE y que irán de la mano del conjunto de medios de comunicación de género que, por su parte, vienen siendo subvencionados desde campañas de género: “Tolerancia cero”, “teléfono 016” para mujeres… en lo que es una propaganda ideológica desde ambos frentes, sin que el contribuyente de a pie pueda sustraerse a ese bombardeo costoso y manipulador desde lo que emiten prensa, televisiones, radios y los carteles que se distribuyen por calles, coches de la policía y comercios.

El BOE núm. 216 (13/12/2021) contiene la Resolución de 8 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, de transferencias para el desarrollo de nuevas o ampliadas competencias reservadas a las entidades locales en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género para el ejercicio 2021 y a lo largo de un extenso ANEXO, en un total de 216 páginas, reparte uno a uno, Ayuntamiento por Ayuntamiento, un montante de 40.000.000€.

La distribución de esos cuarenta millones de euros se formaliza atendiendo a la aplicación presupuestaria 30.02.232C.460, para cada una de las entidades locales que figuran en el anexo de citada resolución, calculados según el resultado de aplicar los criterios establecidos en el artículo 1 del Real Decreto 1023/2020, de 17 de noviembre y las consideraciones que detalla el escrito de marras.

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Pero lo más significativo no es el gasto de 40 millones de euros, sino que tal maniobra política supone en la práctica una apropiación política de la red nacional de corporaciones locales con fines publicitarios y de adoctrinamiento del conjunto de la ciudadanía, es decir, del vecindario de cada uno de los pueblos y ciudades de España.

En esto, la orden que se cursa desde la Secretaría de Estado de Igual Da a cada Ayuntamiento es inequívoca y reza así: “Se aplicarán medidas y criterios de publicidad de conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Real Decreto 1023/2020, de 17 de noviembre”. Dicha consigna política de corte clientelar y electoral, emitida por el alto generalato, se acompaña de su correspondiente amenaza: “El incumplimiento de las obligaciones de publicidad previstas en dicho artículo dará lugar, en el caso de que aún fuera posible su cumplimiento en los términos establecidos, a que se requiera a la entidad local para que adopte las medidas de difusión establecidas en un plazo no superior a quince días desde la recepción del requerimiento, con expresa advertencia de las consecuencias que de dicho incumplimiento pudieran derivarse”.

Así nos explicamos la cantidad de publicidad de género que inunda las calles de Sevilla en carteles, traseras de autobuses, coches patrulla de la policía local… así recordamos las palabras de un agente de la policía local cuando le preguntamos si la policía local era la “policía de las mujeres” a raíz de un cartel publicitario que su coche patrulla exhibía en una ventanilla de una puerta lateral de atrás: “El coche nos lo entregan así, ese cartel lo pone el Ayuntamiento. Vaya usted y dé las quejas al Ayuntamiento”.

Autor

REDACCIÓN