22/11/2024 00:22
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En estos cuarenta años de Democracia los beneficios bancarios se han disparado exponencialmente y sólo han servido para retribuir a sus principales accionistas y para financiar sus lucrativas inversiones exteriores, pero a raíz de la crisis actual nos hemos dado cuenta de que aquel gigante tenía los pies de barro y que sus pérdidas han sido finalmente socializadas y asumidas por el conjunto del Estado, mediante la creación del Sareb o Banco Malo y otro tipo de ayudas directas y avales de carácter público.

La Banca española ha sido una gran estafadora de recursos nacionales; han disfrutado de una legislación decimonónica y contraria a los más elementales derechos establecidos en la Unión Europea, han abusado hasta la saciedad de las cláusulas abusivas y con su política irresponsable de otorgamiento de créditos masivos han roto las bases de la Economía, fomentando los impagados y las inversiones ruinosas. Su presencia en la vida de los españoles puede ser considerada altamente nociva y perjudicial y el gran boquete que han generado lo hemos tenido que asumir todos los españoles. Sus beneficios son privatizados, pero sus pérdidas repartidas entre el Pueblo, en un ejercicio de insolidaridad económica típica de políticos irresponsables y corrompidos.

La Banca no puede volver a financiar a ningún partido político o entidad afín pues de lo contrario pervivirá esa conexión que ha sido origen de muchos males. La insolidaridad y avaricia de la Banca ha provocado muchos quebrantos familiares y empresariales y sus decisiones han traído aparejado mucho desempleo.

Piénsese además que ha habido un proceso de concentración bancaria en las últimas décadas que al final, se va a traducir, como consecuencia de la propia evolución del mercado bancario mundial, en cerrar miles de oficinas y despedir a una parte importante de su plantilla. Es decir, primero se acaba con la competencia para después proceder a liquidar el negocio y ello es así porque, entre otras razones, ha entrado un nuevo operador bancario encubierto y vergonzante en el mercado crediticio que son los Fondos Buitre, a los que se está derivando por el Sareb (Banco Malo) o bien directamente por los Bancos que aún sobreviven, el negocio bancario tóxico, que es ahora mismo la verdadera tarta de la economía especulativa. Es indigno esta ofrenda de una parte de la población española a estos depredadores del Ultracapitalismo pero es que esto es así; cuando eres rentable, te sacan lo que pueden y cuando no lo eres, te venden en una lonja de especuladores. Frente a esto, lo que procede es combatir a los Fondos Buitre con las herramientas que relato en mis tres libros sobre los Fondos Buitre 4 y cambiar el modelo actual de banca especulativa por los Fondos Buitre en España.  por uno de banca nacional y comprometida con la generación de empleo y el conjunto de la Sociedad.

Para ello hay que evitar que la Banca y sus sucedáneos tengan influencia en el poder y en la opinión pública; no se podrán anunciar directamente, ni financiar partidos ni actividades similares, ni poseer participaciones en medios de comunicación, ni nada que sea sospechoso de influir más allá de su responsabilidad para con el conjunto de la Nación.

La Banca debe volver a ser un instrumento al servicio de la Sociedad y no como es actualmente, que es todo lo contrario. Los grandes gestores bancarios han fracasado estrepitosamente y nos han hecho corresponsables solidarios de sus fallos a todos los españoles.

Es preciso fijar las bases para que esto no vuelva a suceder, pues de lo contrario la historia se volverá a repetir, como ya ha pasado en varias ocasiones a lo largo de la historia, siempre con las mismas consecuencias negativas para el conjunto de la Sociedad. Es preciso fijar cortafuegos alrededor de las entidades financieras con legislaciones que nos protejan de su codicia y afán de poder.

EL BANCO POPULAR CAYÓ ENTRE OTRAS RAZONES PORQUE NO CEDIÓ SUS ACTIVOS TÓXICOS AL SAREB MAYO 2017.

