21/11/2024 13:14

J.P.V.D. Balsdon en su obra “Los Romanos” (Oxford) escribe “El derecho antiguo que había tenido su origen en el sentido común se conoció con el nombre de ius, o derecho por excelencia, mientras que el nuevo derecho emanado de la voluntad soberana del emperador se arrogó el título de lex, que se había reservado en otro tiempo para a los decretos del pueblo soberano.

En este texto se aprecia la diferencia esencial entre la justicia, basada en el sentido común, reflejada en el concepto “ius” y la legislación, “lex” que oscila entre la voluntad del emperador y la representación del pueblo. La situación actual de España, es que la “lex” se circunscribe a quien ejerce el poder, que también domina la cámara legisladora y que extiende su larga sombra sobre los jueces y fiscalía a través de su Órgano de Gobierno, el Consejo General del Poder Judicial, pues la Fiscalía, integrada en el “Poder Judicial” con autonomía funcional, está jerarquizada y sabemos de quien depende.

Los jueces tras su duro proceso formativo asumen que limitan su labor a aplicar la ley, no a hacer justicia. Como consecuencia de este principio, basta controlar la legislación para dominar a los jueces. Se elimina el delito de malversación, ya no se condenará a nadie por malversación; se elimina el delito de secesión, ya no se condena a nadie por secesión y una vez se publique la ley de amnistía o la ley de referéndum, la acción de los jueces que no se atengan estrictamente a la ley aprobada, incurrirán en prevaricación.

En España hay dieciocho cámaras legislando, y miles de Ayuntamientos dictando normativa de esta hiper-producción de normativa volcada sobre los potentes sistemas informáticos de bases de datos y medios de control de la población, el derecho positivo, -“lex”- único que se tiene en cuenta por los jueces, va estrechando la ya corta capacidad de maniobra para valorar pruebas e indicios de los actos humanos. Estamos abocados a la dictadura de las aplicaciones informáticas.

Ya la estamos sufriendo en la gestión que realiza la banca, donde el Director de cualquier sucursal tiene limitadísimo o totalmente impedida la gestión en base a la confianza que le merece la conducta acreditada de un u otro cliente.

Recientemente he pagado una multa de tráfico por circular a 75 km/h donde estaba limitada la velocidad a 70 km/h, y de acuerdo con la notificación, mi falta se califica como “grave”, porque lo dice la ley y yo no puedo acudir al juez, “Señoría, yo circulaba en domingo a una hora en la que apenas había tráfico, en la foto que me hicieron, no se veía vehículo alguno, ¿es justo que califiquen de grave mi conducta? ¿Es que no valoran que es peligroso tener que estar constantemente observando el velocímetro para no incurrir es este tipo de falta? El juez aplicador de la legislación no tendría más remedio que decirme: lo pone la normativa, tiene usted que pagar.

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Puede llegar un día que, en el colmo del cinismo, una mala persona desinfle las cuatro ruedas de un automóvil, y le diga al Juez, “Señoría, yo me limité a cambiar el aire de sitio” Y mientras no haya una norma que diga que esa conducta es un delito, la persona malvada que ha hecho ese daño, igual saldrá indemne.

El hombre tiene grabado en su corazón el derecho de ser tratado con justicia –“ius”- y por ello en el derecho romano se plasmaba el sentido común para regular los diferentes derechos, y la imposición en la sociedad actual de un sistema que no atiende a la justicia porque a los “jueces” sólo se les permite aplicar la “lex” emanada del poder, deja a los hombres indefensos.

Si a un niño pequeño se le regaña por algo que no ha hecho, aunque a sus padres les hubiera parecido que sí lo había hecho, siente vivamente haber sido tratado injustamente. Él no sabrá definir la justicia ni tendrá un concepto de lo que es la justicia, pero se sentirá tratado injustamente y tendrá en su interior una sed o un deseo que no puede satisfacer. Si los padres han errado, es como si una norma es injusta, no hay justicia que valga, sólo aplicar la ley.

Es muy injusto que quien sanciona no valore todos los factores que concurren y se limite a aplicar, ciegamente, solamente uno de ellos: lo dice taxativamente la ley.

Todos sabemos lo que es ser víctima de una injusticia y, cuando esto ocurre, todos necesitamos un lugar al que dirigirnos reclamando justicia, como la que Pedro Crespo, Alcalde de Zalamea, demandaba del rey al saber que un capitán del ejército real había burlado a su hija y manchado su honor, y por ello sacó de lo profundo de su corazón la inolvidable reclamación: “Al rey la hacienda y la vida se ha de dar, pero el honor es patrimonio del alma, y el alma sólo es de Dios…»

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Vivimos en una sociedad antropocéntrica que lo que el hombre decide, se convierte en ley, aunque vaya contra la ley natural que se ha reconocido históricamente. La legislación actual utiliza la “lex” pero ignora el “ius” y así se hace cuando el precepto “todos tienen derecho a la vida” permite la muerte del nasciturus al que el Derecho Romano ya reconocía sus derechos.

La Justicia, es virtud cardinal que reconoce el derecho de la persona a no ser obligada a soportar el trato abusivo de persona alguna, y que sólo estará sujeta por la legislación que reconozca el deber de las instituciones de velar por el bien común, respetando en cualquier caso el derecho para defender sus derechos y su dignidad,

Santa Teresa del Niño Jesús y la las Santa Faz, decía que perfecciones divinas, estaban llenas de amor y la justicia más aún que todas las demás, pues el pecado, contra la ley de Dios, puede ser grande, grandísimo, pero siempre será finito, mientras que la justicia y la misericordia de Dios, es infinita.

La situación actual es tremenda: no hay ius sólo lex, no hay justicia, sólo leyes.

José Luis Montero.

Autor

Jose Luis Montero Casado de Amezúa
Jose Luis Montero Casado de Amezúa
Ingeniero Agrónomo.
A lo largo de su trayectoria profesional, Montero Casado de Amezúa ha desempeñado diferentes puestos de responsabilidad en el Ministerio de Agricultura, como jefe provincial del IRYDA en Cáceres (1981-1985), subdirector general de Coordinación Institucional (2002-2004), director general de SEIASA (2012-2014) o vocal asesor en la Dirección General de Desarrollo Rural (2014-2020), entre otros.
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Aliena

Sí, aunque Isabel no es «burlada» por el capitán sino violada; lo de «burlar» era cosa de don Juan ( Tenorio ).

Amparo de las heras Jimenez

Me encantó el artículo querido compañero

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