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Don Jaime Miláns del Bosch y Ussía, capitán general de Valencia, dictó un Bando la noche del 23 de febrero de 1981, ante la toma del Congreso de los Diputados por el teniente coronel Tejero, de la guardia civil, Bando que estuvo en vigor solamente unas horas, y que únicamente afectaba a los residentes en las provincias que conformaban la tercera región militar de España. (Las tres valencianas, Albacete, Cuenca y Murcia).

En dicho “golpe de estado”, o más bien un pronunciamiento militar, ante el devenir de la Patria, se decía entre otras cosas, lo siguiente:

Artículo 5º. – Quedan prohibidas todas las actividades públicas y privadas de todos los partidos políticos, prohibiéndose igualmente las reuniones superiores a cuatro personas…”.

Actualmente han prohibido los derechos constitucionales de reunión y manifestación, y “cerrado” el Congreso, lo que supone no ya su ocupación temporal, sino la suspensión de su funcionamiento, actividades, control al gobierno, etc.

Artículo 6º. – Se establece el Toque de Queda desde las veintiuna a las siete horas, pudiendo circular únicamente dos personas como máximo durante el citado plazo de tiempo por la vía pública y pernoctando todos los grupos familiares en sus respectivos domicilios”. –

Desde hace casi un mes, cuando se produjo el “golpe de estado”, todos los españoles estamos en prisión provisional domiciliaria, y sin fianza, en nuestras propias casas, y los últimos diez días se ha prohibida hasta la salida al trabajo.

Asimismo se han cerrado obligatoriamente cientos de miles de empresas, grandes, medianas y pequeñas, autónomos, etc., generando la ruina económica de una buena parte de ellos… ¡Cómo por desgracia iremos viendo en los meses y años venideros!

El simple hecho de andar por la calle dos personas juntas es motivo de sanción, con unas multas muy elevadas y completamente desproporcionadas, que parece evidente que lo único que quieren es intimidar al pueblo, y aumentar la recaudación pública.

Artículo 7º. – Sólo podrán circular los vehículos y transportes públicos, así como los particulares debidamente autorizados. Permanecerán abiertas únicamente las Estaciones de Servicio y Suministro de Carburantes que diariamente se señalen”.

Igual que ahora.

En otras palabras, del 23 al 24 de febrero de 1981, varios millones de españoles estuvieron sometidos a lo que podríamos llamar “estado de sitio”, bajo las órdenes de la Autoridad Militar.

Hoy, 11 de abril de 2020, la totalidad del pueblo español, y extranjeros residentes en nuestra Patria, llevamos casi un mes en situación de provisión provisional domiciliaria, o arresto domiciliario, si lo prefieren, sometidos al control y órdenes contradictorias de una banda de incompetentes, que nos han prohibido los derechos fundamentales a la libertad religiosa y de culto, a la libertad, a elegir libremente nuestra residencia, a circular por el territorio nacional, derechos de reunión y de manifestación (arts. 16, 17, 19 y 21 de la Constitución), derecho al trabajo y a la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado (arts. 35 y 38), etc.

Ah, y por supuesto, los golpistas del 81 no pasaron rápidamente a controlar el CNI, entonces llamado CESID.

Ahora SÍ, y es lo primero que han hecho.

En fin, termino ya. Quien quiera entender, que entienda…

Autor

Ramiro Grau Morancho
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