Posmodernia https://posmodernia.com/delenda-est-banco-popular/

La Caída de este Banco con gran tradición en España es una buena pieza que han ganado los Fondos Buitre que moran en nuestro País. Llamado en el pasado el Banco de la eficacia y de la rentabilidad, el del buen trato a sus Clientes, y el de un valor de la acción en Bolsa garantizado, lleva años siendo sistemáticamente atacado en la Bolsa por los tiburones financieros de la especulación, sin que ni las autoridades españolas ni europeas hayan puesto coto a la depredación sobre esta entidad financiera. Apuestas en corto en productos derivados en Bolsa a que el Banco se hundía en el mercado de valores han sido la nota dominante durante años porque han convertido las Bolsas en una ruleta rusa donde con total impunidad van los especuladores aumentando de balas el tambor de la pistola de la ruina y el saqueo posterior.

Y esa bala criminal ha sido detonada en la sien de un Banco español que se resistía a someterse al dictado de las nuevas normas del desguace del ultracapitalismo internacional. La cotización de la acción del Banco Popular debería haber sido suspendida para haber evitado así su desplome porque su volatilidad a la baja no estaba fundamentada en la lógica económica sino en la voracidad especulativa de los que se quieren quedar con él. Desgraciadamente hoy mandan los especuladores y actúan con total impunidad materializando plusvalías que se sustentan en la destrucción de tejidos empresariales reales y millones de puestos de trabajo.

Las autoridades españoles no han sido capaces de arbitrar medidas para evitar estas situaciones, más pareciese que las están alentado o facilitando, lo cual es verdaderamente preocupante para el conjunto de la Nación. La resistencia del Banco Popular a ceder su activos al SAREB o Banco Malo ya ha tenido sus consecuencias. Entrarán a la fuerza en ese entramado de despojos de créditos e inmuebles de los españoles, pero no por esa puerta falsa llamada SAREB, sino directamente en la lonja de la depredación. Efectivamente, el Banco Popular no consistió en ceder carteras de activos tóxicos al SAREB y fue castigado duramente por ello por parte de un sistema financiero que sí que está rendido y un sistema bursátil incapaz de poner coto a las ventas artificiales de valores cuyo único fin es hundir la cotización de una acción y generar inestabilidad y desazón entre la entidad y sus accionistas.

En este pulso contra los ángeles negros de la Bolsa no hay derecho al que apelar ni razón que alegar, sólo hay esclavitud encubierta en un nuevo Feudalismo tiránico de índole económico. Cientos de miles de españoles se van a arruinar porque sus ahorros estaban invertidos en una entidad financiera como el Banco Popular cuya cotización en Bolsa se ha desplomado en torno a un 90% de su valor sin explicación aparente.

“Delenda Est Banco Popular” porque ha procedido a vender ya sus carteras de activos a los Fondos Buitre, entrando así en el circuito del ya no hay salida, derivando créditos regulados al sector de la no regulación. Por fin lo han conseguido, el que se resistía ya ha sido sometido. Es otro latrocinio más a la clase media y trabajadora española, como las de Bankia, Afinsa, Gescartera, etc. etc. en una lista sin fin de desfalcos de las propiedades y ahorros de los españoles durante las cuatro últimas décadas de régimen democrático.

España, aunque lo niegue Rajoy, es una Nación depredada por Fondos Buitre que anidan en unas Bolsas como las españolas que no defienden los derechos de los pequeños inversores. Pero esto acredita además, y lo que es más grave, que el sistema financiero español no ha sido reformado durante la crisis que empezó en el 2007 como habría sido de esperar, sino que está apuntalado y amenaza una ruina total.

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Hemos perdido diez años preciosos desde esa fecha para haber procedido a una reforma de nuestros sistemas bursátiles y bancarios, impidiendo hundimientos como el descrito o promocionando una evolución progresiva de un sistema de Banca fraccionada o piramidal a uno no fraccionado donde la devolución de los importes depositados en una entidad financiera por sus propietarios está garantiza simplemente porque no se hace uso de ellos. El Banco Popular es la prueba definitiva de que no se ha hecho nada al respecto. Los nuevos Amos están prestos a echar Sal sobre sus antes esplendorosas sucursales y ya nadie más volverán a pronunciar su nombre.

EL GOBIERNO DE DON PEDRO SÁNCHEZ NO SABE LO QUE ES UN FONDO BUITRE

A la pregunta de cuáles son las medidas adoptadas para hacer frente a los Fondos Buitre, el Gobierno de Pedro Sánchez responde que no sabe lo que es un Fondo Buitre (lo describen como «una realidad difícil de precisar con exactitud en nuestro ordenamiento jurídico, lo que dificulta determinar su encaje normativo exacto») y por lo tanto, que no tienen ningún política frente a ellos tras su entrada en España por la crisis del 2007.

Sin embargo, ese desconocimiento no fue óbice para que el Gobierno de Pedro Sánchez intentara ocultara las subvenciones públicas concedidas a los Fondos Buitre por parte del Ministerio de Fomento, por las miles de viviendas sociales que adquirieron de las Administraciones Públicas.

 Transparencia obliga a Sánchez a informar en 20 días con cuánto ha subvencionado Fomento a fondos buitre El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno ha exigido al Ministerio de Fomento que, en un plazo de 20 días, informe sobre la cantidad con la que se subvenciona a fondos buitre como Fidere Vivienda, propiedad de BlackStone. 

El Gobierno de Sánchez mantiene más de 7 millones de subvención al fondo buitre Fidere sólo en Madrid

El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno exigió a finales de abril al Ministerio de Fomento que, en un plazo de 20 días, informara sobre la cantidad con la que se subvenciona a fondos buitre como Fidere Vivienda, propiedad de BlackStone. Según ha podido saber OKDIARIO, ya hay respuesta: 7 millones de euros. 

EL GOBIERNO DE PEDRO SÁNCHEZ «CARECE DE LOS MEDIOS TÉCNICOS NECESARIOS PARA CALCULAR LAS SUBVENCIONES PÚBLICAS OTORGADAS A LOS FONDOS BUITRE»

Lo anterior se puede deducir de la comunicación de la Secretaria General de Vivienda del Gobierno socialista de Pedro Sánchez donde a la pregunta de a cuánto asciende dicha cantidad, la respuesta es “esta administración carece de los medios técnicos necesario para extraer y explotar la información concreta que se solicita”. La estimación es que dicha ayuda ronda los 200 millones de euros, pero viendo el ocultismo administrativo, podríamos estar en una cifra mucho mayor. Una forma de aproximación a esta cuestión es por medio del análisis de las cuentas pendientes de pago por parte de los Fondos Buitre al SAREB, porque es costumbre el retrasar el pago de las cuantías equivalentes a las ayudas públicas hasta el momento de su reconocimiento por parte del Ministerio de Fomento, una vez que ha sido traspasada la vivienda social objeto de la cesión de las Administraciones Públicas a los Fondos buitre.

Si nos ceñimos a la Memoria del 2015, las cifras serían las siguientes:

1.- Reproche ético y poético hacia la usura. En la tradición clásica, encontramos que Aristóteles rechaza la usura categóricamente, manifestando que, de todas las formas de comercio, la usura es la más depravada y odiosa. Agregaba que la usura no sólo se propone un objetivo antinatural, sino que hace un uso erróneo del dinero en sí, pues el dinero fue creado para intercambio, no para ser incrementado de esta forma perversa. Platón también condenó la usura, por considerarla destructiva para el Estado. Asimismo, tuvieron una posición unánime en este sentido, los filósofos romanos Cicerón, Séneca y Catón (Fundamento de la propuesta de modificación del artículo 472 del Código Penal de Chile, con el objeto de sancionar más duramente la usura en ese país). De entre la poesía sobre la usura destaca con creces el espectacular poema del controvertido y muy polémico poeta estadounidense Ezra Pound, del que destacaría los siguientes extractos: “La Usura es un parásito, mella la aguja en manos de la doncella y paraliza el talento del que hila”. “La Usura mata al niño en el útero, no deja que el joven corteje, ha llevado la sequedad hasta la cama y yace entre la joven novia y su marido”.

2.- Evolución de la Usura en España En España hemos experimentado en las últimas décadas un proceso de liberalización de la usura ciertamente preocupante. Hemos pasado de la más absoluta de las prohibiciones (“El Estado perseguirá implacablemente todas las formas de usura”), contenido en el Decreto 779/1967, de 20 de abril, por el que se aprueban los textos refundidos de las Leyes Fundamentales del Reino y proveniente del Fuero del Trabado de 9 de marzo de 1938, a una situación como la actual en que los casos de usura en España son galopantes y desenfrenados. En el Código Penal español de 1973 (Decreto 3096/1973), la usura estaba penalizada en el capítulo VI, titulado “De la usura y de las casas de préstamos sobre prendas”, en particular con el artículo 542: “Será castigado con las penas de presidio menor y multa de 5.000 a 250.000 pesetas el que habitualmente se dedicare a préstamos usurarios”. Sin embargo, con la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal actualmente en vigor, se despenalizó completamente la usura, desprotegiendo a los deudores de esta vía penal para defenderse. Por su parte, el artículo 315 del Código de Comercio establece el principio de libertad de la tasa de interés, que en el ámbito reglamentario desarrollaron primero la Orden Ministerial de 17 de enero de 1981 y actualmente el art. 4.1 Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios 23 El único instrumento legal que tienen hoy los Jueces españoles para perseguir la usura es una Ley de hace más de 100 años, la Ley de 23 de julio de 1908 sobre nulidad de los contratos de préstamos usurarios, también llamada la Ley Azcárate, que lleva mucho tiempo sin actualizarse a las nuevas formas de usura del actual y complejo Mundo financiero. Por su parte, la Jurisprudencia del Tribunal Supremo a este respecto ha evolucionado con carácter favorable a los deudores que sufren la usura, no exigiéndoles elementos subjetivos en su persona contenidos en dicha Ley (situación angustiosa, inexperiencia o lo limitado de sus facultades mentales) sino centrándose únicamente en los elementos objetivos de la usura que sufren (interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino), a raíz de un cambio de interpretación jurisprudencial que se introdujo a primeros de la década de los 40 del siglo pasado, volviendo así a la línea jurisprudencial inmediatamente posterior a la promulgación de la Ley de Represión de la Usura (Nº de Recurso: 2341/2013. Nº de Resolución: 628/2015. Fecha de Resolución: 25/11/2015. Tribunal Supremo. Sala de lo Civil). Sin embargo, la realidad es que hoy el problema de la usura en España no sólo tiene colapsado ya a los Tribunales de Justicia, sino que además está generando una serie de problemas sociales sobre los colectivos vulnerables afectados de imprevisibles consecuencias que en otros países han sido analizados (una ola de suicidios en el caso de Andhra Pradesh e incitaciones a la prostitución en países como India y Bangladesh).

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3.- Lucha contra la Usura en otros países de nuestro entorno jurídico: Es evidente que España necesita reforzar su normativa de lucha contra la usura porque estamos ante un problema social de primer nivel. En este sentido he fijado el foco en dos sistemas legales afines que podrían servirnos como faro por la simplicidad de sus soluciones legales represivas contra dichas prácticas.

1.- Colombia: en este país hermano, la tasa de usura es fijada a priori por un Organismo estatal, la Superintendencia Financiera del país, después de hacer un análisis de mercado mediante la validación de la información de las entidades de crédito. La tasa de usura es el resultado de multiplicar 1,5 por el interés bancario corriente de cada modalidad de crédito y la mencionada Superintendencia lo certifica mensualmente. Una vez acredita la existencia de usura, se aplica una doble vía de persecución, tanto penal como indemnizatoria verdaderamente ejemplarizantes: A.- Art 305 Código Penal Colombiano: “El que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del interés bancario corriente que para el período correspondiente estén cobrando los bancos, según certificación de la Superintendencia Bancaria, cualquiera sea la forma utilizada para hacer constar la operación, ocultarla o disimularla, incurrirá en prisión de dos (2) a cinco (5) años y multa de cincuenta (50) a doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales vigentes”. B.- Ley 45 de 1990, en su artículo 72: “Cuando se cobren intereses que sobrepasen los límites fijados en la ley o por la autoridad monetaria, el acreedor 24 perderá todos los intereses cobrados en exceso, remuneratorios, moratorios o ambos, según se trate, aumentados en un monto igual. En tales casos, el deudor podrá solicitar la inmediata devolución de las sumas que haya cancelado por concepto de los respectivos intereses, más una suma igual al exceso, a título de sanción. Sin perjuicio de las sanciones administrativas a que haya lugar, cuando se trate de entidades vigiladas por la Superintendencia Bancaria, ésta velará porque las mismas cumplan con la obligación de entregar las sumas que de conformidad con el presente artículo deban devolverse”. Es decir, en Colombia el usurero se enfrente a unas penas de cárcel que van de 2 a 5 años, además de una multa económica de ámbito penal que oscila de cincuenta a doscientos salarios mínimos legales mensuales vigentes. Además, el deudor tiene derecho a la devolución de lo pagado de más con respecto a la tasa de usura, además de una suma igual al exceso, a título de sanción; es decir, el acreedor usurero tendrá que multiplicar por dos el exceso de lo que le haya supuesto la usura al deudor y, por otro lado, será la Autoridad Bancaria de ese país, y no los Tribunales de Justicia, la que velará por el cumplimiento de estas obligaciones legales.

2.- Chile: en este país igualmente hermano, la Usura también está castigada penalmente, de una forma muy similar a como lo era en España con su anterior legislación penal. El Artículo 472 del Código Penal chileno dice: “El que suministre valores, de cualquiera manera que sea, a un interés que exceda del máximo que la ley permita estipular, será castigado con presidio o reclusión menores en cualquiera de sus grados. Condenado por usura un extranjero, será expulsado del país; y condenado como reincidente en delito de usura un nacionalizado, se le cancelará su nacionalización y se le expulsará del país. En ambos casos la expulsión se hará después de cumplida la pena”. El régimen de control de la Usura en Chile es muy similar al de la Nación Colombiana: El interés máximo convencional es el que excede en un 50 % al interés corriente. Este último corresponde a un promedio de lo cobrado por bancos e instituciones financieras durante el mes anterior. Ambas tasas son calculadas mensualmente por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras del Estado Chileno y publicadas en el Diario Oficial. De hecho, hay una propuesta de endurecimiento en el Código Penal Chileno por parte de dos senadores del partido Renovación Nacional que buscan añadir en Chile la exigencia colombiana para el acreedor usurero de que el dinero obtenido, con interés usurario, deberá ser restituido al acreedor, aumentado al duplo.

4.- Propuestas para que España pueda hacer frente mejor a la lacra de la Usura: Bajo mi punto de vista las autoridades españolas deberían aplicar medidas urgentes de represión de la usura, entre las que recomiendo las siguientes:

A.- Seguir el modelo colombiano y chileno de fijación de una tasa de usura cada mes por parte, en nuestro caso, del Banco de España, de tal manera que habría una referencia apriorística de lo que es la usura, además de una implicación de las 25 autoridades regulatorias de la Administración Española (Banco de España) en su determinación, persecución y sanción. Actualmente, el DCMR (Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones del Banco de España) carece de competencia para entrar a valorar si el tipo de interés fijado en los contratos son usurarios, pues tal competencia corresponde a los órganos jurisdiccionales de la Administración de Justicia (ved página 240 de la Memoria de Reclamaciones del Banco de España del año 2016).

B.- Modificación del Código Penal español por la vía de restaurar el Delito de Usura, con sus penas de cárcel y multas correspondientes.

C.- Establecimiento de una indemnización a favor del deudor por parte del acreedor usurario del doble de lo cobrado de más con respecto a los intereses usureros, de tal manera que el acreedor vea una sanción civil añadida a su mala praxis financiera que duplicaría el dinero de lo pretendido que se ganara más allá de la Ley.

D.- Incremento de las sanciones administrativas contra los usureros que contempla en España la Ley Azcárate, que actualmente están según su artículo 5 en unas cantidades ridículas que van de las 500 a las 5.000 pesetas

E.- El Ministerio de Justicia debe hacer completamente público el Registro Central de contratos de préstamos declarados nulos, con expresión en cada caso del prestamista contra quien se dictó la sentencia, que contempla la Ley Azcárate con su artículo 7, y no mediante solicitud dirigida a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública en la que se deberá acreditar el interés legítimo por parte del solicitante de información, tal y como se exige actualmente. Los españoles tenemos derecho a conocer apriorísticamente los préstamos y prestamistas declarados usureros y no a que dicho Registro contemplado legalmente tenga restricciones de acceso sin ningún fundamento. Este conjunto de medidas recomendadas no sólo supondrá una represión eficaz de las prácticas usureras que están desatadas en España, sino que además conllevarán importantes ventajas sociales de protección de los colectivos vulnerables afectados, aliviando las elevadas tasas de endeudamiento que sufre el Pueblo Español y conllevarán igualmente el beneficio de una descongestión de los procesos judiciales sobre usura que colapsan actualmente los Tribunales de Justicia en España.

Autor

Guillermo Rocafort